30 de junio de 2026

30/6/2026 - ¿causan epidemias?

Ante eventos climáticos o desastres naturales, suele aflorar temores e informaciones sobre los riesgos de infección asociados a los cuerpos de los fallecidos. Sin embargo, la evidencia científica demuestra que los cadáveres generalmente no causan epidemias.

Mito desmentido.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Cruz Roja recuerdan que las víctimas de desastres naturales rara vez mueren por enfermedades infecciosas, por lo que el riesgo para la población es mínimo.

El verdadero riesgo.

El peligro principal radica en el colapso de las redes de alcantarillado y la posible contaminación del agua potable con material fecal, lo que puede generar brotes de diarrea si no se desinfecta adecuadamente.

Dignidad e identificación.

Las sepulturas masivas y apresuradas no tienen justificación médica; por el contrario, dificultan la identificación de los fallecidos y aumentan la angustia mental de los familiares sobrevivientes.

Prevención básica.

Para quienes apoyan en las labores de recuperación, el uso de equipo de protección básico (guantes, botas, delantal) y el lavado estricto de manos con agua y jabón, son las herramientas más efectivas de prevención.

Con información de la Sociedad Venezolana de Infectología (@svinfectologia)

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"Engañados viven los que piensan que engañan a otros"

30/6/2026 - jerga penitenciaria

Jerga carcelaria: 8 palabras y su significado real.

El lenguaje que se usa dentro de los centros penitenciarios tiene su propio código, y entender algunas de estas palabras te ayuda a comprender mejor el contexto cuando hablamos de temas penitenciarios:

1.- Bote / Tambo — Forma coloquial de referirse al centro penitenciario.

2.- Carnal — Compañero cercano de confianza dentro del centro.

3.- Reo primerizo — Persona que ingresa por primera vez, sin historial previo de reclusión.

4.- Locutorio — Espacio donde se realizan las visitas familiares o con abogados.

5.- Régimen — El conjunto de normas y rutina diaria que organiza la vida dentro del centro.

6.- Reinserción — El proceso (y objetivo formal) de preparar a una persona para regresar a la vida en sociedad.

7.- Beneficio preliberacional — Permisos o reducciones de condena obtenidos por buena conducta o cumplimiento de requisitos.

8.- Custodia — El personal encargado de la vigilancia y seguridad dentro del centro.

Conocer estos términos no es solo curiosidad: te ayuda a entender mejor las noticias, documentales y conversaciones sobre el sistema penitenciario.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"Engañados viven los que piensan que engañan a otros"

29 de junio de 2026

29/6/2026 - proporcionalidad

Sentencia No. 0811 de fecha 10-JUN-2026 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

MAGISTRADA PONENTE: ANABEL DEL CARMEN HERNÁNDEZ ROBLES

Ahora bien, a los efectos de determinar si la decisión objeto del presente amparo se ajustó a derecho, resulta imprescindible analizar el dispositivo del artículo 230 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual es del siguiente tenor:

“Artículo 230. No se podrá ordenar una medida de coerción personal cuando ésta aparezca desproporcionada en relación con la gravedad del delito, las circunstancias de su comisión y la sanción probable.
 En ningún caso podrá sobrepasar la pena mínima prevista para cada delito, ni exceder del plazo de dos años.
Excepcionalmente y cuando existan causas graves que así lo justifiquen para el mantenimiento de las medidas de coerción personal, que se encuentren próximas a su vencimiento, el juez o jueza podrá prorrogar este lapso hasta por un año, siempre que no exceda la pena mínima prevista para el delito imputado, y cuando fueren varios los delitos imputados, se tomará en cuenta la pena mínima prevista para el delito más grave.
Igual prórroga se podrá solicitar cuando dicho vencimiento se deba a dilaciones indebidas atribuibles al imputado o imputada, acusado o acusada, o sus defensores o defensoras.
Estas circunstancias deberán ser motivadas por el o la Fiscal o el o la querellante.
Si el caso se encuentra en la Corte de Apelaciones, se recibirá la solicitud y se remitirá de inmediato con los recaudos necesarios al Juzgado de Primera Instancia que conoce o conoció de la causa, quien decidirá sobre su solicitud”.

En el primer párrafo del precepto legal transcrito, el Legislador consagró el principio de proporcionalidad, el cual no constituye, en rigor de términos, una directriz o mandato de optimización sino una verdadera obligación dirigida a los jueces penales al momento de ponderar la aplicación o la sustitución de una medida restrictiva de la libertad, mantengan la debida correspondencia con la gravedad del delito, es decir, la sanción probable, y las circunstancias de su comisión. Para que su aplicación tenga sentido y sea consistente dentro del contexto hermenéutico planteado, debe efectuarse al momento de imponer o de sustituir la medida de coerción personal por una menos gravosa, es decir, antes de que transcurra el plazo máximo de dos (2) años y, de ser el caso, su prórroga o extensión. A renglón seguido, se establece un límite temporal a tales medidas con una estructura diferente. Se trata de una verdadera regla que, a diferencia de la forma de enunciación de los principios, correlaciona un antecedente o supuesto de hecho concreto [encarcelamiento preventivo por un tiempo definido sin sentencia condenatoria] con un consecuente o solución jurídica determinada y precisa [el decaimiento de la medida], por lo que ella se aplica o no se aplica de forma todo o nada, sin admitir grados de cumplimiento.  

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"El hombre le quita poder a los problemas cuando anticipa su llegada" | Séneca

29/6/2026 - Dennis Nilsen

La compañía de la muerte: el macabro ritual de Dennis Nilsen

En la historia criminal británica, pocos nombres generan tanta repulsión e interés psiquiátrico como el de Dennis Nilsen. Entre 1978 y 1983, este asesino en serie le arrebató la vida, por lo menos, a 15 hombres jóvenes en Londres. Lo que lo hizo tristemente célebre no fue cómo los mataba, sino lo que hacía con ellos después. Nilsen es el rostro del aislamiento patológico llevado a su extremo más brutal.

Anatomía de una mente fracturada.

Ritual post-mortem (necrofilia de retención): a diferencia de otros depredadores, Nilsen no huía de la escena ni enterraba a sus víctimas de inmediato. Él buscaba compañía que no pudiera rechazarlo ni abandonarlo. Bañaba a los cuerpos, los vestía, los sentaba en el sillón y pasaba horas viendo la televisión o escuchando música junto a ellos.

Logística del ocultamiento.

Durante años, Nilsen enterró los restos bajo las tablas del suelo o en el jardín de su primera casa. Sin embargo, su instinto criminal fue derrotado por su propia necesidad de mudarse.

El error forense (la caída): al trasladarse a un departamento en Cranley Gardens, lugar donde no había jardín ni espacio para ocultar los cuerpos, Nilsen tomó una decisión desesperada: comenzó a fragmentar los restos y tirarlos por el inodoro. Fue su propia negligencia la que lo delató. Cuando los vecinos se quejaron que las tuberías estaban bloqueadas, un fontanero acudió a revisar y descubrió una "sustancia carnosa" en el drenaje que resultó ser tejido humano.

Las series de televisión nos venden la idea de asesinos maestros que no dejan rastros. La realidad forense es muy distinta: deshacerse de un cuerpo humano adulto es logísticamente casi imposible en un entorno urbano. La biología, la física y, en este caso, la plomería, siempre terminan hablando por las víctimas.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"El hombre le quita poder a los problemas cuando anticipa su llegada" | Séneca

29/6/2026 - Susan Smith

Lágrimas de cristal: el engaño de Susan Smith 

En 1994, el caso de Susan Smith paralizó a Estados Unidos. Lo que comenzó como la desgarradora búsqueda de dos niños presuntamente secuestrados, terminó convirtiéndose en uno de los casos de filicidio y manipulación mediática más estudiados en la historia de la criminología.

