El abogado transforma la vida en lógica; y el juez transforma la lógica en justicia
DERECHO PENAL
JORGE SALAZAR RANGEL
DELITOS ELECTRÓNICOS
Características de los Delitos
Electrónicos
1) Son delitos ocupacionales.- El perfil criminal del
delincuente y el deseo de cometer dicho delito necesita un conocimiento
específico; se tiene que tener el nivel adecuado, la ocupación y la disposición
para cometer el delito respectivo. Aquí se habla de una persona diestra con
tiempo y dedicación para cometer dicho tipo delictivo.
P.D. Se dicen que son delitos
ocupacionales porque se realizan durante la ejecutoria que para ellos (los que
cometen el delito) son trabajos.
2) Son conductas conocidas
como de cuello blanco porque para
ello se necesita un conocimiento técnico especializado.
3) Es un delito de oportunidad.- La persona que va a
cometer el delito tiene que ser alguien que se ocupe en esa área de eso y que
tenga un nivel tecnológico para identificar la oportunidad o el momento en el
cual va a cometer dicho delito.
4) Son delitos económicos porque siempre hay
proyección y beneficios económicos.
Dichos delitos económicos son
incuantificables.
5) Son delitos de alta consumación y pocos registros.
6) Es uno de los delitos de
más difícil prueba por la avanzada
tecnología que usa el delincuente.
7) Es uno de los delitos
que cuyas cifras que están reflejadas desde el punto de vista de las
estadísticas, no coinciden con la realidad.
8) Son delitos que siempre
deben consumarse mediante la utilización de un equipo de carácter tecnológico.
P.D. Leer los artículos 3, 6,
13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 23, 24, 26 y 30 de la ley especial contra delitos
informáticos; y los artículos 113 del Código Penal; y 49, 51 y 52 del COPP.
Frase reflexiva:
El abogado transforma la vida en lógica; y el
juez transforma la lógica en justicia
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