2 de abril de 2014

Art. 16

DE LAS POLÍTICAS PÚBLICAS DE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN

Definición y Contenido
Las políticas públicas de prevención y atención son el conjunto de orientaciones y directrices dictadas por los órganos competentes, a fin de guiar las acciones dirigidas a asegurar los derechos y garantías consagrados en la Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.

Fuente: Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia. Gaceta Oficial N° 39880 del 9 de marzo de 2012.

Art. 454

DERECHO PENAL

Espigamiento Abusivo
El que sin estar debidamente autorizado para ello, haya espigado, rateado o rebuscado frutos en fundos ajenos, cuando en ellos no se hubiere recogido enteramente la cosecha, será castigado con multa de 5 unidades tributarias a veinticinco unidades tributarias, a querella de parte. En caso de reincidencia, la pena será de arresto de 3 a 15 días.

Fuente: Código Penal. Gaceta Oficial Nro. 5768, Ext. del 13 de abril de 2005.