12 de junio de 2026

12/6/2026 - Milicia Bolivariana

Sentencia No. 349 de fecha 02-JUN-2026 dictada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Magistrada Ponente Doctora GRISELL DE LOS ÁNGELES LÓPEZ DE ZACARÍAS

Bajo esta premisa, es imperativo precisar que cuando la norma dispone que están sometidos a la jurisdicción militar los oficiales, especialistas e individuos de tropa, sin distinción de su jerarquía o situación, dicha norma alcanza a los miembros de la Milicia Bolivariana cuando se encuentran en servicio activo, por ser este un componente especial legalmente reconocido de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, por lo que sus integrantes al encontrarse en “servicio activo”, adquieren la condición militar necesaria para ser procesados por la justicia penal militar.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
¿Será que la justicia depende de quien la solicita?

11 de junio de 2026

11/6/2026 - no está obligado

Sentencia No. 0646 de fecha 27-MAY-2026 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

MAGISTRADA PONENTE: LOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON
 
Conviene acotar, como bien se sabe que el acusado no está obligado a reconocer culpabilidad contra sí mismo como lo prevé el artículo 49.5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, además tiene el derecho de abstenerse de declarar y a que se le instruya que en caso de consentir a prestar declaración que esta es un medio para la defensa y tiene derecho a explicar cuanto sirva para desvirtuar las sospechas que sobre él recaiga, como así lo exigen los artículos 132 y 133 de la ley adjetiva penal, por lo que se constata de las actuaciones que contrario a lo alegado por el solicitante el ciudadano (...), al momento de rendir su deposición fue impuesto del precepto constitucional con la debida asistencia de su defensa, así como también fue impuesto de los derechos y garantías contenidas en el artículo 49 ordinales 1 y 5 de la Carta Magna y 133 del Código Orgánico Procesal Penal y con ello el señalamiento detallado de las circunstancias de modo, tiempo y lugar de la comisión del hecho.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"Quien controla las emociones mantiene el dominio"

11/6/2026 - declaración confesoria

Sentencia No. 0646 de fecha 27-MAY-2026 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

MAGISTRADA PONENTE: LOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON
 
En tanto que el proceso penal acusatorio venezolano se rige por el sistema de valoración probatorio de la sana critica (artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal), lo que proscribe del mismo la declaración confesoria del procesado, así sea espontánea, debido a que la confesión es una prueba de tarifa legal, sin cabida en un sistema donde el Juez aplica sus máximas de experiencia y las reglas de la lógica para valorar los hechos que arrojan los medios (sana crítica).

En consecuencia, la declaración del imputado no persigue recabar confesiones, pero su exposición al igual que lo que declaran en estrados los procesados, puede tener relevancia probatoria dentro de la valoración por la sana crítica, ya que la declaración (es de conocimiento), se valorará como un testimonio, y por ello, el artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, prevé que de declarar el imputado, éste sea interrogado por el Ministerio Público, el querellante, su propia defensa y el tribunal, en ese orden, tal y como consta en la sentencia condenatoria efectuada por el Tribunal (...)

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"Quien controla las emociones mantiene el dominio"

10 de junio de 2026

10/6/2026 - desviación de poder

Sentencia No. 0652 de fecha 27-MAY-2026 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

MAGISTRADA PONENTE: LOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON

Cuando una controversia encuentra su solución natural y efectiva en el Derecho Civil o Arrendaticio, la intervención penal se torna innecesaria, desproporcionada y, por ende, lesiva del derecho a la libertad individual. El uso del ius puniendi para forzar el resultado de una litis sobre la posesión de un inmueble constituye una desviación de poder que vulnera el principio de intervención mínima y la seguridad jurídica de los justiciables. Así se declara.

