30 de mayo de 2023

Suspensión condicional [5] (mayo/2023)

La frase del día 
"Las vueltas de la vida dependen más de nosotros que de la vida"

Sentencia No. 0425 de fecha 15-MAY-2023 emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia: MAGISTRADA PONENTE: GLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO

Por ello, la suspensión condicional del proceso trata del derecho de toda persona sometida a proceso, a solicitar su suspensión, cuando se reúnan las condiciones legales para su admisibilidad, lo que a su vez, genera el deber estatal de reconocerlo ante cualquier solicitud correctamente fundada en la ley. (Vid. Sentencia de esta Sala n.° 232 de fecha 10/03/2005).
 
Así mismo, observa la Sala, que el “error en la interpretación de una norma”, vicio supuesto en que se concentran todas las delaciones del impugnante, es recurrible en apelación, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.5 del Código Orgánico Procesal Penal, vía recursiva suficiente, idónea y expeditas para resolver el fondo del asunto planteado en la presente solicitud de amparo constitucional, considerando que el imputado se abstuvo de declarar en la fase intermedia y en la fase de juicio, incluso en la oportunidad a que se refiere el artículo 333 eiusdem, y mucho menos admitió los hechos en los términos del artículo 375 ibídem.

Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/mayo/325045-0425-15523-2023-17-1111.HTML

La frase del día 
"Las vueltas de la vida dependen más de nosotros que de la vida"

Suspensión condicional [4] (mayo/2023)

La frase del día 
"Las vueltas de la vida dependen más de nosotros que de la vida"

Sentencia No. 0425 de fecha 15-MAY-2023 emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia: MAGISTRADA PONENTE: GLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO

Por ello, la suspensión condicional del proceso trata del derecho de toda persona sometida a proceso, a solicitar su suspensión, cuando se reúnan las condiciones legales para su admisibilidad, lo que a su vez, genera el deber estatal de reconocerlo ante cualquier solicitud correctamente fundada en la ley. (Vid. Sentencia de esta Sala n.° 232 de fecha 10/03/2005).
 
Ahora bien, en nuestro país, esta obligación del Estado de reconocer su aplicación pasa por garantizar que la víctima sea resarcida del daño (paradigma restaurativo), sin la cual – la reparación –, la solicitud resulta improcedente; así mismo, conforme al principio de debida diligencia, el Tribunal y los órganos auxiliares de justicia, asumen la obligación de supervisión en el cumplimiento de las obligaciones impuestas al imputado, por ello, basta que, injustificadamente deje de cumplir “…alguna de las condiciones que se le impusieron, o cuando de la investigación surgen nuevos elementos de convicción que relacionen al imputado  con otro u otros delitos;  y en su lugar procederá la reanudación del proceso  o ampliar el plazo de prueba por un año más...” (Vid. Sentencia n.° 291 del 03 de junio de 2002, Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia) (Artículos 46 y 47 del Código Orgánico Procesal Penal).

Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/mayo/325045-0425-15523-2023-17-1111.HTML

La frase del día 
"Las vueltas de la vida dependen más de nosotros que de la vida"

Suspensión condicional [3] (mayo/2023)

La frase del día 
"Las vueltas de la vida dependen más de nosotros que de la vida"

Sentencia No. 0425 de fecha 15-MAY-2023 emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia: MAGISTRADA PONENTE: GLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO

En tal sentido, la Suspensión Condicional del Proceso, tiene como fundamento el principio de subsidiariedad, que implica que una pena sólo puede ser legítimamente aplicada cuando no puede ser sustituida por una medida más eficaz. Esta suspensión capaz de detener definitivamente el desarrollo del proceso en sus etapas iniciales, descarta la persecución penal, obviando el juicio oral y evitando, para el caso Venezolano, que se materialice la ejecución de la sentencia condenatoria; lo que en síntesis, comporta una renuncia condicionada del Estado al ejercicio del ius puniendi, como una suerte de adelanto de la suspensión condicional de la pena, prescindiendo de un juicio oral que a la larga podría conducir a ella.

