Es el modo del imputado de
resarcir el daño a la víctima y sustraerse de la investigación y consecuente
sanción penal.
TIPOS DE PRESCRIPCIÓN CONTEMPLADAS EN EL CÓDIGO PENAL
Prescripción Ordinaria:
Susceptible de ser interrumpida por ciertos actos, volviendo así a contarse. Art.
108 Código Penal.
Prescripción Judicial o
Extraordinaria: Es un lapso que no se interrumpe; es la ordinaria más la mitad.