TIPS SENCILLOS Y FÁCILES DE RECORDAR
CIRCULANDO A PIE
1. Camine
erguido. No mire ni observe su entorno, mantenga la mirada al frente y una
actitud decidida. Esto desencanta a cualquier delincuente que pretenda
sorprenderlo.
2. De ser
posible, muévase en sentido contrario a la circulación vehicular. Tal
comportamiento le permite tener el control, pues todo pasa primero frente a sus
ojos.
3. Si en
estado mental amarillo recibe una señal que algo en su entorno es sospechoso,
cambie de manera brusca su trayectoria y luego evalúe la situación.
Fuente: GUÍA
ANTICRIMEN. Iván Simonovis. p.42. Caracas-Venezuela. Septiembre, 2011.
Blog con fines de investigación de Derecho Penal, Derecho Procesal Penal, y lo que sea útil para la materia penal, sin olvidar a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Creado por Jorge Leonardo Salazar Rangel
18 de diciembre de 2014
102
Ley para el Desarme y Control de Armas y
Municiones
TÍTULO V
DE LAS SANCIONES
Capítulo I
Sanciones Administrativas
Artículo 102. Omisión de Notificación
La misma sanción establecida en el artículo anterior, se impondrá a quien omita realizar las notificaciones al órgano competente, de conformidad con lo dispuesto en la presente Ley.
Fuente: Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones. Gaceta Oficial N° 40.190 de fecha 17 de Junio de 2013. p.53.
TÍTULO V
DE LAS SANCIONES
Capítulo I
Sanciones Administrativas
Artículo 102. Omisión de Notificación
La misma sanción establecida en el artículo anterior, se impondrá a quien omita realizar las notificaciones al órgano competente, de conformidad con lo dispuesto en la presente Ley.
Fuente: Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones. Gaceta Oficial N° 40.190 de fecha 17 de Junio de 2013. p.53.
Suscribirse a:
Entradas (Atom)