Anatomía del engaño.

La falsa denuncia y el sesgo racial: Smith, de 23 años, afirmó que un hombre afroamericano armado le había robado su auto con sus dos pequeños hijos, de 3 años y 14 meses, atados en los asientos traseros. Utilizó deliberadamente estereotipos raciales arraigados para desviar la atención y sembrar el pánico en Carolina del Sur.

Teatro mediático.

Durante nueve días, apareció en televisión nacional suplicando entre "lágrimas" por la vida de sus hijos. Sin embargo, su actuación fue su propia trampa.

La verdad.

Acorralada por las inconsistencias y el perfilamiento conductual, confesó que ella misma empujó su auto al lago con los niños dentro, impulsada por el deseo de continuar una relación con un hombre que no quería formar una familia.

Susan Smith fue condenada a cadena perpetua y, recientemente, a finales de 2024, se le negó la libertad condicional.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"El hombre le quita poder a los problemas cuando anticipa su llegada" | Séneca

29/6/2026 - solicitar la prórroga

Sentencia No. 0811 de fecha 10-JUN-2026 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

MAGISTRADA PONENTE: ANABEL DEL CARMEN HERNÁNDEZ ROBLES

En concordancia con el criterio jurisprudencial previamente citado, y en atención a lo dispuesto en el artículo 230 del Código Orgánico Procesal Penal, se establece que, antes del vencimiento del lapso máximo de dos (2) años de la medida de coerción personal privativa de libertad, la representación fiscal del Ministerio Público tiene la carga procesal de solicitar la prórroga de dicha medida. A su vez, el Tribunal de la causa debe resolver tal requerimiento a través de una decisión debidamente motivada, ya que, de no cumplirse con esta formalidad temporal y sustancial, la medida de coerción personal acordada al imputado o acusado decae.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"El hombre le quita poder a los problemas cuando anticipa su llegada" | Séneca

28 de junio de 2026

28/6/2026 - cifra dorada

Cifra dorada, negra, oficial y real de la criminalidad

La criminología realiza estudios sobre la delincuencia y las conductas antisociales, basándose en cifras y estadísticas propias de cada ciudad, estado o país. Entre ellas figuran 4 principales, conocidas como cifra dorada, negra, oficial y real de la criminalidad, las cuales se definen a continuación.

— Cifra dorada de la criminalidad: conjunto de conductas antisociales y delitos cometidos por quienes cuentan con un estatus privilegiado en el ámbito socioeconómico y político, de manera que evaden la justicia. Pueden ser políticos, empresarios o artistas, entre otros.

— Cifra negra de la criminalidad: consiste en el grupo de delitos sobre los cuales las autoridades no tienen conocimiento, o en su defecto, tienen conocimiento pero no se plasman en las cifras y estadísticas oficiales. También se le denomina criminalidad oculta.

— Cifra oficial de la criminalidad: representa el número de acontecimientos delictivos o conductas antisociales (incluyendo denuncias, arrestos, procesos y sentencias) que aparecen en las estadísticas de instituciones judiciales o policiales.

— Cifra real de la criminalidad: es la cifra resultante una vez que se suma la cifra oficial y la cifra negra.

Fuente digital de la información: 

La frase del día 
"La vida está escrita con letra de médico"

28/6/2026 - Laci Peterson

La ciencia contra la coartada: el caso Laci Peterson y la marea que reveló la verdad

En la nochebuena de 2002, la desaparición de Laci Peterson, quien estaba embarazada de 8 meses, conmocionó a Estados Unidos. 

Sin testigos directos y sin una causa de muerte clara debido al estado en el que fueron hallados los cuerpos, meses después, la fiscalía tuvo que recurrir a disciplinas científicas muy específicas para lograr una condena.

Las claves forenses del caso.

Oceanografía forense: los expertos analizaron las corrientes y mareas de la bahía de San Francisco. Demostraron que el lugar donde aparecieron los cuerpos en abril de 2003 era perfectamente congruente con el punto exacto donde su esposo, Scott Peterson, afirmó haber ido a pesar el día de la desaparición, argumentando que una fuerte marejada invernal arrastró los restos hacia la costa.

Desarrollo fetal post-mortem.

La defensa intentó sugerir que Laci fue secuestrada y dio a luz antes de perder la vida. Sin embargo, los peritos médicos determinaron científicamente que el bebé (Conner) no llegó a término y falleció al mismo tiempo que su madre, derrumbando por completo esa teoría.

Evidencia circunstancial.

A falta de un arma homicida o testigos, el caso se construyó analizando la conducta: el comportamiento evasivo de Scott, sus múltiples mentiras, su intento de fuga hacia la frontera con México (con cabello teñido y dinero en efectivo), y un solo cabello de Laci encontrado en unas pinzas dentro de su bote.

El estatus legal actual.

Scott Peterson fue condenado en 2004 por asesinato en primer y segundo grado. Aunque su pena de muerte fue anulada en 2020 (reducida a cadena perpetua), el caso dio un giro: el Proyecto Inocencia de Los Ángeles busca reabrir el expediente, alegando que existen nuevas pruebas que podrían apuntar a su exoneración.

Este caso es el ejemplo histórico de una condena basada, casi en su totalidad, en evidencia circunstancial y ciencia indirecta.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"La vida está escrita con letra de médico"

28/6/2026 - David Parker Ray

David Parker Ray y la industrialización del sadismo 

El expediente de David Parker Ray, conocido como el "Asesino de la Caja de Juguetes", no se trata de homicidios impulsivos o desorganizados; es el estudio clínico de la tortura convertida en un proceso industrial, metódico y absolutamente desprovisto de humanidad.

El nivel de premeditación y el diseño logístico de su remolque insonorizado revelan a un depredador que no solo buscaba matar, sino consumir por completo la esencia psicológica de sus víctimas antes de hacerles daño físico. 

El uso de grabaciones pregrabadas al despertar a sus víctimas es, desde la victimología, la cúspide de la tortura psicológica. Al escuchar una voz incorpórea detallando el infierno que vivirán durante los siguientes 30 días, Ray lograba dos objetivos clínicos: primero, la despersonalización total de la víctima, reduciéndola a un objeto sin esperanza ni identidad; y segundo, el "terror anticipatorio", que quiebra la psique mucho antes que comience el dolor físico.

El remolque de Parker Ray no era un simple sótano, era una instalación de ingeniería diseñada específicamente para la privación sensorial y el sadismo. Equipado con poleas, herramientas quirúrgicas, espejos y aislamiento acústico, el espacio reflejaba la hiperestructura de su mente. Cada elemento estaba colocado para garantizar el control absoluto y anular cualquier posibilidad de escape o resistencia.

Quizá uno de los elementos más aterradores del caso es que Ray no operaba solo. Su capacidad para manipular, someter y convencer a otros (como su cómplice y pareja, Cindy Hendy) para que participaran activamente en las torturas, demuestra un narcisismo y carisma psicopático altísimo. David Parker Ray jamás confesó el número real de sus víctimas antes de morir, y el lago Elephant Butte en Nuevo México aún guarda muchos de sus secretos. 

Este caso es el recordatorio definitivo para los perfiladores de que el mal puro no siempre es impulsivo; a veces, es horriblemente paciente y calculador.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"La vida está escrita con letra de médico"

28/6/2026 - orfandad probatoria

Sentencia No. 0779 de fecha 10-JUN-2026 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

MAGISTRADA PONENTE: MICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET

Someter a los ciudadanos a la continuación de un juicio público cuando el propio expediente demuestra una orfandad probatoria absoluta e insubsanable, constituye un despropósito procesal y un gravamen que lesiona de forma irreparable la dignidad humana y el derecho a ser juzgado sin dilaciones indebidas. Ante este escenario, la respuesta de esta Sala no puede limitarse a otorgar medidas cautelares sustitutivas de libertad; la ausencia de bases probatorias para el enjuiciamiento exige la terminación inmediata y definitiva del proceso mediante el decreto de sobreseimiento, el cual goza de los efectos de la cosa juzgada material conforme al artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"La vida está escrita con letra de médico"

27 de junio de 2026

27/6/2026 - cinco mitos

El true crime ha enseñado un montón de cosas. El problema es que varias son falsas.

