2 de agosto de 2015

Pinkerton

ALLAN PINKERTON

Allan Pinkerton (25 de agosto de 1819 - 1 de julio de 1884) fue un detective y espía escocés que fundó la Agencia Pinkerton, la primera agencia de detectives del mundo.


Nació el 25 de agosto de 1819 en Glasgow (Escocia). Emigró a Estados Unidosy se estableció cerca de Chicago en el año 1842.

Trabajando como fabricante de barriles en 1846, capturó una banda de falsificadores y por ello fue elegido sheriff del condado.

En 1850 organizó la Agencia Nacional de Detectives Pinkerton. La recuperación de una gran suma de dinero robada a la Compañía Adams Express y el descubrimiento de una conspiración para asesinar a Abraham Lincoln en 1861 le convirtieron en un personaje muy popular.

Durante la Guerra Civil estadounidense organizó el servicio secreto del Ejército de la Unión. Más adelante, durante las huelgas ferroviarias de 1877, su agencia proporcionaría esquiroles a los que logró infiltró en organizaciones obreras.

Entre su libros cabe mencionar Huelguistas, comunistas y vagabundos (1878) y Detective durante 30 años (1884).

Allan Pinkerton murió en Chicago el 1 de julio de 1884 tras morderse la lengua en un traspié y contraer gangrena.

El logotipo de la Pinkerton Detective Agency en Estados Unidos es célebre y se mantiene hoy en día: "Nosotros nunca dormimos"

Se trata de la empresa de seguridad más conocida en EU y en la actualidad disfruta de reconocimiento a nivel mundial.

Es una de las mayores empresas de servicios de seguridad en el país vecino, especializada en servicios de personal de seguridad.


AGENCIA NACIONAL DE DETECTIVES PINKERTON

La Agencia Nacional de Detectives Pinkerton fue un servicio de seguridad privada de los Estados Unidos y una agencia de detectives fundada por Allan Pinkerton en 1850.

El logotipo de la agencia es un ojo estilizado con el lema "We Never Sleep" ("Nunca Dormimos"), e inspiró el término "private eye" por el que se conoce a los detectives privados.

Vidoqc

VIDOQC

Eugène-François Vidocq (23 de julio de 1775 – 11 de mayo de 1857) fue el primer director de la  Sûreté Nationale ('Seguridad Nacional') y uno de los primeros investigadores privados.


François Eugène Vidocq fue el ladrón más buscado y el más maldecido de toda Francia durante casi dos décadas, hasta que un día él mismo decide cambiar su modo de vida para convertirse en defensor de la Ley y en el mejor de los policías.

Adminicular

ADMINICULAR

Poner una cosa, especialmente una prueba, junto a otra para ayudarla o reforzarla.

Ayudar o auxiliar con algunas cosas a otras para darles mayor virtud o eficacia.

Criminalística

CRIMINALÍSTICA

- En criminalística se trabaja con lógica.

- Inspección.

- Huellas.

- La experticia determina la relación con el hecho.

- Base de genética. Laboratorio de ADN.

- Experticia de certeza.

- Sistema inquisitivo antes del año 1999. Código de Enjuiciamiento Criminal.

- Sistema acusatorio después del año 1999.

- Principio de Legalidad.

- Principio de Licitud.

- La criminalística es ciencia porque pasa por un método científico.

Psicología Criminal

PSICOLOGÍA CRIMINAL

La psicología criminal es una disciplina que estudia los fenómenos psicológicos implicados en la criminalidad. Así, un psicólogo criminal puede desarrollar diferentes tareas, tales como: colaborar en una investigación criminal realizando perfiles psicológicos; elaborando y difundiendo técnicas de persuasión y comunicación con las que analizar testimonios; definir programas de rehabilitación para criminales; y/o realizar investigaciones empíricas sobre la conducta, motivación y personalidad del delincuente, que ayuden a una evaluación científica del criminal. En definitiva, la psicología criminal intenta ofrecer una serie de respuestas sobre todos aquellos actores y agencias implicados en la criminalidad a un nivel clínico, experimental, estadístico y de asesoramiento.


La psicología criminal se refiere a la ciencia que estudia los fenómenos psicológicos implicados en un acto criminal ofreciendo una serie de herramientas para predecir/comprender el comportamiento que indujeron al individuo a delinquir sin importarle las consecuencias de este acto.

El objetivo principal por tanto es intentar conocer los procesos mentales que inducen a ese sujeto a infringir las leyes y que significado tiene para él esa perversa conducta, que es de vital importancia para establecer la responsabilidad penal a la que se le va a imputar.

Se trata de una ciencia empírica, es decir, experimental cuyo método es el inductivo ya que se basa en la observación, experimentación y cuantificación. Sigue por tanto el método científico.

Ley Talión

LEY DEL TALIÓN

Ley del talión (latín: lex talionis) es la denominación tradicional de un principio jurídico de justicia retributiva en el que la norma imponía un castigo que se identificaba con el crimen cometido, obteniéndose la reciprocidad. El término "talión" deriva de la palabra latina talis o tale que significa "idéntico" o "semejante" (de donde deriva la palabra castellana "tal"), de modo que no se refiere a una pena equivalente sino a una pena idéntica. La expresión más conocida de la ley del talión es el pasaje bíblico "ojo por ojo, diente por diente".

Hammurabi

CÓDIGO DE HAMMURABI

El Código de Hammurabi, creado en el año 1728 a. C. (según la cronología media) por el rey de Babilonia Hammurabi, es uno de los conjuntos de leyes más antiguos que se han encontrado y uno de los ejemplares mejor conservados de este tipo de documentos creados en la antigua Mesopotamia y, en breves términos, se basa en la aplicación de la ley del Talión. El código de leyes unifica los diferentes códigos existentes en las ciudades del imperio babilónico.

Famélico

HURTO FAMÉLICO

Es aquel hurto justificado por un estado de necesidad, es decir, una situación de peligro, no causada dolosamente por el sujeto activo, y que solamente pueda salvarse mediante el sacrificio del bien ajeno.

Art. 65 literal d Código Penal:

"... d. El que obra constreñido por la necesidad de salvar su persona, o la de otro, de un peligro grave e inminente, al cual no haya dado voluntariamente causa, y que no pueda evitar de otro modo."

Extinción

DERECHO PROCESAL PENAL

EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL

Resulta absolutamente erróneo invocar el numeral 2 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, aduciendo que la muerte del investigado es una causa de justificación.

“En el presente caso, no hay mención siquiera en el escrito, respecto a las circunstancias en que falleció el presunto imputado, ni a los elementos demostrativos de su deceso (ej. Acta de defunción, protocolo de autopsia, entre otros) Con respecto a la causal empleada para solicitar el Sobreseimiento, debemos señalar que según consta en el escrito sujeto a revisión, el representante del Ministerio Público en el apartado “Petitorio” expone lo siguiente:

“Por todos los razonamientos anteriormente expuestos solicito se DECRETE EL SOBRESEIMIENTO de la CAUSA según lo establecido en el articulo 318, Ordinal (sic) 2º del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto en el hecho concurre una causa de justificación, cual es, la muerte del investigado...”

En este caso en concreto, el representante el Ministerio Público debió fundamentar su Solicitud de Sobreseimiento en el primer supuesto del numeral 3 del artículo 318 ejusdem, en concordancia con el artículo 48 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto la muerte de la persona investigada es una cusa de extinción de la acción penal, resultando por tanto incorrecta la causal invocada.

Fuente: Doctrina del Ministerio Público venezolano; año 2009.