8 de febrero de 2019

08-02-2019 lealtad

DECRETO con rango, valor y fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana

TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

Capítulo II
Deberes de los Militares

Artículo 9. Lealtad. La lealtad y la buena fe deberán servir de guía en las relaciones oficiales del militar, porque el engaño y el abuso para el superior, el compañero, el amigo y el subalterno implican quebrantamiento de las leyes del honor militar.

Fuente de la información:
Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana. Gaceta Oficial No. 6.156 Ext. del 19 de noviembre de 2014.

La frase del día
Siempre hay una pequeña mentira en cada: “no sé”