Aquí van 5 mitos que estamos cansados de escuchar.

1.- Mito. Los psicópatas siempre son violentos.
1.- Realidad. La mayoría de las personas con rasgos psicopáticos nunca cometen un delito. Muchas funcionan perfectamente en entornos corporativos.

2.- Mito. El FBI puede armar un perfil exacto del asesino con solo ver la escena del crimen.
2.- Realidad. El perfilamiento criminal es una herramienta orientativa, no una ciencia exacta. Ha fallado tanto como ha acertado.

3.- Mito. Todo asesino serial tuvo una infancia traumática.
3.- Realidad. Es un factor de riesgo, no una garantía. Hay agresores sin historial de trauma evidente, así como muchísimas personas con infancias traumáticas que jamás delinquen.

4.- Mito. Se puede saber si alguien miente solo viendo el lenguaje corporal.
4.- Realidad. Ninguna señal aislada es prueba de nada.

5.- Mito. La cadena perpetua siempre significa que la persona muere en prisión.
5.- Realidad. Varía muchísimo según el país y el tipo de condena. No es una regla universal.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"Recuerda, si hay tormenta habrá arcoíris" | Proverbio africano

27/6/2026 - revisión constitucional

Sentencia No. 0765 de fecha 10-JUN-2026 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

MAGISTRADA PONENTE: MICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET

Así las cosas, debe enfatizarse lo establecido por esta Sala en la sentencia n.° 93 del 6 febrero de 2001, (...), en la cual se consideró que la facultad revisora otorgada a esta Máxima Instancia Judicial tiene como objeto primordial garantizar la uniformidad en la interpretación de normas y principios constitucionales, por lo que la revisión constitucional tiene un carácter extraordinario y excepcional, para lo cual necesariamente se debe estar en presencia de una sentencia definitivamente firme. (Ver sentencias nros. 1.760/2001; 1.862/2001; 3.011/2005, y 3.549/2005).

Desde esta perspectiva, la doctrina de esta Sala ha señalado que la solicitud de revisión constitucional puede ejercerse respecto a los siguientes actos: a) sentencias definitivamente firmes de amparo constitucional; b) sentencias definitivamente firmes en las que se haya ejercido el control difuso de la constitución; c) decisiones de las demás Salas del Tribunal Supremo de Justicia; d) decisiones que se aparten de la doctrina vinculante de esta Sala Constitucional y e) sentencias interlocutorias que pongan fin a los procesos. (Ver sentencias Nros. 93/2001 y 1.738/2006 (...)

En este sentido, esta Sala, mediante sentencia n.° 1.963 de fecha 21 noviembre de 2006, (...), ratificada mediante fallo n.° 1.243/2012, señaló en cuanto a las sentencias susceptibles de ser revisadas por esta Sala, lo siguiente:

“(…) 1.- Que se trate de una sentencia definitivamente firme, por haber sido agotados los recursos establecidos en el ordenamiento jurídico o haber transcurrido los lapsos dispuestos en la normativa aplicable a tal efecto (…)”. (Subrayado de esta Sala).

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"Recuerda, si hay tormenta habrá arcoíris" | Proverbio africano

27/6/2026 - 60 días, 6 meses

Sentencia No. 0765 de fecha 10-JUN-2026 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

MAGISTRADA PONENTE: MICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET

Por último, esta Sala Constitucional advierte que, el mencionado Juzgado (...), subvierte flagrantemente el orden público constitucional por la indebida confusión de trámites procesales evidenciado en la presente causa, generando una evidente inseguridad jurídica al pretender aplicar simultáneamente las reglas del procedimiento ordinario y las del procedimiento especial para el juzgamiento de los delitos menos graves (Art. 362 del COPP), desconociendo que ambos procesos revisten lapsos de investigación sustancialmente distintos -sesenta (60) días para el especial y seis (6) meses para el ordinario-.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"Recuerda, si hay tormenta habrá arcoíris" | Proverbio africano

27/6/2026 - perfilamiento

El perfilamiento criminal no adivina el futuro; se usa para analizar el lugar de intervención y determinar las características psicológicas, de comportamiento, así como el estilo de vida de un agresor serial o no, desconocido.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"Recuerda, si hay tormenta habrá arcoíris" | Proverbio africano

26 de junio de 2026

26/6/2026 - Dahmer

Jeffrey Dahmer: cuando la víctima se vuelve un objeto 

Perfil criminal, psicopatía.

Entre 1978 y 1991, Jeffrey Dahmer asesinó a 17 hombres en Milwaukee. Más allá de los crímenes conocidos, lo que aterra a los criminólogos es su nivel de desensibilización.

Dahmer acumuló tantos restos en su pequeño departamento, que el espacio vital se le acabó.

Dato escalofriante.

Su desconexión con la realidad era tal, que durante un tiempo mantuvo un cuerpo en su tina de baño. Cada mañana, para asearse, tenía que entrar a la ducha y pisar el cuerpo como si fuera una alfombra.

Para él, la vida humana había perdido todo valor; las víctimas eran simples estorbos en su rutina diaria.

Prevención y análisis. ¿Cómo operaba sin ser detectado tanto tiempo?

Depredador de la vulnerabilidad.

Atacaba a minorías y jóvenes en situaciones precarias, sabiendo que la policía de esa época, por racismo o negligencia, no investigaría a fondo.

La "ceguera" vecinal. 

Los vecinos reportaron olores fétidos y ruidos extraños muchas veces, pero las autoridades lo ignoraron. Si ves o hueles algo inusual en tu edificio, insiste: tu reporte puede destapar un horror.

Lugares privados.

Nunca aceptes ir a la casa de un desconocido que acabas de conocer en un bar, por más "amable" o "tranquilo" que parezca.

La historia de Dahmer nos enseña que la negligencia policial también mata. Nunca ignoremos las señales de alerta en nuestra comunidad.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"Las manos que ayudan son más santas que los labios que rezan" | Sai Baba

26/6/2026 - Bleep

Esta fue la última víctima del asesino serial Dennis Nilsen: Bleep

Bleep era una cruza de Border Collie y también la mejor amiga del asesino en serie más famoso de Gran Bretaña: Dennis Nilsen.

Dennis no mató a Bleep, él amaba a su perra y como cualquier dueño de una mascota, la alimentó, la acarició y hubiera hecho lo que fuera por defenderla. Sin embargo, sólo tres días después que Dennis Nilsen fue encarcelado por el asesinato de seis hombres, y el intento de otros dos, Bleep fue ejecutada por inyección letal.

¿Su único crimen? Ser una perrita fiel, leal y amorosa de un asesino serial y nacer en una sociedad que la castigó sin haber hecho nada.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"Las manos que ayudan son más santas que los labios que rezan" | Sai Baba

26/6/2026 - alteración transitoria

Sentencia No. 0779 de fecha 10-JUN-2026 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

MAGISTRADA PONENTE: MICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET

Es menester recordar que la institución del avocamiento reviste un carácter extraordinario y excepcional, en virtud de que su ejercicio implica una alteración transitoria de las garantías del juez natural y del doble grado de jurisdicción. Por tanto, esta potestad debe ejercerse con la suma prudencia que ordena el artículo 107 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, reservándose para aquellos supuestos donde se adviertan graves desórdenes procesales o violaciones escandalosas al ordenamiento jurídico que afecten la imagen del Poder Judicial, la reinante paz pública o la institucionalidad democrática.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"Las manos que ayudan son más santas que los labios que rezan" | Sai Baba

25 de junio de 2026

25/6/2026 - revólver

Revólver: Es el arma de puño que posee una serie de recámaras en un cilindro o tambor giratorio montado coaxialmente con el cañón. Un mecanismo hace girar el tambor, de modo tal que las recámaras son sucesivamente alineadas con el ánima del cañón.

