8 de mayo de 2022

08-05-2022: lapsos procesales

Sentencia No. 146 dictada en fecha 06-MAY-2022 por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia 

Sobre este particular, ha sostenido esta Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, que los lapsos procesales legalmente fijados y jurisdiccionalmente aplicados no pueden considerarse simples “formalismos”, sino que éstos son elementos temporales ordenadores del proceso, esenciales al mismo, cuya existencia es de eminente orden público, en el sentido de que son garantía de los derechos al debido proceso y a la defensa de las partes que por ellos se guían, inherentes como son a la seguridad jurídica. (Vid. Sentencia número 021, de fecha 13 de febrero de 2017 y Sentencia número 166, de fecha 7 de agosto de 2019).

Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/mayo/316472-146-6522-2022-C22-111.HTML

La frase del día 
"Pedir consejo es propio de la conducta prudente" El Arte de la Guerra / Sun Tzu / p. 15