Como corolario de todo lo expuesto, esta Sala Constitucional, en su rol de máxima garante de los derechos y garantías fundamentales, advierte que el mantenimiento de la presente causa penal contra el ciudadano (...) constituye un agravio al orden público constitucional. La palmaria atipicidad de los hechos, aunada a la existencia de una prejudicialidad del tipo civil manifiesta, obliga a este órgano jurisdiccional a dictar una medida que restablezca el imperio de la Constitución y la seguridad jurídica.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"El diablo no tienta a los que ya son suyos"

9 de junio de 2026

9/6/2026 - origen contractual

Sentencia No. 0652 de fecha 27-MAY-2026 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

MAGISTRADA PONENTE: LOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON

Tal proceder fiscal evidencia una contradicción insalvable: se pretende castigar penalmente como 'invasión' una ocupación cuyo origen contractual es admitido por la propia acusación, y simultáneamente se pretende criminalizar la defensa del imputado en sede civil a través de los delitos de forjamiento, sin que medie una sentencia definitiva sobre la falsedad de dichos títulos. Esta dualidad confirma que la pretensión punitiva carece de autonomía y no es más que una extensión indebida de un conflicto de propiedad que aún se encuentra sub júdice en la jurisdicción civil

(...)

Al no verificarse la existencia de una finalidad criminal autónoma, se evidencia un intento de castigar a través del proceso penal una controversia que carece de relevancia punitiva y que pertenece exclusivamente al ámbito del derecho privado. En este sentido, la doctrina —tanto la clásica como la contemporánea— ratifica que la jurisdicción penal no puede ser utilizada como un instrumento de coacción para dirimir conflictos patrimoniales.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"Las carreras se ganan en las curvas, porque en las rectas todos aceleran"

9/6/2026 - camaleones sociales

Anatomía del asesino serial: ¿nace o se hace?

A menudo usamos el término a la ligera, pero la ciencia lo define claramente: un asesino en serie es quien priva de la vida a 3 o más víctimas en eventos distintos, con un "periodo de enfriamiento" emocional entre cada crimen.

No son monstruos de película, son camaleones sociales.

Características clave: la máscara de cordura.

— Encanto superficial: suelen ser carismáticos y manipuladores para ganarse la confianza, como Ted Bundy, por ejemplo.

— Ausencia de empatía: entienden las emociones, pero no las sienten. Las personas son objetos para su satisfacción.

— Necesidad de control: matan para sentir poder absoluto sobre otro ser humano.

Reflexión y prevención: el papel de la sociedad.

¿Por qué es vital estar atentos? 

Porque estos perfiles se construyen en la infancia o depredan la vulnerabilidad.

El niño roto: la mayoría de los asesinos seriales sufrieron abuso físico, sexual o psicológico grave en su niñez.

La prevención del delito empieza en un hogar sin violencia.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"Las carreras se ganan en las curvas, porque en las rectas todos aceleran"

9/6/2026 - apelación de autos

Sentencia No. 346 de fecha 02-JUN-2026 dictada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Ponencia de la Magistrada Doctora CARMEN MARISELA CASTRO GILLY

El recurso de apelación de autos constituye un medio de impugnación de carácter ordinario, regido, en los casos contemplados en la Ley de Amnistía Para la Convivencia Democrática, por las disposiciones legales establecidas en el Código Orgánico Procesal Penal (por remisión expresa del artículo 12 de la mencionada ley especial). Dicho mecanismo procesal exige para su interposición y posterior admisión la observancia de una serie de requisitos de orden público y cumplimiento obligatorio.

En este orden de ideas, el Libro Cuarto “De los Recursos”, Título I “Disposiciones Generales” del Código Orgánico Procesal Penal, consagra en sus artículos 423 y 424 el marco general normativo que regula la interposición de todo recurso en la jurisdicción penal. El artículo 423 de la Ley Adjetiva Penal prevé el principio de impugnabilidad objetiva, el cual postula que las decisiones judiciales solo serán recurribles por los medios y en los casos expresamente distinguidos. Por su parte, el artículo 424 eiusdem señala que contra las decisiones judiciales podrán recurrir las partes a quienes la Ley les reconozca taxativamente ese derecho subjetivo.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"Las carreras se ganan en las curvas, porque en las rectas todos aceleran"