7 de agosto de 2026

Usurpación: 07-08-2026

Sentencia No. 000967 de fecha 06-NOV-2025 dictada por la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia

Magistrado Ponente: JUAN CARLOS HIDALGO PANDARES
Exp. Nro. 2021-0118

Con relación al vicio en estudio, tanto la doctrina como la jurisprudencia de este Máximo Tribunal, han distinguido básicamente tres (3) tipos de irregularidades en el actuar administrativo, a saber: la usurpación de autoridad, la usurpación de funciones y la extralimitación de funciones.

La usurpación de autoridad ocurre cuando un acto es dictado por quien carece en absoluto de investidura pública. Este vicio se encuentra sancionado con la nulidad absoluta del acto. Por su parte, la usurpación de funciones se constata, cuando una autoridad legítima dicta un acto invadiendo la esfera de competencia de un órgano perteneciente a otra rama del Poder Público, violentando de ese modo las disposiciones contenidas en los artículos 136 y 137 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en virtud de los cuales se consagra, por una parte, el principio de separación de poderes, según el cual cada rama del Poder Público tiene sus funciones propias; y se establece, por otra parte, que sólo la Ley define las atribuciones del Poder Público, y a estas normas debe sujetarse su ejercicio. Finalmente, la extralimitación de funciones consiste fundamentalmente en la realización por parte de la autoridad administrativa de un acto para el cual no tiene competencia expresa. (Vid; sentencia número 00982 del 1° de julio de 2009, caso: ...)

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"Quienes se adaptan al cambio son los que sobreviven"

Panaderías: 07-08-2026

Explicación del lavado de activos mediante las panaderías con fines estrictamente académicos

¿Por qué la panadería de tu barrio lleva 20 años abierta y nunca has visto a nadie comprando ahí? Hagamos matemática pura. 

Imagina que un pan cueste un dólar. Para cubrir la renta del local, la luz, la harina y los sueldos, tendrían que vender 15.000 panes al mes. Esos son 500 panes al día. Tú vas a las 4 de la tarde, el lugar parece pueblo fantasma, pero al final del mes reportan ventas récord. ¿Cómo ocurre ese milagro? Te lo explico a continuación.

El pan es uno de los productos perfectos porque no deja rastro digital. Es un negocio prácticamente 100% en efectivo. Si alguien pregunta de dónde salieron $10.000 sospechosamente arrugados, la respuesta siempre será: «es que los vecinos aman el pan dulce».

Básicamente, los delincuentes agarran billetes con un pasado medio sucio, los mezclan con un poco de harina y salen limpiecitos, crujientes y con olor a vainilla. Una magia de la repostería financiera.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"Quienes se adaptan al cambio son los que sobreviven"

Lingüística forense: 07-08-2026

— Pueden identificarte por cómo escribes.

— La lingüística forense analiza el estilo, no solo el contenido.

— No es tu letra, es tu estilo: vocabulario, estructura de frases, errores recurrentes, etc.

— La lingüística forense ha ayudado a identificar autores de mensajes anónimos, cartas y hasta amenazas digitales.

Fuente digital de la información:

Descriptores: lingüística forense, criminalística, mensajes anónimos.

La frase del día 
"Quienes se adaptan al cambio son los que sobreviven"

6 de agosto de 2026

Atipicidad: 06-08-2026

Sentencia No. 0652 de fecha 27-MAY-2026 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

MAGISTRADA PONENTE: LOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON

Respecto a la atipicidad como presupuesto para la procedencia del sobreseimiento, esta Sala en sentencia n.° 6 de fecha 22 de febrero de 2023, señaló lo siguiente:

“(...) la ausencia de carácter penal del hecho investigado en el proceso penal, se vincula directamente a la atipicidad del hecho, lo cual no es otra cosa, que la verificación o constatación de que el comportamiento objeto de valoración, no ha sido considerado por el legislador nacional como una conducta punible (trátese de un delito o falta), y por tanto no está sujeto a la imposición de una sanción penal; en fin, que, ab initio o desde un principio, la conducta o hecho sometido a análisis jurídico-penal, no tiene relevancia en ese ámbito punitivo; lo que resulta especialmente importante desde la óptica del principio de legalidad penal (...)”.

