9 de marzo de 2019

09-03-2019 Lola Aniyar

Delito de cuello blanco: elementos

Delito de “cuello blanco” es una categorización criminológica que, por lo general, no tiene su correspondiente penal, porque el concepto criminológico de delito es más amplio y más elástico que el concepto penal. Hoy tiende a predominar como criterio decisivo respecto al concepto criminológico de delito, el mal social infligido por cierto tipo de actividades que causan un daño intenso a la colectividad.

De Sutherland a nuestros días, el concepto de delito de cuello blanco también ha sido ampliado y reelaborado. Según Lola Aniyar de Castro (La realidad contra los mitos), destacan en la estructura del delito de cuello blanco, los siguientes elementos.

a) La pertenencia del autor a la clase alta y la consiguiente respetabilidad que de ello deriva.

b) La especial manera de comisión del hecho. Éste se perpetra en condiciones, que el autor, se aprovecha de oportunidad especial, creada o altamente favorecida por las funciones y organizaciones actuales, muy complejas, de los sistemas tecnológicos, económicos, socioculturales y políticos; especial condición que permite esconder el delito, lo que impide recoger pruebas para individualizar al autor (en ello consiste, precisamente, la esencia socialmente dañina de esa conducta).

c) Costo social elevado: económico, fiscal, moral, directo o de transferencia. El costo económico de uno solo de estos delitos puede ser mayor que el de todos los hurtos y robos que se cometen en un año en el país; y en cuanto a la salud ciudadana, las pérdidas pueden ser incalculables.

d) Abuso de poder. Aquí se incluyen los hechos de corrupción administrativa cometidos por funcionarios de la alta burocracia gubernamental (el simple soborno a empleados o funcionarios de categoría inferior es delito convencional); si algunos funcionarios, empresarios y profesionales de nivel socioeconómico intermedio, sin verdadero acceso al poder económico y/o político, son castigados por sus hechos (lo que suele ser ampliamente publicitado en los medios de comunicación social), se trata, en estos casos, de falsos delincuentes de “cuello blanco” (sujetos escogidos como víctimas propiciatorias para procurar la impunidad de algún delincuente de “cuello blanco” auténtico).

Bibliografía: Lecciones de Criminología. 4ta. Edición. CARMELO FLORES CAZORLA. Editores Hermanos Vadell. Caracas-Venezuela-Valencia 2014. pp. 76, 77.

La frase del día
Tienes que reconocer el problema para poder atacarlo