14 de mayo de 2026

14-5-2026 § prueba anticipada

La prueba anticipada es un mecanismo del proceso penal que se realiza por urgencia y necesidad, con la finalidad de elaborar un elemento probatorio para asegurar las resultas del proceso, por lo que en lugar de hacerla en la fase de juicio, se lleva a cabo ante el juez de control en la fase preparatoria.

La prueba anticipada se hace en circunstancias en las que existan pruebas complejas, peligro de pérdida de las pruebas o para proteger los derechos de las partes.

Este procedimiento se utiliza en situaciones donde existe el riesgo de que las pruebas puedan desaparecer, deteriorarse o volverse inaccesibles. 

La prueba anticipada se hará cuando sea necesario, por ejemplo, practicar un reconocimiento, una inspección o una experticia que sean considerados como actos definitivos e irreproducibles; cuando deba recibirse una declaración que no podrá hacerse durante el debate del juicio oral y público; o para evitar la revictimización de víctimas especialmente vulnerables, primordialmente en casos de abuso sexual.

Ahora bien, si el obstáculo que dio origen a la prueba anticipada no existe para el momento de celebrarse el juicio oral y público, la persona deberá asistir a prestar su declaración.

Este acto se puede llevar a cabo cuando no haya sido individualizada la persona investigada, debiendo asistir un defensor público y el representante del Ministerio Público ante el tribunal, de lo cual se dejará constancia en acta, que es el acta de audiencia de prueba anticipada.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"Mientras justificas lo pequeño, lo pequeño crece"

14-5-2026 § homicidio, lesiones

Sentencia No. 269 de fecha 24-ABR-2026 dictada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

A los efectos del cálculo de prescripción de la acción penal, se debe tomar en consideración el término medio de la pena, de conformidad con lo previsto en el artículo 37, del Código Penal venezolano, que entre otras cosas, establece: “…Cuando la ley castiga un delito o falta con pena comprendida entre dos límites, se entiende que la normalmente aplicable es el término medio que se obtiene sumando los dos números y tomando la mitad…”. (sic).

Ahora bien, en lo que respecta al delito de HOMICIDIO CULPOSO, cuenta con una pena de seis (6) meses a cinco (5) años de prisión, obteniendo un término medio de dos (2) años y nueve (9) meses, en tal sentido conforme a lo dispuesto el artículo 108, numeral 5, del Código Penal, no ha transcurrido el lapso de tres años necesario para que se configure la prescripción de la acción penal.

De acuerdo al delito de LESIONES PERSONALES GRAVES CULPOSAS, el mismo contempla una pena de tres (3) meses a doce (12) meses de prisión, obteniendo un término medio de siete (7) meses y quince (15) días, en tal sentido conforme a lo dispuesto el artículo 108, numeral 5, del Código Penal, no ha transcurrido el lapso de tres años necesario para que se configure la prescripción de la acción penal.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"Mientras justificas lo pequeño, lo pequeño crece"

13 de mayo de 2026

13-5-2026 § resultados

Resultados de investigación 

Los resultados de investigación son hallazgos u obtenciones que se derivan del análisis de los datos recopilados durante el estudio. Son los datos procesados y analizados que responden a los objetivos de la investigación. Representan la evidencia obtenida que permite dar respuesta a las preguntas del estudio.

Ejemplos 

• En una encuesta sobre satisfacción del cliente, el 78% de los participantes calificó el servicio como “bueno” o “excelente”.

• En un experimento educativo, los estudiantes que usaron la aplicación mejoraron su puntaje promedio en 15%.

• En un análisis de correlación, se encontró una relación positiva moderada entre el tiempo de estudio y el rendimiento académico (r = 0.62).

¿Cuál es su rol?

Permiten comprobar o refutar las hipótesis, responder a los objetivos y generar conclusiones. Constituyen la base para la toma de decisiones, recomendaciones y futuras investigaciones.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"La vaca bebe agua y la convierte en leche; y la serpiente bebe agua y la convierte en veneno"

13-5-2026 § normas APA

Normas APA

— Conjunto de reglas y lineamientos establecidos por la American Psychological Association (APA) para la presentación de trabajos académicos y científicos. Su propósito es comunicar ideas de manera clara, precisa y profesional.

