22 de marzo de 2024

[22-03-2024] Indígena [7]

La frase del día 
"Es en el error donde muchas veces encontramos el acierto"

Sentencia No. 1790 de fecha 07-DIC-2023 emanada por la Sala Constitucional Tribunal Supremo de Justicia: MAGISTRADA  PONENTE: MICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET

Si bien está configurada la condición de Venezuela como un Estado multiétnico y pluricultural, tal como quedó fijada en el preámbulo de la Constitución, en lo normativo abrió el espacio para treinta y nueve menciones directas a los pueblos indígenas en el articulado constitucional, entre las que se destacan, en el caso de marras, lo jurídico y lo jurisdiccional, en tanto, lo crucial es determinar cuál es el derecho aplicable y la jurisdicción que puede imponerlo en el caso seguido contra el ciudadano (...)
 
Al respecto, es vital tomar en cuenta el reconocimiento del derecho indígena y su jurisdicción, el cual compartimos con múltiples textos constitucionales y legales nacidos en las últimas décadas del siglo XX y que cada vez son más numerosos en el siglo XXI, y generan nuevas realidades jurídicas altamente complejas.

Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/diciembre/331325-1790-71223-2023-17-1100.HTML

La frase del día 
"Es en el error donde muchas veces encontramos el acierto"

[22-03-2024] Indígena [6]

La frase del día 
"Es en el error donde muchas veces encontramos el acierto"

Sentencia No. 1790 de fecha 07-DIC-2023 emanada por la Sala Constitucional Tribunal Supremo de Justicia: MAGISTRADA  PONENTE: MICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET

También sobre este tema es acertado reseñar lo planteado por Juan Carlos Morales Manzur y Lucrecia Morales García, en su artículo “El derecho a la participación de las minorías indígenas venezolanas dentro del marco legal de 1999” dentro de la Revista Frónesis,  Vol.10, N.° 2, Instituto de Filosofía del Derecho. Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Universidad del Zulia, agosto de  2003, página 20, en el cual expresaron: “… Como reflejo de la realidad internacional y de la cada vez mayor defensa de los derechos de los pueblos indígenas, el marco legal venezolano es modificado con la nueva Constitución elaborada por la Asamblea Nacional Constituyente y aprobada el 15 de diciembre de 1999, mediante referéndum, que institucionaliza el pleno y cabal derecho social, político y económico de los pueblos indígenas en el país y la existencia de un estado plurinacional y pluricultural. Como puede deducirse, la nueva Carta Magna se fundamenta en la realidad pluricultural indígena que da cabida a las instituciones y a los sistemas jurídicos propios de los pueblos enraizados en el territorio venezolano….”.

Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/diciembre/331325-1790-71223-2023-17-1100.HTML

La frase del día 
"Es en el error donde muchas veces encontramos el acierto"

[22-03-2024] Indígena [5]

La frase del día 
"Es en el error donde muchas veces encontramos el acierto"

Sentencia No. 1790 de fecha 07-DIC-2023 emanada por la Sala Constitucional Tribunal Supremo de Justicia: MAGISTRADA  PONENTE: MICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET

Igual en Venezuela, cuando debemos analizar la interrelación del derecho de los pueblos indígenas con el derecho nacional, repasamos lo explicado por Jorge Alberto González Galván, en el articulo “La Validez del Derecho Indígena en el Derecho Nacional” dentro del Libro “Comentarios a la Reforma Constitucional en Materia Indígena”,  Editorial: IIJ. Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Autónoma de México UNAM, 2002, Página 45, “… El derecho indígena, entendido como el derecho de los pueblos indígenas a concebir y aplicar sus normas internas está validado por el derecho nacional cuando se establece que en “la aplicación de sus sistemas normativos”. En esta frase se está reconociendo que en los pueblos indígenas existen normas concebidas y aprobadas por ellos mismos, y que en su aplicación, o sea, en su derecho a la juris dictio (su derecho a decir el derecho), es válido también siempre y cuando se respeten los derechos humanos. La iniciativa y el dictamen mencionan en especial los de las mujeres, pero entiendo que por derechos humanos se incluyen los derechos de las mujeres y a todas las garantías sociales e individuales vigentes. La iniciativa establece que los juicios, procedimientos y decisiones de las autoridades judiciales indígenas serán convalidados por las autoridades jurisdiccionales del Estado. El dictamen sustituye “convalidados” por validados (idem). Considero que al reconocer a los pueblos indígenas como entes de derecho público, como parte del Estado (…), sus juicios, procedimientos y resoluciones están sujetos a respetar la legislación vigente y por tanto a someterlos, como los de cualquier autoridad, no a la convalidación, validación u homologación de otra autoridad, sino a su revisión por un órgano jurisdiccional del Estado…”.

Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/diciembre/331325-1790-71223-2023-17-1100.HTML

La frase del día 
"Es en el error donde muchas veces encontramos el acierto"

[22-03-2024] Indígena [4]

La frase del día 
"Es en el error donde muchas veces encontramos el acierto"

Sentencia No. 1790 de fecha 07-DIC-2023 emanada por la Sala Constitucional Tribunal Supremo de Justicia: MAGISTRADA  PONENTE: MICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET

Ahora bien, en el caso de Venezuela como en el de otros Estados latinoamericanos, que han reconocido su carácter multiétnico y pluricultural, el proceso de reconocimiento constitucional de los derechos de los pueblos indígenas no atentó contra la soberanía del Estado, sino que como explica Jorge Alberto González Galván,  más bien la complementó, enriqueciendo la estructura y el desarrollo del sistema constitucional, así como el catálogo de los derechos humanos reconocidos y garantizados, así lo exploramos en su obra “Derechos de Los Indígenas”, Editorial: IIJ. Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Autónoma de México UNAM, 2018, Páginas 39 y 40, en la que se lee: “… las demandas de los pueblos indígenas, puesto que se plantean al interior del Estado nacional, no pretenden provocar la desunión de toda la población, ni la separación del territorio del país, sino que se entienda, al incluir el respeto a las diferencias culturales, que la noción de unicidad e indivisibilidad del poder político republicano no puede seguir excluyendo los derechos colectivos de los pueblos indígenas…”.

Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/diciembre/331325-1790-71223-2023-17-1100.HTML

La frase del día 
"Es en el error donde muchas veces encontramos el acierto"

[22-03-2024] Instituciones

La frase del día 
"Es en el error donde muchas veces encontramos el acierto"

Sentencia No. 0073 de fecha 06-FEB-2024 emanada por la Sala Constitucional Tribunal Supremo de Justicia: MAGISTRADO PONENTE: LUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS

Los principios constitucionales recogen valores, los fines últimos que vinculan a los individuos y la sociedad, normas que regulan las acciones dirigidas a la consecución de los fines inmediatos sobre la base de su conformidad al sistema último y común de valores característicos de la comunidad, que comúnmente se reconocen como “instituciones”, las cuales resultan de vital importancia, ya que una sociedad es integrada si satisface el criterio de poseer un sistema de normas institucionales que son aplicadas específicamente con fundamento en la autoridad moral, ya que si no fuese así, en el otro extremo estaríamos en presencia de una sociedad anómica.

Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/febrero/332428-0073-6224-2024-23-0968.HTML

La frase del día 
"Es en el error donde muchas veces encontramos el acierto"