"En las peores crisis están las mejores oportunidades"
Sentencia No. 1790 de fecha 07-DIC-2023 emanada por la Sala Constitucional Tribunal Supremo de Justicia: MAGISTRADA PONENTE: MICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET
Así, uno de los puntos centrales de la sentencia es declarar que, ante la jurisdicción indígena, así como en los tribunales de la República, toda persona tiene el derecho humano de ser juzgado por un juez natural, en tanto la Sala lo ha considerado como un derecho humano fundamental y universal, y por tanto de orden público. Para afirmarlo, sustentó la Sala su razonamiento en el el artículo 132 de la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas, destacándose que esta potestad debe ser ejercida por los pueblos y comunidades indígenas, a través de sus autoridades legítimas, de tomar decisiones de acuerdo con su derecho propio y conforme con los procedimientos tradicionales, para solucionar de forma autónoma y definitiva las controversias que se susciten entre sus integrantes, dentro de su hábitat y tierras.
Se ha entendió que todos los problemas y demás conflictos que se susciten dentro del espacio territorial en el cual habitan los indígenas constituyen hechos y situaciones reales concretas, que deberán ser resueltos dentro de un marco procedimental establecido según las costumbres de cada pueblo o comunidad, la cual pudiéramos llamar “relación procesal”.
Así, desde el punto de vista jurídico, las autoridades indígenas tienen la plena facultad de aplicar el derecho consuetudinario dentro de un espacio territorial (competencia): es decir, tienen la capacidad de administrar justicia.
Enlace a la Sentencia:
Palabras clave: derecho indígena, sentencia vinculante, indios piaroa.
La frase del día
"En las peores crisis están las mejores oportunidades"