“Solo existen dos días en el año en que
no se puede hacer nada. Uno se llama ayer y otro mañana. Por lo tanto, hoy es
el día…” Dalai Lama
TIEMPO DE PRESCRIPCIÓN
DE LOS DELITOS
Robo agravado: prescripción en quince años; 13 años y seis meses el término medio.
Art. 458 Código Penal.
Pena corporal: 10 a 17 años de prisión.
Robo agravado de vehículos automotores: prescripción en quince años; 26 años el término medio.
Art. 5 de la
Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos en concordancia con algún
numeral del artículo 6 ejusdem.
Pena corporal: 9 a 17 años de presidio.
Estafa simple: prescripción en tres años; (tres años el término medio)
Art. 462 Código Penal.
Pena corporal: 1 a 5 años de prisión.
Lesiones personales intencionales leves: prescripción en un año; 4 meses y quince días el
término medio.
Art. 416 Código Penal.
Pena corporal: 3 a 6 meses de arresto.
Lesiones personales intencionales menos graves:
prescripción en tres años; 7 meses y
quince días el término medio.
Art. 413 Código Penal.
Pena corporal: 3 a 12 meses de prisión.
Lesiones personales intencionales graves: prescripción en
tres años; 2 años y 6 meses el
término medio
Art. 415 Código Penal.
Pena corporal: 1 a 4 años de prisión.
Hurto agravado de vehículos automotores: prescripción en diez años; ocho años el término medio.
Art. 1 de la
Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos en concordancia con
algún numeral del artículo 2 ejusdem.
Pena corporal: 6 a 10 años de prisión.
Desvalijamiento de vehículos automotores: prescripción en
cinco años; seis años el término
medio.
Art. 3 de la
Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos.
Pena corporal: 4 a 8 años de prisión.
Cambio
ilícito de placas de vehículos automotores: prescripción en tres años; tres años el término medio.
Art. 8 de la
Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos.
Pena corporal: 2 a 4 años de prisión.
La frase del día:
“Solo existen dos días en el año en que
no se puede hacer nada. Uno se llama ayer y otro mañana. Por lo tanto, hoy es
el día…” Dalai Lama