Según el sistema de accionamiento del disparador, el revólver puede ser de acción simple o de acción doble (DAO / Double Action Only).

Componentes Principales del Revólver

— Guión: Mira delantera.
— Cañón: Tubo por donde se desplaza el proyectil.
— Vástago de la estrella: Eje central que acciona el mecanismo de rotación.
— Tambor: Cilindro giratorio que contiene las recámaras.
— Arco de guardamonte: Protección del disparador.
— Cola de disparador: Pieza que se presiona para disparar.
— Alza regulable: Mira trasera ajustable.
— Martillo: Pieza que golpea al percutor.
— Cresta del martillo: Parte superior del martillo para amartillar manualmente.
— Tetón de apertura del tambor: Botón para liberar el tambor.
— Monograma de marca: Identificación del fabricante.
— Armadura: Estructura o marco principal del arma.
— Empuñadura (parte metálica): Base del armazón.
— Cachas (de madera): Tapas laterales de la empuñadura.
— Acanaladura: Muescas donde encastra el freno del tambor.
— Alvéolos: Recámaras del tambor.
— Estrella: Mecanismo extractor de vainas.
— Brazo del tambor: Soporte móvil del cilindro.
— Eje del brazo del tambor: Pivote sobre el que gira el brazo.

Mecanismos Internos y de Disparo

— Sistema de cierre y apertura del tambor: Mecanismo de bloqueo.
— Encastres del freno del tambor: Puntos de bloqueo en el cilindro.
— Leva de la estrella: Pieza que acciona la rotación.
— Freno del tambor: Pieza que detiene el giro en la posición correcta.
— Fiador de la acción doble del martillo: Dispositivo de retención.
— Bieleta del martillo: Transmite el movimiento al martillo.
— Muelle del martillo: Resorte que da fuerza al disparo.
— Contenedor del resorte de la cola de disparador: Aloja el muelle del disparador.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"La verdad no necesita mayoría. Puede estar sola frente al mundo entero y seguir siendo verdad" | Giordano Bruno

25/6/2026 - cartucho

La palabra "cartucho" proviene del vocablo italiano "cartuccia", que a su vez, se deriva del latín "carta", cuyo significado es "papel". El hecho tiene su origen a finales del siglo XVI cuando los cartuchos iniciales fueron elaborados en papel, los que sólo contenían la carga de pólvora, llevando los proyectiles por separado. El cartucho fue perfeccionándose hasta convertirse en nuestros días en una sola pieza que contiene los cuatro elementos fundamentales (punta o bala, vaina, pólvora o carga de proyección, pistón o fulminante).

"Toda historia balística comienza con un cartucho".

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"La verdad no necesita mayoría. Puede estar sola frente al mundo entero y seguir siendo verdad" | Giordano Bruno

25/6/2026 - Richard Chase

La delgada línea entre la seguridad y el peligro: el caso de Richard Chase

¿Alguna vez has sentido que un pequeño hábito de seguridad marcó la diferencia? En las entrevistas del pionero del FBI, Robert Ressler, surgió una de las confesiones más inquietantes de la criminología moderna. 

Al cuestionar a Richard Chase sobre cómo elegía las casas donde entraría, su respuesta dejó helados a los investigadores: "simplemente iba de casa en casa, probando si la puerta estaba cerrada. Si estaba cerrada, no entraba. Pero si estaba abierta, pasaba. Si una puerta está cerrada, significa que no eres bienvenido". 

Para la mente de Chase, una puerta sin llave no era un descuido, sino una "invitación" o un permiso tácito para entrar. No necesitaba forzar una entrada; su lógica interna respetaba esa barrera física, pero ignoraba por completo la vida humana una vez dentro. 

Reflexión criminológica: este caso nos enseña cómo la prevención del delito, incluso en sus formas más simples (como echar llave a la puerta), puede desarticular la narrativa de ciertos perfiles criminales.

La diferencia entre la seguridad y la tragedia fue, literalmente, un cerrojo. 

¡Nunca subestimes tus hábitos de seguridad! 

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"La verdad no necesita mayoría. Puede estar sola frente al mundo entero y seguir siendo verdad" | Giordano Bruno

24 de junio de 2026

24/6/2026 - residuo de disparo

Si obtenemos un resultado positivo para residuo de disparo, y concuerda con los elementos balísticos empleados, ¿estaremos hablando del autor del disparo?

El hecho de hallar un resultado positivo de residuos de disparo en un porta muestras no puede asegurar que sea el autor material del disparo, sino que ha estado expuesto o ha tenido contacto con una fuente de tales residuos.

Esta ha podido ser directa como tirador o al encontrarse en el área de influencia de la nube de residuos expulsada por el arma; o indirecta transferencia por contacto con objetos o personas que los tuvieran.

Y si el resultado es negativo, ¿podemos excluir que un sospechoso haya disparado un arma?

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"El oro que cae en el barro no pierde su valor"

24/6/2026 - caso Kemper

Prisión de Vacaville, 1977

Estudiar a los criminales más peligrosos de la historia exige un rigor absoluto, porque un solo error de cálculo puede convertir al cazador en la presa. Robert K. Ressler, pionero de la perfilación criminal del FBI, lo aprendió de la manera más dura frente a Ed Kemper. 

Ed Kemper no era un criminal común. Con un coeficiente intelectual de 145 y una estatura de más de dos metros, combinaba una fuerza física descomunal con una mente brillante y fría. Tras cometer crímenes atroces, se entregó a la policía y se volvió el entrevistado favorito del FBI por su facilidad para detallar sus actos sin empatía. Pero esa aparente "cordialidad" era una máscara.

Satisfecho por el lazo de confianza que creía haber construido, Ressler decidió entrevistarlo a solas en una celda aislada. Tras horas de hablar de horror, Ressler oprimió el botón de auxilio para terminar la sesión, pero nadie llegó. 

Kemper, un experto en leer la mente humana, notó el miedo del agente y con una sonrisa fría le dijo: "Podría arrancarte la cabeza y colocarla sobre la mesa para saludar al guardia". Ressler sobrevivió manteniendo la calma, pero esa media hora de aislamiento cambió la historia de la criminología. El FBI prohibió las entrevistas en solitario e implementó el protocolo de duplas.

El caso Kemper nos dejó la lección definitiva de la criminología clínica: en la evaluación de la psicopatología, el encanto superficial es el arma más peligrosa del manipulador. Nunca te confíes. 

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"El oro que cae en el barro no pierde su valor"

24/6/2026 - términos criminológicos

Victimología: rama que estudia a la víctima del delito, su relación con el agresor y su rol dentro del hecho criminal.

Modus operandi: el patrón de comportamiento que un agresor repite al cometer sus delitos.

Reincidencia: sucede cuando una persona vuelve a delinquir después de haber sido condenada por un delito previo.

Teoría de las actividades rutinarias: explica el delito como resultado de tres elementos, por consiguiente, coincide un agresor motivado, un objetivo disponible y la ausencia de vigilancia.

Criminogénesis: conjunto de factores sociales, psicológicos, ambientales, etc., que favorecen que una persona llegue a delinquir.

Cadena de custodia: es el registro documentado de cada persona que tuvo contacto con una evidencia, desde que se recolecta hasta el juicio.

Perfil criminológico: conjunto de características psicológicas y conductuales inferidas a partir del análisis de un delito.

