El abogado transforma la vida en
lógica; y el juez transforma la lógica en justicia
TEORÍA DEL PROCESO
JORGE SALAZAR
ORGANIZACIÓN JUDICIAL VENEZOLANA
1) Sala de casación penal.- Es donde se intenta el recurso de casación.
2) Cortes de apelaciones.- Por encima del tribunal de control y los
tribunales de juicio, encontramos las cortes de apelaciones; dichas cortes
conocen las apelaciones que se interpongan contra las decisiones del tribunal
de control y del tribunal de juicio.
La corte de apelación es un tribunal colegiado donde hay varios magistrados.
* Tribunal de control.- Dicho tribunal se distingue del tribunal de
juicio, por el rol de las funciones distintas que ambos desempeñan.
Prácticamente no hay una especie de jerarquía entre ellos.
Los tribunales de control se encargan básicamente del
inicio de la 1era etapa del proceso penal; aquí se ponen los parámetros para
realizar las investigaciones. El tribunal de control regula todo lo relacionado
a las pruebas.
P.D. En la 1era etapa del proceso encontramos la investigación
del delito donde se tratan de recabar las pruebas a través del estricto control
del órgano jurisdiccional.
* Tribunales de juicio.- Es ante los cuales se va a realizar el debate
oral y público; eso se realiza frente al juez de juicio, persona frente a la
cual se exponen todas las pruebas. Aquí dicho juez de juicio dicta la sentencia
definitiva que resuelve el asunto correspondiente.
Los tribunales de juicio pueden ser unipersonales o mixtos:
los mixtos son aquellos que se
constituyen con 2 escabinos y un juez; y en los unipersonales hay un solo juez.
Lo que determina si el tribunal es unipersonal o mixto, es la pena del delito:
cuando la pena supera los 4 años se irá a un tribunal mixto, y si dicha pena es
inferior a los 4 años se irá a un tribunal unipersonal.
P.D. La sentencia
definitiva pone fin al proceso respectivo; la sentencia interlocutoria es dictada por parte del juez cuando se
resuelven incidencias ocurridas dentro del proceso sin tocar el fondo del
mismo; y los autos son decisiones
del juez que sirven para proveer solicitudes muy concretas que no tienen que
ver con el fondo del proceso.
Frase reflexiva:
El abogado transforma la vida en
lógica; y el juez transforma la lógica en justicia
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