La frase del día
"Las vueltas de la vida dependen más de nosotros que de la vida"
Ley Orgánica de Extinción de Dominio: Sentencia No. 0315 de fecha 28-ABR-2023 dictada por la Sala de Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia: MAGISTRADA PONENTE: GLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
Notificaciones
Artículo 30. La decisión que admite la acción de extinción de dominio se notificará a los titulares aparentes sujetos al procedimiento, en forma personal o a través de apoderado. Cuando no resulte posible efectuar esta notificación se dispondrá su emplazamiento.
El Tribunal favorecerá el uso de medios telemáticos para la materialización de las notificaciones, mediante medios electrónicos tales como direcciones de correo, servicios de mensajería, telefonía y demás medios telemáticos, debiendo el Juez o Jueza dejar constancia en autos de haberla practicado. A tales efectos, se tendrán en cuenta todas las disposiciones legales en el ordenamiento jurídico que garanticen la confiabilidad y validez de los medios electrónicos empleados para la notificación.
Realizada la notificación o emplazamiento se considerará que los titulares aparentes sujetos al procedimiento se encuentran a derecho, no siendo necesarias notificaciones adicionales en el curso del procedimiento.
Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/abril/324581-0315-28423-2023-23-0453.HTML
La frase del día
"Las vueltas de la vida dependen más de nosotros que de la vida"
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