10 de septiembre de 2024

Doble incriminación / 10-09-2024

Sentencia No. 335 de fecha 02-JUL-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Ponencia de la Magistrada Doctora CARMEN MARISELA CASTRO GILLY

Ahora bien, en cuanto al Principio de la doble incriminación, los delitos por los cuales se solicita la extradición del referido ciudadano, se encuentran previstos en nuestra legislación, en los términos siguientes:

En cuanto al delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, el mismo se encuentra previsto en la legislación venezolana, específicamente en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas (publicada en Gaceta Oficial número 39.546 de fecha 5-11-2010), en los términos siguientes:

 “…Tráfico

Artículo 149. El o la que ilícitamente trafique, comercie, expenda, suministre, distribuya, oculte, transporte por cualquier medio, almacene o realice actividades de corretaje con las sustancias o sus materias primas, precursores, solventes y productos químicos esenciales desviados a que se refiere esta Ley, aún en la modalidad de desecho, para la producción de estupefacientes o sustancias psicotrópicas, será penado o penada con prisión de quince a veinticinco años.

(...)

Enlace a la Sentencia:

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