El abogado transforma la vida en lógica; y el juez transforma la lógica en
justicia
CÓDIGO ORGÁNICO TRIBUTARIO
TÍTULO III
De los Ilícitos Tributarios y de las
Sanciones
Capítulo I
Parte General
Artículo 95. Son circunstancias atenuantes:
1. El
grado de instrucción del infractor.
2. La
conducta que el autor asuma en el esclarecimiento de los hechos.
3. La
presentación de la declaración y pago de la deuda para regularizar el crédito
tributario.
4. El
cumplimiento de los requisitos omitidos que puedan dar lugar a la imposición de
la sanción.
5. Las
demás circunstancias atenuantes que resulten de los procedimientos
administrativos o judiciales previstas por la ley.
Frase reflexiva:
El abogado transforma la vida en lógica; y el juez transforma la lógica en
justicia
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