De modo que, la atipicidad no es una mera formalidad procesal, sino una constatación de fondo sobre la relevancia penal de una conducta. Para que el Estado pueda ejercer su potestad punitiva, es imperativo que el hecho de la vida real encuadre con absoluta precisión en los elementos del tipo penal descritos por el legislador. Si al realizar este cotejo se observa que el comportamiento carece de los elementos constitutivos del delito, o que el conflicto pertenece a otra esfera del Derecho (como la civil o mercantil), el hecho pierde su relevancia penal ab initio. En consecuencia, la atipicidad opera como un límite infranqueable que impide que el proceso penal sea utilizado para criminalizar actos que no han sido captados por las normas sancionatorias.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"Si torturas los datos el tiempo suficiente, confesarán cualquier cosa" Ronald H. Coase

Gimnasios vendiendo humo: 06-08-2026

Explicación del lavado de activos mediante los gimnasios con fines estrictamente académicos

¿Alguna vez has entrado a un gimnasio vacío a las 11 de la noche y has pensado: "¿De verdad esto es negocio?" "¿Por qué insisten en que se pague solo en efectivo o con una inscripción anual que nunca se usará?"

Los gimnasios son unas de las alternativas de cualquiera que desee limpiar sus ingresos ilegales. Se compran máquinas una sola vez, pero el verdadero truco de magia está en las membresías. 

En un restaurante se necesita comida física para justificar una venta; en un gimnasio se vende humo, espacio. Se puede registrar que 500 personas pagaron su mensualidad en efectivo. ¿Quién comprobará si realmente esas 500 almas sudaron en las caminadoras? Nadie.

Es el único negocio donde tener clientes que nunca aparecen no solo es normal, sino que es el objetivo de quienes buscan lavar activos mediante esa actividad. La próxima vez que veas un gimnasio gigante, impecable y sin un solo cliente, ya sabes qué tipo de ejercicio pudieran estar haciendo ahí dentro.

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"Si torturas los datos el tiempo suficiente, confesarán cualquier cosa" Ronald H. Coase

Religión vs. Criminales: 06-08-2026

Explicación del lavado de activos mediante la religión con fines estrictamente académicos

¿Por qué los que andan en malos pasos prefieren usar la fe para blanquear todo su dinero?

Existe un método que opera a la vista de todos: las iglesias como fachadas. El esquema funciona en tres pasos estratégicos.

1.- Primero: el pitufeo del diezmo. El efectivo ilícito se divide en miles de pequeñas donaciones anónimas. Para el auditor es imposible distinguir entre el dinero de un fiel honesto y una inyección irregular.

2.- Segundo: el escudo de la fe. Al estar exentas de impuestos y contar con protección legal de culto, las autoridades evitan auditar a esas entidades por temor a denuncias de persecución religiosa. Es impunidad casi garantizada.

3.- Tercero: la integración. ¿Cómo recuperan el capital limpio? Mediante la construcción de megatemplos con costos inflados, compras de bienes raíces a nombre de las iglesias y honorarios pastorales millonarios, libres de impuestos.

El blanqueo de capitales no siempre ocurre en guaridas fiscales. A veces opera en la esquina de tu barrio.

¿Deberían algunas organizaciones religiosas auditarse con la misma rigurosidad que un banco? 

Es importante apartar a los sujetos que hacen esas prácticas ilegales, de las instituciones religiosas, ya que el problema en sí no yace en la religión sino en los individuos que la utilizan con fines criminales.

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La frase del día 
"Si torturas los datos el tiempo suficiente, confesarán cualquier cosa" Ronald H. Coase

Latinismos: 06-08-2026

LATINISMOS
 
— Grosso modo: a grandes rasgos o aproximadamente.
— Honoris causa: en reconocimiento de méritos especiales.
— In fraganti: en el momento mismo de cometer un delito o una acción censurable.
— Ipso facto: inmediatamente; en el acto.
— Motu proprio: por propia iniciativa. 
— Sine qua non: condición indispensable.
— A priori: antes de examinar un asunto o independientemente de la experiencia.
— Ad hoc: hecho o dispuesto especialmente para un fin.
— In situ: en el lugar mismo.
— Ergo: por tanto; en consecuencia. 
— Mea culpa: reconocimiento de la propia culpa. 
— Ad honorem: de manera honoraria o sin remuneración.
— Ex profeso: deliberadamente; con una finalidad expresa.
— Per se: por sí mismo o por su propia naturaleza.
— Carpe diem: aprovecha y disfruta el presente.

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"Si torturas los datos el tiempo suficiente, confesarán cualquier cosa" Ronald H. Coase