19 de noviembre de 2014

Prostitución

LA PROSTITUCIÓN

En nuestra legislación no existe disposición expresa que castigue a ninguna persona que se prostituya, en cambio si es delito, valerse de otro para comerciar con el sexo, o inducirla a que se prostituya o favorecer su corrupción.

El "CELESTINAJE" (en otras legislaciones), o favorecimiento de la prostitución, es una actividad que se ha practicado en todas las épocas en el mundo entero. En algunos países es castigado, en otros, por el contrario constituye una actividad como cualquiera otra.

Fuente: SÍNTESIS CRIMINOLÓGICA. Moira E. MARTÍNEZ A. P.250.

Subcultura

TEORÍA DE LA SUBCULTURA DEL CRIMEN

El mejor exponente de esta teoría fue ALBERT COHEN, quien en su libro "DELINQUENT BOYS", afirma que las áreas de delincuencia, son zonas donde viven bandas de jóvenes delincuentes, regidos por un sistema de normas distinto al orden legal y social tradicionales y en muchos casos, dirigidos directamente contra el sistema jurídico imperante.

Los modelos de conductas antisociales y delictivas constituyen una cultura particular dentro de la cultura general, lo cual representa una "SUBCULTURA".

Fuente: SÍNTESIS CRIMINOLÓGICA. Moira E. MARTÍNEZ A. P.145.

Bomba de Tiempo

BOMBA DE TIEMPO SOFTWARE

Es difícil de detectar y se ejecuta insertando instrucciones no autorizadas, durante la codificación del programa, las cuales quedan "guardadas", programándose luego su activación en determinada fecha. Se persigue con este delito crear un daño preconcebido a la empresa para la cual se prestan servicios, o bien ejecutar una transferencia de fondos a una cuenta determinada, por lo que el programador renuncia con antelación para evitar sospechas, y en la fecha prevista explota la "bomba de tiempo" ocasionándose el efecto querido.

Fuente: SÍNTESIS CRIMINOLÓGICA. Moira E. MARTÍNEZ A. P.427.

55

DE LA CONVERSIÓN Y CONMUTACIÓN DE PENAS

Procedimiento

Art. 55.- El procedimiento ante el Tribunal Supremo de Justicia será breve y sumario; mas, por auto para mejor proveer, puede ordenar las investigaciones que juzgue necesarias.

Mientras se fundan las colonias penitenciarias, se acordará la conmutación en confinamiento.

Fuente: Código Penal. 13-04-2005. Gaceta Oficial No. 5768.