19 de abril de 2016

19-04-2016 Identificación (39)

Frase reflexiva:
El abogado transforma la vida en lógica; y el juez transforma la lógica en justicia

LEY ORGÁNICA DE IDENTIFICACIÓN

Gaceta Oficial Extraordinaria No. 6.155, de fecha 19 de noviembre de 2014

Capítulo VI
De las sanciones penales

Artículo 39. Otorgamiento irregular de documentos de identificación. La persona que, intencionalmente otorgue o facilite una tarjeta de nacimiento hospitalaria, acta de nacimiento, cédula de identidad, o cualquier otro documento de identificación o de viaje, sin cumplir con los requisitos previamente establecidos en el Reglamento de este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, o con prescindencia del procedimiento administrativo correspondiente, será penada con prisión de dos a seis meses.

Pena Corporal: 2 a 6 meses de prisión.
Pena Normalmente Aplicable (Art. 37 CP): 4 meses de prisión.

Frase reflexiva:
El abogado transforma la vida en lógica; y el juez transforma la lógica en justicia

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