12 de febrero de 2024

Valoración juez de juicio 12-02-2024

La frase del día 
"Todo lo bueno de la vida es ilegal, inmoral o engorda" Ley de Murphy II. p. 118

Sentencia No. 0468 de fecha 15-MAY-2023 emanada por la Sala Constitucional Tribunal Supremo de Justicia: MAGISTRADO PONENTE: LUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS

No obstante lo anterior, considera esta Sala que el acto decisorio de la Corte de Apelaciones con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer de la Región Capital, fue producto de la valoración de juez respecto del asunto sometido a su conocimiento, y no se evidencia del texto de la sentencia, que haya incurrido en algún error grotesco de juzgamiento que pueda ser objeto de amparo constitucional; por el contrario, actuó ajustada a derecho, al desestimar las denuncias formuladas por el hoy accionante y al anular de oficio la decisión emanada del juzgado de control, al advertir que invadió la esfera de su competencia al pronunciarse respecto a las pruebas aportadas por las partes, toda vez, que tal valoración corresponderá al juez de juicio durante el desarrollo del debate, por lo que, lejos de existir violación al debido proceso y a la tutela judicial efectiva delatadas, lo que prevalece es una inconformidad de la defensa (...) 

(...) con el fallo emitido por la prenombrada Corte de Apelaciones, la cual, como ya se señaló, actuando como alzada del antes aludido Juzgado Segundo en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer del Área Metropolitana de Caracas, declaró sin lugar el recurso de apelación ejercido por el hoy accionante en amparo y anuló la sentencia dictada en primer grado de jurisdicción, ordenando realizar nuevamente la Audiencia Preliminar, circunstancia que se encuentra dentro del ámbito de competencias propias de una Corte de Apelaciones, de lo cual no se observa la vulneración de derechos constitucionales al actor, por el contrario el correcto ejercicio de las competencias atribuidas a la Corte de Apelaciones al declarar la nulidad estudiada, más bien permite la búsqueda de la verdad mediante la depuración del proceso penal (Vid. sentencias de esta Sala Nros. 1401 del 14 de agosto de 2008 y 1297 del 7 de octubre de 2014).

Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/mayo/325089-0468-15523-2023-22-0442.HTML

La frase del día 
"Todo lo bueno de la vida es ilegal, inmoral o engorda" Ley de Murphy II. p. 118