El abogado transforma la vida en lógica; y el juez transforma la lógica en
justicia
LEY ORGÁNICA DE IDENTIFICACIÓN
Gaceta
Oficial Extraordinaria No. 6.155, de
fecha 19 de noviembre de 2014
Capítulo VI
De las
sanciones penales
Artículo 39. Otorgamiento irregular de
documentos de identificación. La persona
que, intencionalmente otorgue o facilite una tarjeta de nacimiento
hospitalaria, acta de nacimiento, cédula de identidad, o cualquier otro
documento de identificación o de viaje, sin cumplir con los requisitos
previamente establecidos en el Reglamento de este Decreto con Rango, Valor y
Fuerza de Ley, o con prescindencia del
procedimiento administrativo correspondiente, será penada con prisión de dos a
seis meses.
Pena Corporal: 2 a 6
meses de prisión.
Pena Normalmente Aplicable (Art. 37 CP): 4 meses de prisión.
Frase reflexiva:
El abogado transforma la vida en lógica; y el juez transforma la lógica en
justicia
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