6 de junio de 2023

Función de juzgar [06-jun-2023]

La frase del día 
"No te apegues a nada que no puedas abandonar en cinco minutos"

Sentencia No. 0465 de fecha 15-MAY-2023 emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia: MAGISTRADO PONENTE: LUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS

Es necesario recordar que esta Sala ha establecido en numerosas oportunidades, que en virtud de la autonomía e independencia de la que gozan los jueces al decidir, los mismos, si bien deben ajustarse a la Constitución y a las leyes al resolver una controversia, disponen de un amplio margen de valoración sobre los medios probatorios y del derecho aplicable a cada caso, por lo cual pueden interpretarlos y ajustarlos a su entendimiento, como actividad propia de su función de juzgar, sin que el juzgador de amparo pueda inmiscuirse dentro de esa autonomía del juez en el estudio y resolución de la causa, salvo que tal criterio viole, notoriamente, derechos o principios constitucionales [Cfr. sentencia n° 3.149 del 6 de diciembre de 2002, caso: Edelmiro Rodríguez Lage, ratificada en decisiones núms. 1211/2006, 2483/2007].

Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/mayo/325086-0465-15523-2023-22-0253.HTML

La frase del día 
"No te apegues a nada que no puedas abandonar en cinco minutos"