19 de abril de 2016

19-04-2016 Tributario (95)

Frase reflexiva:
El abogado transforma la vida en lógica; y el juez transforma la lógica en justicia

CÓDIGO ORGÁNICO TRIBUTARIO

TÍTULO III
De los Ilícitos Tributarios y de las Sanciones

Capítulo I
Parte General

Artículo 95. Son circunstancias atenuantes:

1. El grado de instrucción del infractor. 

2. La conducta que el autor asuma en el esclarecimiento de los hechos.

3. La presentación de la declaración y pago de la deuda para regularizar el crédito tributario.

4. El cumplimiento de los requisitos omitidos que puedan dar lugar a la imposición de la sanción.

5. Las demás circunstancias atenuantes que resulten de los procedimientos administrativos o judiciales previstas por la ley.

Frase reflexiva:
El abogado transforma la vida en lógica; y el juez transforma la lógica en justicia

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