21 de agosto de 2022

21-08-2022: delito atroz

Sentencia No. 437 de fecha 02-AGO-2022 emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia: MAGISTRADA PONENTE: TANIA D’AMELIO CARDIET

Al respecto, esta Sala Constitucional observa que, el delito por el cual se procesa al presunto agraviado fue calificado por esta Sala como un delito atroz, donde la pena excede en su límite máximo de ocho años prisión (ver sentencia 91/2017, caso: NICOLÁS DE CONNO ALAYA), criterio que fue aplicado por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Zulia; según se evidencia de los actos insertos en el expediente que rielan entre los folios (34 al 39);  por lo que se presume el peligro de fuga, y siendo que las causas que originaron tal medida no han cambiando, y en virtud, de la multiplicidad de víctimas afectadas por el imputado, por lo que no es permisible relajar la medida de coerción solicitada por el accionante de autos.

(...)

1. COMPETENTE, para conocer de la apelación interpuesta por el abogado Wilson Rudas Castro, en su condición defensor privado del ciudadano Edgar José Pérez González, contra la presunta omisión y abstención en la que incurrió el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, al no acordar los traslados por atención médica, y no haber otorgado la sustitución de la medida de coerción requerida; en la causa penal signada con el alfanumérico 2CV-2020-000662, que se le sigue por la presunta comisión del delito de abuso sexual a niña con penetración agravado y continuado.
 
Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/agosto/318377-0437-2822-2022-21-0677.HTML

La frase del día 
"No corrijas al necio porque te verá como enemigo"