Prevención situacional: son estrategias que buscan reducir oportunidades del delito mediante la modificación del entorno físico, no de la persona.

Estigmatización: etiqueta social negativa que puede dificultar la reinserción de una persona que cumplió su condena.

Cifra negra: son los delitos que ocurren pero nunca se denuncian ni se registran oficialmente.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"El oro que cae en el barro no pierde su valor"

24/6/2026 - nolo contendere

Nolo contendere significa "sin competencia". Esta frase se traduce del latín como "no deseo competir".

En un proceso penal, un acusado puede presentar una declaración de nolo contendere, en la que el acusado no acepta ni niega la responsabilidad por los cargos, pero renuncia al derecho a un juicio y acepta la pena.

Esta declaración difiere de una declaración de culpabilidad porque una declaración de "no impugnación" no puede utilizarse contra el acusado en otra causa de acción. 

Fuente digital de la información:

En el ordenamiento jurídico de los Estados Unidos de América, el término en latín nolo contendere —también usado en inglés como no contest, que puede traducirse como "no quiero contender", "no voy a contestar" o "no refuto los cargos"— hace referencia a una situación en la que, en un proceso judicial, la parte demandada no presenta un argumento o explicación que se pueda usar para probar que no es culpable o responsable de algo.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"El oro que cae en el barro no pierde su valor"

24/6/2026 - formal o caprichoso

Sentencia No. 0779 de fecha 10-JUN-2026 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

MAGISTRADA PONENTE: MICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET

Ahora bien, esta Sala, como máximo garante de los principios, reglas y derechos contenidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ha realizado un escrutinio integral y minucioso de las actas procesales y del acervo de órganos de prueba promovidos en el escrito de acusación. Si bien la solicitud inicial se centraba en el reclamo de un trato discriminatorio respecto a las medidas de coerción personal, el ejercicio de la facultad de avocamiento faculta a este Máximo Tribunal a revisar la causa en su totalidad para verificar la viabilidad jurídica de la acción penal.

Al respecto, del análisis minucioso del expediente, esta Sala ha constatado una manifiesta y absoluta falta de pruebas aptas, lícitas y pertinentes para sostener la acusación en la fase de juicio oral. El órgano de persecución penal presentó un escrito de acusación desprovisto de elementos de convicción certeros, limitándose a realizar afirmaciones genéricas y dogmáticas que no guardan relación directa con el comportamiento de los imputados ni con los tipos penales aducidos (retraso y omisión intencional de funciones agravado, concierto para la celebración de contratos, asociación y uso indebido de información).

Esta Sala debe enfatizar que, para que un proceso penal avance válidamente hacia la etapa de juicio, el Ministerio Público tiene la carga procesal insoslayable de fundamentar su acusación en un pronóstico de alta probabilidad de condena, basado en pruebas fehacientes. Así lo ha establecido de forma vinculante la doctrina de este Máximo Tribunal, al establecer que la acusación no puede ser un acto meramente formal o caprichoso. El control material de la acusación exige que el órgano jurisdiccional evalúe si existen fundados elementos que justifiquen el sometimiento de una persona a la ordalía de un juicio oral, pues de lo contrario, ante la inexistencia o insuficiencia manifiesta de pruebas, el proceso se traduce en una pena anticipada y en una flagrante violación a la presunción de inocencia y a la tutela judicial efectiva.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"El oro que cae en el barro no pierde su valor"

23 de junio de 2026

23/6/2026 - factores exógenos

Enlace diapositivas: 
https://es.scribd.com/document/1054426618/Factores-exogenos-en-la-conducta-criminal

Enlace trabajo:

Maestría en Ciencias Penales y Criminológicas. Universidad Yacambú. UNY. República Bolivariana de Venezuela. Factores exógenos en la conducta criminal y su aplicación en el diseño de políticas criminales. Defensa de trabajo de grado. Jorge Leonardo Salazar Rangel. Momento 3. Magíster en Ciencias Penales y Criminológicas.

La frase del día 
"El león no necesita que lo escuchen rugir para ser el rey"

23/6/2026 - organizaciones [3]

YAKUZA
PAÍS: JAPÓN

La mafia más "corporativa" del planeta: tienen oficinas, tarjetas personales y hasta revistas propias. Durante el terremoto de Kobe en 1995, repartieron ayuda humanitaria más rápido que el gobierno japonés.

NUMBERS GANG
PAÍS: SUDÁFRICA

Nació dentro de las cárceles sudafricanas a fines del siglo XIX y todavía controla la vida carcelaria del país. Se dividen en bandas con números, cada una con un rol específico dentro de la jerarquía criminal.

BRATVA
PAÍS: RUSIA

La mafia rusa que explotó tras la caída de la URSS, aprovechando el caos económico de los 90. Sus tatuajes no son decoración: son un código que cuenta delitos, rango y hasta tiempo en prisión.

MAFIA ALBANESA
PAÍS: ALBANIA

Menos famosa que las italianas, pero hoy es una de las mafias más influyentes de Europa. En Albania todavía persiste la influencia del Kanun, un antiguo código de honor del siglo XV.

PCC
PAÍS: BRASIL

El Primeiro Comando da Capital nació en una cárcel de San Pablo en 1993 y hoy es la organización criminal más grande de Sudamérica, con presencia confirmada en más de 20 países, incluida Europa.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"El león no necesita que lo escuchen rugir para ser el rey"

23/6/2026 - organizaciones [2]

CARTEL DE SINALOA
PAÍS: MÉXICO

El cartel que convirtió a El Chapo Guzmán en una leyenda criminal. Es uno de los mayores traficantes de drogas hacia EE.UU. y se hizo famoso cuando su líder escapó de prisión por un túnel de 1,5 km.

TRÍADAS
PAÍS: CHINA

Las más antiguas de esta lista. Nacieron hace más de 300 años como sociedades secretas y muchas aún conservan rituales y juramentos heredados de aquella época.

MARA SALVATRUCHA
PAÍS: EL SALVADOR

Nació en los años 80 entre inmigrantes salvadoreños en Los Ángeles. Lo que empezó como una pandilla barrial terminó convirtiéndose en una de las organizaciones criminales más temidas de América.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"El león no necesita que lo escuchen rugir para ser el rey"

23/6/2026 - organizaciones

Algunas mafias del mundo

Detrás de muchas de las organizaciones criminales más conocidas del mundo hay historias que mezclan pobreza, migraciones, guerras, cárceles, códigos de honor y vacíos de poder.

Algunas nacieron como sociedades secretas, otras dentro de prisiones o barrios marginales. Con el tiempo, construyeron redes que cruzan fronteras y llegaron a influir en economías, gobiernos y conflictos.

Conocerlas no es solo hablar de crimen organizado, es entender cómo funcionan el poder, la violencia y el Estado en distintas regiones del mundo. 

COSA NOSTRA
PAÍS: ITALIA

La mafia original. Nació en Sicilia en el siglo XIX y creó la famosa omertà, un código de silencio que prohíbe colaborar con la policía. De ahí surgió gran parte del imaginario mafioso que conocemos hoy.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"El león no necesita que lo escuchen rugir para ser el rey"

23/6/2026 - publicar por separado

Sentencia No. 018 de fecha 12-FEB-2026 dictada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

De igual forma la Sala de Casación Penal, ha señalado en sentencia número 277, del 13 de octubre de 2022, ha ratificado el siguiente criterio:

“…La obligación del a quo de publicar por separado del auto de apertura a juicio, el auto fundado que resuelve asuntos distintos de los previstos en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, radica en la prohibición recursiva del auto de apertura a juicio, no así el resto de decisiones, cuya vía recursiva debe ajustarse a lo previsto en el artículo 439 eiusdem, y en la publicidad de las razones de hecho y de derecho que la motivación de tales decisiones amerita (artículo 157 ibídem)…”.
            
