19 de abril de 2016

19-04-2016 Proceso (77)

Frase reflexiva:
El abogado transforma la vida en lógica; y el juez transforma la lógica en justicia

TEORÍA DEL PROCESO
JORGE SALAZAR

ORGANIZACIÓN JUDICIAL VENEZOLANA

1) Sala de casación penal.- Es donde se intenta el recurso de casación.

2) Cortes de apelaciones.- Por encima del tribunal de control y los tribunales de juicio, encontramos las cortes de apelaciones; dichas cortes conocen las apelaciones que se interpongan contra las decisiones del tribunal de control y del tribunal de juicio.

La corte de apelación es un tribunal colegiado donde hay varios magistrados.

* Tribunal de control.- Dicho tribunal se distingue del tribunal de juicio, por el rol de las funciones distintas que ambos desempeñan. Prácticamente no hay una especie de jerarquía entre ellos.

Los tribunales de control se encargan básicamente del inicio de la 1era etapa del proceso penal; aquí se ponen los parámetros para realizar las investigaciones. El tribunal de control regula todo lo relacionado a las pruebas.

P.D. En la 1era etapa del proceso encontramos la investigación del delito donde se tratan de recabar las pruebas a través del estricto control del órgano jurisdiccional.

* Tribunales de juicio.- Es ante los cuales se va a realizar el debate oral y público; eso se realiza frente al juez de juicio, persona frente a la cual se exponen todas las pruebas. Aquí dicho juez de juicio dicta la sentencia definitiva que resuelve el asunto correspondiente.

Los tribunales de juicio pueden ser unipersonales o mixtos: los mixtos son aquellos que se constituyen con 2 escabinos y un juez; y en los unipersonales hay un solo juez. Lo que determina si el tribunal es unipersonal o mixto, es la pena del delito: cuando la pena supera los 4 años se irá a un tribunal mixto, y si dicha pena es inferior a los 4 años se irá a un tribunal unipersonal.

P.D. La sentencia definitiva pone fin al proceso respectivo; la sentencia interlocutoria es dictada por parte del juez cuando se resuelven incidencias ocurridas dentro del proceso sin tocar el fondo del mismo; y los autos son decisiones del juez que sirven para proveer solicitudes muy concretas que no tienen que ver con el fondo del proceso.

Frase reflexiva:
El abogado transforma la vida en lógica; y el juez transforma la lógica en justicia

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