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/mayo/325045-0425-15523-2023-17-1111.HTML

La frase del día 
"Las vueltas de la vida dependen más de nosotros que de la vida"

Suspensión condicional [2] (mayo/2023)

La frase del día 
"Las vueltas de la vida dependen más de nosotros que de la vida"

Sentencia No. 0425 de fecha 15-MAY-2023 emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia: MAGISTRADA PONENTE: GLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO

La Doctrina aún no es unánime sobre el origen de esta institución procesal, sin embargo reconoce que su antecedente más cercano lo encontramos en el Código Procesal Penal Modelo para Iberoamérica, que tiene como fuentes, la figura establecida en el parágrafo 53a de la Ordenanza Procesal Penal alemana y la pretrial diversion estadounidense; no obstante lo anterior, en la historia de la literatura jurídica, encontramos algunos ejemplos más remotos de modalidades de inhibición penal, “…por ejemplo, en los Países Bajos se tienen registros de la compositie desde el siglo XVI y desde 1838 de la transactie; dichas instituciones coinciden en lograr la paralización de las actuaciones penales a cambio de que la persona sospechosa realice el pago de una suma de dinero…” (Spierenburg, Pieter, “The spectacle of suffering: Executions and the evolution of repression: From a preindustrial metropolis to the European experience” (En español: El Espectáculo del Sufrimiento: Los Fusilamientos y la Evolución de la Represión: De una Metrópolis Preindustrial a la Experiencia Europea), Cambridge, Cambridge University Press, 1984; Tak, Peter, “The Dutch Prosecutor. A Prosecuting and Sentencing Officer” (En español: El fiscal holandés. Un oficial de Procesamiento y Sentencia). En Erik Luna & Marianne Wade (eds.), “The Prosecutor in Transnational Perspective” (En español: El fiscal en Perspectiva Transnacional), Oxford, Oxford University Press. Disponible en: http://doi.org/10.1093/acprof:osobl/9780199844807.003.0011; citados por Rocío González Velázquez: “La suspensión condicional del proceso penal: reflejo de la difícil armonización entre eficiencia y efectividad en los sistemas penales”, Revista IUS, volumen 13, n.° 44, Puebla México, año 2019. https://doi.org/10.35487/rius.v13i44.2019.451).

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La frase del día 
"Las vueltas de la vida dependen más de nosotros que de la vida"

Suspensión condicional (mayo/2023)

La frase del día 
"Las vueltas de la vida dependen más de nosotros que de la vida"

Sentencia No. 0425 de fecha 15-MAY-2023 emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia: MAGISTRADA PONENTE: GLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO

De la norma transcrita se observa:
1)        Que aplica para los casos de delitos cuya pena no exceda de ocho (08) años en su límite máximo.
2)        Que debe solicitarse ante el Juez o Jueza de Control, o al Juez o Jueza de Juicio, si se trata del procedimiento abreviado, lo que implica que debe existir acusación. La suspensión del proceso podrá solicitarse, en cualquier momento, luego de admitida la acusación presentada por el Ministerio Público y hasta antes de acordarse la apertura del juicio oral y público, o, en caso de procedimiento abreviado, una vez presentada la acusación y antes de la apertura del debate.
3)        Que él o la solicitante admita los hechos.
4)        Que el imputado no se encuentre sujeto a esta medida por otro hecho, ni se hubiere acogido a esta alternativa dentro de los tres años anteriores.
5)        La solicitud deberá contener una oferta de reparación del daño causado por el delito y el compromiso del imputado o imputada de someterse a las condiciones que le fueren impuestas por el tribunal, conforme a lo dispuesto en el artículo 45 eiusdem.   
6)         Conforme con lo anterior, la suspensión condicional del proceso, constituye una de las formulas alternativas a la prosecución del proceso, entendida como un mecanismo que inhibe condicionalmente el proceso penal permitiendo distribuir respuestas potencialmente punitivas, al margen del proceso tradicional.

Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/mayo/325045-0425-15523-2023-17-1111.HTML

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Ley Extinción [30] (mayo/2023)

La frase del día 
"Las vueltas de la vida dependen más de nosotros que de la vida"

Ley Orgánica de Extinción de Dominio: Sentencia No. 0315 de fecha 28-ABR-2023 dictada por la Sala de Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia: MAGISTRADA PONENTE: GLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO

Desistimiento de la acción
Artículo 33. Una vez admitida la acción de extinción de dominio y antes de la sentencia, el Ministerio Público podrá solicitar al Tribunal Especializado el desistimiento, cuando sobrevengan elementos de convicción que desestimen los fundamentos de la acción. De encontrar fundada la petición, el Tribunal levantará las medidas adoptadas y ordenará el archivo definitivo de las actuaciones con efecto de cosa juzgada, oída previamente la opinión de la Procuraduría General de la República.

Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/abril/324581-0315-28423-2023-23-0453.HTML

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Ley Extinción [29] (mayo/2023)

La frase del día 
"Las vueltas de la vida dependen más de nosotros que de la vida"

Ley Orgánica de Extinción de Dominio: Sentencia No. 0315 de fecha 28-ABR-2023 dictada por la Sala de Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia: MAGISTRADA PONENTE: GLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO

Emplazamiento
Artículo 31. Serán emplazados los titulares aparentes sujetos al procedimiento que no hubieren sido notificados, así como los titulares aparentes que se desconozcan. El cartel de emplazamiento se publicará durante cinco (5) días en el Tribunal, en una página web oficial o a través de cualquier otro medio idóneo.
Transcurridos tres (3) días desde el vencimiento del término de emplazamiento, el Juez o Jueza designará un defensor ad litem, quien una vez notificado velará por el cumplimiento de las reglas del debido proceso y demás derechos de quienes no comparezcan.
 
Acceso a la solicitud de extinción
Artículo 32. Una vez conste la última notificación de la admisión de la acción o vencido el término de emplazamiento, el Tribunal pondrá a disposición de los titulares aparentes el escrito contentivo de la acción de extinción de dominio y sus anexos. En el mismo acto fijará la fecha y hora para la realización de la audiencia preparatoria, que deberá realizarse dentro de un plazo no menor de diez (10) días ni mayor de quince (15).

Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/abril/324581-0315-28423-2023-23-0453.HTML

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Ley Extinción [28] (mayo/2023)

La frase del día 
"Las vueltas de la vida dependen más de nosotros que de la vida"

Ley Orgánica de Extinción de Dominio: Sentencia No. 0315 de fecha 28-ABR-2023 dictada por la Sala de Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia: MAGISTRADA PONENTE: GLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO

Notificaciones

Artículo 30. La decisión que admite la acción de extinción de dominio se notificará a los titulares aparentes sujetos al procedimiento, en forma personal o a través de apoderado. Cuando no resulte posible efectuar esta notificación se dispondrá su emplazamiento.
El Tribunal favorecerá el uso de medios telemáticos para la materialización de las notificaciones, mediante medios electrónicos tales como direcciones de correo, servicios de mensajería, telefonía y demás medios telemáticos, debiendo el Juez o Jueza dejar constancia en autos de haberla practicado. A tales efectos, se tendrán en cuenta todas las disposiciones legales en el ordenamiento jurídico que garanticen la confiabilidad y validez de los medios electrónicos empleados para la notificación.
Realizada la notificación o emplazamiento se considerará que los titulares aparentes sujetos al procedimiento se encuentran a derecho, no siendo necesarias notificaciones adicionales en el curso del procedimiento.

Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/abril/324581-0315-28423-2023-23-0453.HTML

La frase del día 
"Las vueltas de la vida dependen más de nosotros que de la vida"