El abogado transforma la vida en lógica; y el juez transforma la lógica en
justicia
CÓDIGO ORGÁNICO TRIBUTARIO
TÍTULO III
De los Ilícitos Tributarios y de las
Sanciones
Capítulo I
Parte General
Artículo 96. Son circunstancias agravantes:
1. La
reincidencia.
2. La
cuantía del perjuicio fiscal.
3. La
obstrucción del ejercicio de las facultades de fiscalización de la Administración
Tributaria.
Habrá
reincidencia cuando el sujeto pasivo, después de una sentencia o resolución
firme sancionadora, cometiere uno o varios ilícitos tributarios durante los
seis (6) años contados a partir de aquellos.
Frase reflexiva:
El abogado transforma la vida en lógica; y el juez transforma la lógica en
justicia
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