MAGISTRADA PONENTE: LOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON
Tal proceder fiscal evidencia una contradicción insalvable: se pretende castigar penalmente como 'invasión' una ocupación cuyo origen contractual es admitido por la propia acusación, y simultáneamente se pretende criminalizar la defensa del imputado en sede civil a través de los delitos de forjamiento, sin que medie una sentencia definitiva sobre la falsedad de dichos títulos. Esta dualidad confirma que la pretensión punitiva carece de autonomía y no es más que una extensión indebida de un conflicto de propiedad que aún se encuentra sub júdice en la jurisdicción civil
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Al no verificarse la existencia de una finalidad criminal autónoma, se evidencia un intento de castigar a través del proceso penal una controversia que carece de relevancia punitiva y que pertenece exclusivamente al ámbito del derecho privado. En este sentido, la doctrina —tanto la clásica como la contemporánea— ratifica que la jurisdicción penal no puede ser utilizada como un instrumento de coacción para dirimir conflictos patrimoniales.
Enlace a la Sentencia:
Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.
La frase del día
"Las carreras se ganan en las curvas, porque en las rectas todos aceleran"