DECRETO con rango, valor y fuerza de Ley Orgánica de la
Fuerza Armada Nacional Bolivariana
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Capítulo II
Deberes de los Militares
Artículo 9. Lealtad. La lealtad y la buena fe deberán
servir de guía en las relaciones oficiales del militar, porque el engaño y el
abuso para el superior, el compañero, el amigo y el subalterno implican
quebrantamiento de las leyes del honor militar.
Fuente de la
información:
Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.
Gaceta Oficial No. 6.156 Ext. del 19 de noviembre de 2014.
La frase del día
Siempre hay una pequeña mentira en cada: “no sé”