— Las normas APA son un estilo de citación y referencia que establecen cómo elaborar y presentar trabajos escritos. Incluyen aspectos, tales como: formato del documento, citas en el texto, referencias, tablas, figuras y estructura general. 

— Actualmente las normas APA corresponden a la séptima (7.ª) edición.

— Ejemplo de cita en el texto: (Pérez, 2020)

— Ejemplo de referencia de libro: Pérez, J. (2020). Metodología de la investigación. Editorial Académica.

— Ejemplo de referencia de artículo: García, M., & López, R. (2021). El aprendizaje colaborativo en entornos virtuales. Revista de Educación, 45(2), 123-145. https://doi.org/10.1234/edu.2021.45.2.123

— Ejemplo de tabla: presentación de información con número y título.

— Ejemplo de figura: ilustraciones o gráficos con número y título.

— El rol de las normas APA es garantizar la uniformidad, credibilidad y ética académica en los trabajos de investigación. Las normas APA permiten reconocer las ideas de otros autores, evitar el plagio y facilitar la comunicación científica a nivel internacional.

Fuente digital de la información:

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13-5-2026 § defensa de tesis

Defensa de tesis. Preguntas que el jurado puede hacerte

1.- Preguntas más relevantes

— ¿Qué te motivó a realizar este estudio?
— ¿Cuál es tu aporte al conocimiento?
— ¿Cómo se relaciona con tu tesis?

2.- Revisión de la literatura

— ¿Qué criterios usaste para seleccionar las fuentes?
— ¿Cuáles son las principales brechas (o vacíos) que encontraste?
— ¿Qué tipos de estudio priorizaste?
— ¿Por qué?

3.- Metodología

— ¿Exploraste otros métodos?
— ¿Por qué decidiste no usarlos?
— ¿Por qué este enfoque metodológico es el más adecuado para tu investigación?

4.- Impacto

— ¿De qué manera tus resultados impactan tu área de estudio?
— ¿Cómo se relaciona tu estudio con las teorías o estudios existentes?
— ¿Tienes planes para futuras investigaciones?

5.- Conclusión

— ¿Lograste responder tu pregunta de investigación?
— ¿Hay algo que harías diferente si volvieras a comenzar?

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13-5-2026 § citaciones, notificaciones

Citaciones y notificaciones 

— En cuanto a las notificaciones, podemos decir que es el acto mediante el cual, por orden del juez se hace saber o se informa sobre una resolución o decisión judicial a las partes o persona interesada.

— Las citaciones son los llamados hechos a una persona para que comparezca, por orden de un juez, a un acto judicial, comunicándole el día y hora en el que debe comparecer. Las citaciones no solamente pueden ser dirigidas a las partes del proceso, sino que también se dirigen a los testigos, expertos, intérpretes y cualquier persona que sea llamada a participar.

— Tanto las notificaciones como las citaciones se hacen mediante boleta debidamente firmada por el juez, la cual se entrega al alguacil o, en algunos casos, se le entrega al órgano de investigación penal, solicitándole su apoyo para que cite o notifique a la persona cuya presencia se requiere.

— En caso que la persona citada se encuentre ausente o se negare a firmar, el alguacil dejará constancia en la misma boleta.

— De no tener conocimiento de la dirección de alguna de las partes a ser citada o notificada, se tendrá como domicilio la sede del tribunal, fijando la boleta en la puerta. 

— Las resultas de las notificaciones y citaciones deben ser consignadas ante la secretaría del tribunal para que esta sea anexada al expediente correspondiente, de tal manera que se garantice el respeto al derecho a la defensa y al debido proceso.

Fuente digital de la información:

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13-5-2026 § cosa juzgada material

Sentencia No. 0436 de fecha 09-ABR-2026 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

MAGISTRADO PONENTE: LUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS

De allí que, la sentencia de sobreseimiento previamente dictada adquirió el carácter de cosa juzgada material, lo que constituyó un impedimento procesal insuperable para una ulterior persecución penal por los mismos hechos, personas y fundamentos, la Corte de Apelaciones con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer (...), al desconocer este efecto, permitió una doble persecución penal que está proscrita por el ordenamiento jurídico. La inobservancia de este principio no solo vulnera la seguridad jurídica, sino que desvirtúa la finalidad de un sistema de justicia que busca la cosa juzgada de las controversias y la protección del ciudadano frente a enjuiciamientos reiterados por una misma causa.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

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