La frase del día
"Todas las marcas desean estar en la mente de las personas, pero las más inteligentes quieren estar en su corazón" Morella Nieto
En efecto, el ad quem al declarar la improcedencia de dos de los beneficios laborales demandados, específicamente los aumentos por Decreto Presidencial y el Bono de Alimentación, así como la modificación del quantum condenado en aquellos otros conceptos sobre los cuales éstos tenían incidencia, favoreció sin lugar a dudas a la parte accionada no recurrente en un flagrante perjuicio para la única apelante, cuando como ya se explicó, estaba imposibilitado de reformar la sentencia de primera instancia como consecuencia de la prohibición de la reformatio in peius, en la medida en que, existiendo un vencimiento recíproco, y por lo tanto, estando ambas partes legitimadas para ejercer el recurso de apelación, solo una de ellas lo interpuso, conformándose la otra con el gravamen sufrido.
Por las razones anteriores, esta Sala de Casación Social declara procedente la denuncia formulada y con lugar el recurso de casación, al incurrir el fallo impugnado en el vicio de incongruencia. Así se decide.
Enlace a la Sentencia:
Palabras clave: reforma en perjuicio, reformatio in peius.
La frase del día
"Todas las marcas desean estar en la mente de las personas, pero las más inteligentes quieren estar en su corazón" Morella Nieto