El abogado transforma la vida en lógica; y el
juez transforma la lógica en justicia
DERECHO ROMANO (I)
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL
EL DERECHO ROMANO
Características del Derecho Romano visto del
Derecho Antiguo
Derecho
Antiguo va desde la formación de Roma hasta el siglo VII:
* Desde
sus reglas generales es estricto, conservador y formalista.
* En su
aplicación es exclusivo de los ciudadanos romanos y no puede ser invocado por
los Peregrinos.
* En
cuanto a su fuente es principalmente consuetudinario, apareciendo en esta época
la codificación de las costumbres pre-existentes que conocemos como la Ley de las XII Tablas.
Características del Derecho Romano visto del
Derecho Clásico
Va
desde el siglo VII hasta Constantino. Es la época de los grandes
Juris-Consultos, la perfección de la Jurisprudencia, la construcción científica del
Derecho:
* En
sus reglas fue menos formalista, se tuvo más en cuenta la intención de las
partes contratantes, y se dio menos importancia a la forma externa de los
actos.
* En
sus reglas fue menos estricto, se preocupaba más por la Equidad y no por la simple
aplicación del riguroso Derecho.
* Menos
conservador, el Derecho se amplió por la influencia de los fenómenos sociales,
políticos y económicos.
* En su
aplicación dejó de ser exclusivo de los ciudadanos romanos. Apareció y se
desarrollo el “Jus Gentium” (Derecho de Gentes) accesibles a los Peregrinos.
* En
sus fuentes además de las costumbres aparecen las leyes Votadas, los
Plebiscitos, los Senados Consultos, las Constituciones Imperiales, los Edictos
de los Magistrados y las Respuestas de los Prudentes.
Características del Derecho Romano visto del
Bajo Imperio
Va
desde Constantino hasta la muerte de Justiniano:
* En
sus reglas la Equidad
se puso definitivamente sobre el formalismo.
* La
distinción entre el Derecho Civil y el Derecho de Gentes dejo de aplicarse.
Todos los habitantes del Imperio pasaron hacer ciudadanos romanos.
*
Existe una sola fuente del Derecho, las Constituciones Imperiales que dan lugar
a las diferentes codificaciones.
Frase reflexiva:
El abogado transforma la vida en lógica; y el
juez transforma la lógica en justicia