Sentencia No. 167 de fecha 25-MAY-2022 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrado Ponente Dr. MAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
Ahora bien, en el caso que nos ocupa, se verifica que en la audiencia de presentación que se realizó el 14 de marzo de 2022, ante el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Lara, la calificación jurídica provisional dada a los hechos por los cuales se investiga al ciudadano FIDIAS EDUARDO VALLES NAVARRO, es el delito de TRATO CRUEL, tipificado en el artículo 254 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, el cual establece:
“...Quien someta a un niño, niña o adolescente bajo su autoridad, Responsabilidad de Crianza o vigilancia a trato cruel o maltrato, mediante vejación física o síquica, será penado o penada con prisión de uno a tres años, siempre que no constituya un hecho punible será sancionado o sancionada con una pena mayor. El trato cruel o maltrato puede ser físico o psicológico. En la misma pena incurrirá el padre, madre, representante o responsable que actúe con negligencia u omisión en el ejercicio de su Responsabilidad de Crianza y ocasionen al niño, niña o adolescente perjuicios físicos o psicológicos..”.
Denotándose que la comisión de este delito implica, necesariamente, un exceso de los límites disciplinarios por parte de la persona que ejerce la crianza o vigilancia sobre cualquier niño, niña o adolescente. Es decir, que no involucra la violencia por una condición de género, sino que se consuma por un vejamen realizado por la persona responsable en el cuidado del niño, niña o adolescente, al momento de la perpetración del delito.
Es por ello, que a los fines de determinar la competencia en el presente caso y en causas similares, debe analizarse el contexto en el cual sucedieron los hechos, sin limitarse a la simple verificación del género de la víctima.
Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/mayo/316813-167-25522-2022-CC22-121.HTML
La frase del día
"La religión es el arte de manipular a la humanidad"