De lo antes transcrito, se puede observar que en resguardo de la tutela judicial efectiva, se impone al juzgador la obligación de publicar por separado aquellas decisiones que resuelvan asuntos distintos a los previstos en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal. En el caso que nos ocupa, el criterio de obligatoriedad de publicación de autos fundados, se extiende con igual rigor a los casos de Admisión de los Hechos. Por cuanto, la simple publicación de un auto en el cual solamente se haga referencia a los delitos y la pena impuesta, resulta insuficiente para garantizar los principios del debido proceso y la tutela judicial efectiva; pues, al ser una sentencia condenatoria; es decir un acto jurisdiccional plenamente recurrible, su falta de publicación íntegra (motiva y dispositiva) impide el control recursivo establecido en el artículo 439 del Código Orgánico Procesal Penal y contraviene la doctrina de la Sala sobre la obligatoriedad del auto fundado por separado de aquellos actos que no admiten recurso alguno.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"El león no necesita que lo escuchen rugir para ser el rey"

22 de junio de 2026

22/6/2026 - racionalizar el ius puniendi

Sentencia No. 0747 de fecha 10-JUN-2026 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

MAGISTRADA PONENTE: LOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON

En tal sentido, en dicho proceso penal, la titularidad de la acción penal recae el despacho fiscal, tal como lo establece el artículo 285.4 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, constituyéndose en un sujeto procesal con una dualidad de funciones acusador y parte de buena fe que debe investigar y perseguir los delitos de acción pública, tal ejercicio o no de la acción penal por el referido funcionario, de manera acertada previo el legislador se encuentra bajo la supervisión del juez de garantías, conforme al artículo 264 ejsudem como regla general, según la cual al operador de justicia, le corresponde controlar el cumplimento de los principios y garantías establecidos en el código, y así el artículo 283 de la norma que regula lo relativo a la desestimación, se estableció que es el juez de control, el funcionario legitimado para expedir o no la autorización al recibir la solicitud de desestimación de denuncia presentada por el Ministerio Público, con el objetivo de excepcionarlo de investigar los hechos que le son denunciados, por los supuestos señalados.

La desestimación, como institución procesal, se erige como un mecanismo de depuración del proceso penal, destinado a evitar la persecución de hechos que, ab initio, carecen de relevancia penal, cuya acción se encuentra irremediablemente prescrita o respecto de los cuales existe un obstáculo legal insuperable que impida su prosecución.

Se trata, en definitiva, de un instituto que permite al Estado, a través del ministerio público y bajo el control judicial, racionalizar el ejercicio del ius puniendi, garantizando que la acción penal no sea empleada de manera arbitraria o desproporcionada, en menoscabo del principio de economía procesal y de la seguridad jurídica de los ciudadanos.

Desde el plano procedimental, la desestimación opera como una facultad exclusiva del ministerio público, quien, en el ejercicio de su función de titular de la acción penal y garante de la legalidad, debe evaluar las denuncias y querellas recibidas para determinar si ameritan el inicio de una investigación penal. Conforme al artículo 283 eiusdem, el fiscal dispondrá de un lapso de treinta días hábiles contados a partir de la recepción de la denuncia o querella para solicitar fundadamente al juez de control la desestimación del caso, cuando advierta que el hecho denunciado no constituye delito, que la acción penal ha prescrito o que concurre un obstáculo legal que impida el desarrollo del proceso. Dicha prerrogativa, sin embargo, no es absoluta, ya que la solicitud del Ministerio Público está sujeta a la revisión judicial, correspondiendo al juez de control verificar la corrección de la motivación expuesta y la concurrencia de los supuestos que justifican la desestimación.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"El que desconoce la verdad es un ignorante; pero el que la conoce y la desmiente, es un criminal" | Bertolt Brencht

22/6/2026 - Ariel Castro

Cleveland: el infierno en la casa del lado.

Ohio. Secuestro y resiliencia.

Entre 2002 y 2004, tres jóvenes desaparecieron en Cleveland: Michelle Knight, Amanda Berry y Gina DeJesus. Durante una década, la policía y sus familias las buscaron sin descanso.

La verdad oculta.

Estaban vivas, encadenadas y torturadas en la casa de Ariel Castro, un conductor de autobús escolar que vivía en un barrio residencial normal. Castro saludaba a los vecinos, tocaba música y fingía buscar a las chicas, ocultando su secreto tras ventanas tapiadas y puertas con alarma.

El milagro: mayo 2013.

Amanda Berry aprovechó un descuido (una puerta sin cerrojo) para gritar y pedir ayuda a un vecino. Su valentía liberó a las tres y a la hija que tuvo en cautiverio.

Castro fue condenado a mil (1.000) años de prisión, pero su cobardía lo llevó a suicidarse al mes.

Su casa fue demolida hasta los cimientos; el mal fue borrado del mapa, pero la fuerza de las sobrevivientes sigue en pie.

Lección forense. El depredador social.

El monstruo no siempre vive en una cueva oscura; a veces vive en el 2207 de la Avenida Seymour.

Intuición vecinal.

Si ves ventanas siempre tapadas, candados excesivos en interiores o comportamientos erráticos, reporta.

Persistencia.

Las madres de estas chicas nunca dejaron de pegar carteles. Esa presión mantuvo el caso vivo.

Resiliencia.

Michelle, Amanda y Gina hoy son libres, autoras y activistas. No son "víctimas", son guerreras. La libertad de Amanda Berry nos enseñó que la esperanza es lo último que se pierde, incluso después de 10 años de oscuridad.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"El que desconoce la verdad es un ignorante; pero el que la conoce y la desmiente, es un criminal" | Bertolt Brencht

21 de junio de 2026

21/6/2026 - Harold Shipman

Se cree que Harold Shipman, también conocido como el "Dr. Muerte", asesinó a aproximadamente 250 pacientes. Este médico ejercía en el Gran Manchester, Inglaterra, entre 1972 y 1998 trabajó en dos consultorios diferentes, cometiendo asesinatos durante todo ese tiempo. No fue capturado hasta que varias personas alertaron sobre la situación, incluyendo un funerario que se sorprendió por la gran cantidad de certificados de cremación en los que figuraba Shipman, además, la mayoría de los casos correspondían a mujeres mayores que habían fallecido en la cama, no de noche, sino durante el día. La policía manejó mal la investigación, y Shipman continuó asesinando hasta que, cegado por la avaricia, intentó falsificar un testamento para una víctima que lo designaba como beneficiario, lo que despertó las sospechas de la hija de la víctima. Finalmente fue condenado en el año 2000 y se suicidó en prisión en 2004.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"El peligro no siempre parece peligroso" 

21/6/2026 - Jeffrey Dahmer

Jeffrey Dahmer comenzó a matar en 1978, con tan solo 18 años, y no fue arrestado por asesinato hasta 1991, después de que una posible víctima escapara y guiara a la policía hasta su casa en Milwaukee, Wisconsin. Allí se pudieron apreciar algunos de los detalles más espeluznantes de su vida criminal a través de fotografías de cuerpos mutilados y partes de cuerpos esparcidas por el apartamento. Incluso tenía una tina de ácido que usaba para deshacerse de sus víctimas. En total, Dahmer asesinó a 17 personas, en su mayoría hombres jóvenes de color. Cumplió condena en prisión dos veces: la primera por abuso sexual y la segunda por asesinato, y fue asesinado por otro recluso en 1994.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"El peligro no siempre parece peligroso" 

21/6/2026 - Samuel Little

El FBI confirma que Samuel Little es el asesino en serie más prolífico de la historia de Estados Unidos.

El FBI confirma que Samuel Little, de 79 años, es el asesino en serie más prolífico de la historia de Estados Unidos. Hasta la fecha, Little ha confesado 93 asesinatos. El Programa de Aprehensión de Criminales Violentos (ViCAP) del FBI también confirma que Little está vinculado a 50 casos, y que muchos más están pendientes de confirmación final.

En 2012, Little fue arrestado y extraditado a California por un cargo de narcotráfico. El Departamento de Policía de Los Ángeles (LAPD) obtuvo ADN que lo vinculaba con tres homicidios sin resolver ocurridos en 1987 y 1989. En 2013, el LAPD notificó a ViCAP, que inició una investigación exhaustiva de sus antecedentes y descubrió un patrón alarmante que lo relacionaba con muchos más asesinatos. Little fue acusado de tres cargos de asesinato y finalmente declarado culpable y sentenciado en 2014 a tres cadenas perpetuas consecutivas sin posibilidad de libertad condicional.

En mayo de 2018, los Texas Rangers y el FBI lograron obtener información detallada sobre otros asesinatos en todo el país, información que Little proporcionó voluntariamente.

«El FBI agradece a los Texas Rangers y a sus socios de las fuerzas del orden estatales y locales que han trabajado diligentemente para confirmar estos casos», declaró John Selleck, subdirector del Grupo de Respuesta a Incidentes Críticos del FBI. «La sólida cooperación y el intercambio de información entre el FBI y sus socios permitieron establecer vínculos exitosos con los crímenes de Little, lo que finalmente lo llevó ante la justicia y ayudó a las familias de las víctimas a superar el proceso de duelo».

ViCAP continúa colaborando con la Oficina de Asistencia Judicial del Departamento de Justicia, los Texas Rangers y decenas de agencias policiales estatales y locales, dedicadas a la búsqueda de casos que coincidan con las confesiones de Little. 

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"El peligro no siempre parece peligroso" 

21/6/2026 - Jack El Destripador

Jack El Destripador 

Lo llamamos "Jack El Destripador", pero en realidad no sabemos quién fue la persona detrás de una de las series de asesinatos más antiguas y notorias. El asesino apareció en el distrito londinense de Whitechapel en 1888 y asesinó a cinco mujeres —todas trabajadoras sexuales— y mutiló sus cadáveres. La policía supuso que el asesino era un cirujano, un carnicero o alguien hábil con el bisturí. El asesino se burló de la comunidad y de la policía enviando cartas en las que detallaba sus crímenes. Aunque se han mencionado muchos sospechosos a lo largo de los años, el asesino nunca ha sido identificado.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"El peligro no siempre parece peligroso"

21/6/2026 - Brenda Spencer

El 29 de enero de 1979, Brenda Spencer, de 16 años, realizó un ataque armado con un rifle calibre .22 desde su vivienda frente a la escuela Grover Cleveland en San Diego. El hecho dejó dos víctimas mortales (el director Burton Wragg y el conserje Mike Suchar) y varios heridos, incluyendo estudiantes y un oficial policial.

El ataque duró cerca de 20 minutos y generó caos mientras los alumnos llegaban al centro educativo. Spencer disparó desde la ventana de su casa hasta que las autoridades rodearon la zona, evacuaron a civiles y establecieron un operativo para contenerla.

La investigación posterior señaló que la joven atravesaba problemas emocionales, un entorno familiar inestable, posibles conductas de aislamiento y consumo de sustancias, factores considerados relevantes en su comportamiento.

Tras el tiroteo, permaneció atrincherada durante horas antes de entregarse. En ese contexto pronunció la frase: "I just don't like Mondays", que se volvió mundialmente conocida por su frialdad.

Fue juzgada como adulta, declarada culpable de dos cargos de asesinato en primer grado y múltiples cargos de agresión con arma letal. Recibió una condena de 25 años a cadena perpetua, con posibilidad de revisión, aunque sus solicitudes de libertad condicional han sido rechazadas. En prisión ha permanecido en centros de California, con participación ocasional en programas internos y tratamiento médico, manteniendo un perfil bajo.

A lo largo de sus audiencias ha mostrado explicaciones inconsistentes y, aunque ha expresado arrepentimiento en algunos momentos, las autoridades han considerado que aún representa riesgos.

Actualmente continúa cumpliendo su condena, siendo recordada como uno de los casos tempranos más citados de violencia escolar en EE. UU., con impacto en el debate sobre salud mental y seguridad educativa.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"El peligro no siempre parece peligroso"

21/6/2026 - Frømandskorpset

Operan donde casi nadie puede llegar y entrenan hasta el límite de lo humanamente posible.

Los Frogmen (Frømandskorpset) son la unidad de operaciones especiales marítimas de Dinamarca. Especializados en infiltración submarina, reconocimiento, contraterrorismo, rescate de rehenes y sabotaje, son considerados una de las fuerzas más exigentes de Europa. Su proceso de selección es tan duro que cada año cientos lo intentan y solo unos pocos logran graduarse. Han participado en operaciones reales contra la piratería en África, misiones internacionales de alto riesgo y operaciones encubiertas tanto en el mar como en tierra. Su reputación se basa en una combinación de resistencia física extrema, disciplina y capacidad para actuar en silencio absoluto.

Mientras muchos nunca han oído hablar de ellos, dentro del mundo militar los Frogmen son vistos como una de las élites más respetadas del planeta.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"El peligro no siempre parece peligroso" 

21/6/2026 - John Wayne Gacy

El caso de John Wayne Gacy: el "payaso asesino" que conmocionó a Estados Unidos 

El caso de John Wayne Gacy sigue siendo uno de los más impactantes y estudiados en la historia criminal de Estados Unidos. Décadas después, continúa siendo analizado por criminólogos, psicólogos e investigadores debido a la complejidad de su doble vida y el profundo impacto que tuvo en la sociedad. Su historia permanece como un recordatorio de la importancia de la investigación forense y protección de las víctimas.

¿Quién era John Wayne Gacy?

John Wayne Gacy fue un contratista y organizador comunitario que vivía en Illinois, Estados Unidos. Ante sus vecinos parecía una persona amable y respetada, conocida por participar en eventos disfrazado de payaso bajo el personaje "Pogo". 

Una doble vida inquietante.

Mientras mantenía una imagen pública positiva, las autoridades descubrirían años después que ocultaba una serie de crímenes que se extendieron durante la década de 1970.

La desaparición que lo cambió todo.

En diciembre de 1978, un adolescente llamado Robert Piest desapareció tras informar que iba a reunirse con un contratista para hablar sobre una posible oportunidad laboral. Los investigadores siguieron varias pistas que terminaron apuntando hacia Gacy.

La investigación.

A medida que avanzaban las averiguaciones, la policía obtuvo órdenes para registrar su vivienda. Durante las inspecciones aparecieron evidencias que despertaron una enorme preocupación entre los investigadores.

El descubrimiento.

Las búsquedas revelaron que numerosas víctimas habían sido ocultadas en distintas partes de la propiedad. El hallazgo se convirtió en uno de los casos criminales más impactantes de la historia de Estados Unidos.

¿Cuántas víctimas se identificaron?

Las autoridades atribuyeron a Gacy la muerte de al menos 33 jóvenes y adolescentes entre 1972 y 1978. La identificación de algunas víctimas tomó años debido a las limitaciones tecnológicas de la época.

El juicio.

En 1980, Gacy fue llevado a juicio. Durante el proceso, la evidencia presentada por los fiscales resultó determinante y fue declarado culpable de múltiples cargos relacionados con los homicidios investigados.

¿Por qué el caso tuvo tanto impacto?

Porque rompió con la idea de que los criminales siempre son personas aisladas o fácilmente identificables. Muchos vecinos y conocidos afirmaron que jamás sospecharon de él.

Avances forenses.

Décadas después, los avances en análisis genéticos permitieron identificar a varias víctimas que habían permanecido sin nombre durante años, ayudando a cerrar algunos capítulos para sus familias.

El legado del caso.

El caso de John Wayne Gacy sigue siendo estudiado por investigadores, criminólogos y expertos en conducta criminal. También impulsó mejoras en técnicas de identificación de personas desaparecidas y en la coordinación entre agencias policiales.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"El peligro no siempre parece peligroso" 

20 de junio de 2026

20/6/2026 - Anna Sorokin

El caso Anna Delvey: la farsa que se convirtió en un imperio de celebridades

En la era dorada de las redes sociales, una joven entendió una premisa que cambiaría las reglas del juego: en plataformas como Instagram, la percepción de la riqueza suele ser más poderosa que la riqueza misma. Bajo el nombre falso de Anna Delvey, Anna Sorokin, una ciudadana de origen humilde, se presentó ante la alta sociedad de Nueva York como una opulenta heredera alemana poseedora de un fideicomiso multimillonario, logrando infiltrarse en los círculos más exclusivos del mundo.

Su modus operandi no dependía de grandes sumas de capital, sino de una impecable construcción de personaje. Dominaba varios idiomas, poseía un conocimiento sofisticado sobre arte contemporáneo y afianzaba su credibilidad distribuyendo propinas de 100 dólares al personal de los hoteles de lujo donde residía sin pagar un solo centavo. Mediante falsificaciones documentales y un audaz manejo de relaciones públicas, estuvo a punto de consolidar un millonario préstamo bancario para fundar un club privado de élite. 

La farsa colapsó en 2017 cuando las agencias de seguridad procedieron con su arresto, derivando en una condena de entre 4 y 12 años de prisión por múltiples cargos de fraude y estafa a entidades bancarias y hoteles boutique. Sin embargo, el veredicto judicial marcó el inicio de un fenómeno mediático sin precedentes. Tras vender los derechos de su historia a una importante plataforma de streaming, Sorokin utilizó los fondos para resarcir sus deudas legales y expandir su marca personal. 

Durante sus comparecencias y posterior arresto domiciliario, transformó sus obligaciones judiciales en desfiles de moda, contratando estilistas profesionales bajo la premisa de que las audiencias de la corte eran "el nuevo contenido viral". 

Con apariciones en programas de televisión nacional portando un monitor electrónico en el tobillo y la producción de exposiciones artísticas desde su reclusión, este expediente permanece abierto como uno de los análisis más complejos sobre el impacto de la apariencia y las paradojas de la fama en la cultura contemporánea.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"La evidencia no convence a quien tiene el alma comprometida con la mentira" | San Agustín

20/6/2026 - propósito del avocamiento

¿Cuál es la naturaleza jurídica y el propósito del avocamiento en el ordenamiento procesal penal venezolano?

El avocamiento no se trata de una tercera instancia ni de un recurso ordinario, sino de una facultad extraordinaria que posee la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), para:

1.- Corregir anomalías procesales graves.

2.- Preservar la estabilidad institucional y el orden público.

3.- Evitar la impunidad o el daño irreparable.

En el derecho procesal penal venezolano, el avocamiento es una institución jurídica de carácter excepcionalísima. Su finalidad principal es garantizar la justicia, el orden público constitucional y la regularidad del proceso cuando en un tribunal de instancia se están cometiendo faltas graves que desvirtúan la tutela judicial efectiva.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"La evidencia no convence a quien tiene el alma comprometida con la mentira" | San Agustín

20/6/2026 - celebración de la preliminar

Llegado el día de la celebración de la audiencia preliminar, puede pasar:

 1.- La no comparecencia de la víctima a la audiencia. Esta circunstancia no impedirá su celebración.

 2.- Si la defensa privada no comparece, se difiere la audiencia por una sola vez, salvo que el acusado solicite que se le designe un defensor público, celebrándose la audiencia de manera inmediata. De no comparecer el defensor privado a la segunda convocatoria, se tendrá por abandonada la defensa y se procederá a designar un defensor público de inmediato.

 3.- La incomparecencia injustificada del acusado que está en libertad o bajo una medida cautelar sustitutiva, hace que el juez de control, de oficio o a solicitud del Ministerio Público, libre la correspondiente orden de captura. En los casos donde el acusado se encuentre privado de libertad, se niegue a asistir a la audiencia preliminar y así conste en autos, se entenderá que no quiere hacer uso de su derecho a ser oído, ni acogerse a las fórmulas alternativas de prosecución del proceso, ni al procedimiento por admisión de hechos, celebrándose la audiencia con su defensor.

 4.- Ante la incomparecencia del representante de la Defensa Pública o del Ministerio Público debidamente citados, el juez de control notificará a su superior jerárquico a los fines de garantizar su presencia en la nueva fecha pautada.

En el desarrollo de la audiencia preliminar, las partes expondrán los fundamentos de sus peticiones, el imputado podrá solicitar que se le reciba su declaración; el juez informará a las partes sobre las medidas alternativas a la prosecución del proceso, pero en ningún caso se permitirá que en la audiencia preliminar se planteen cuestiones que son propias del juicio oral y público.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"La evidencia no convence a quien tiene el alma comprometida con la mentira" | San Agustín

19 de junio de 2026

19/6/2026 - captura, extracción [2]

Las capturas de pantalla son el método más difundido para presentar conversaciones de WhatsApp en juicio, pero desde la perspectiva técnico-forense representan el medio probatorio con mayor cantidad de debilidades.

Las capturas de pantalla no pueden recomendarse como medio exclusivo ni plenamente confiable para adquirir y preservar evidencia digital. Son útiles como material ilustrativo complementario, pero el elemento probatorio principal debe ser el documento electrónico original acompañado de su hash identificatorio.

CAPTURA DE PANTALLA

— Autenticidad: es difícil de verificar, ya que existen herramientas para generar capturas falsas, completamente indistinguibles.

— Metadatos: no hay metadatos. Solo se ve lo que figura en pantalla.

— Contexto: tiene un contexto fragmentario. Solo muestra lo que el aportante decidió capturar.

EXTRACCIÓN FORENSE

— Autenticidad: es verificable mediante hash. La imagen forense tiene valor hash calculado y documentado.

— Metadatos: se pueden acceder de manera simple. Por ejemplo, IDs de mensaje, datos del remitente, tipo de archivo, etc.

— Contexto: el contexto es integral, ya que se puede observar toda la conversación, incluyendo los mensajes anteriores y posteriores a los invocados.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"Una mentira puede ganar un debate. Pero solo la verdad puede sobrevivir a todas las preguntas" | Jürgen Habermas

19/6/2026 - captura, extracción

Capturas de pantalla vs. Extracción forense

El uso de capturas de pantalla es, sin duda, el método más común para intentar demostrar una conversación ante un juez. Sin embargo, desde la perspectiva técnico-forense, es el eslabón más débil de la cadena porque una captura de pantalla es solo una imagen digital fácilmente modificable, editable o incluso clonable mediante herramientas online.

Para que la evidencia digital tenga verdadero peso legal, la extracción forense es la clave.

Pilares fundamentales.

— Autenticidad: la extracción forense genera un código HASH (el "ADN" del archivo) que demuestra la inalteración de la prueba.

— Metadatos: permite acceder a la información oculta (IDs de mensajes, datos reales del remitente, fechas exactas, etc.), algo imposible en un simple pantallazo.

— Contexto: no se queda en el fragmento recortado que a una de las partes le conviene mostrar; ofrece la conversación de manera íntegra.

Utilidad. 

Las capturas de pantalla son útiles como material ilustrativo complementario, pero si quieren asegurar su caso, el elemento probatorio principal siempre debe ser el documento electrónico original debidamente preservado.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"Una mentira puede ganar un debate. Pero solo la verdad puede sobrevivir a todas las preguntas" | Jürgen Habermas

19/6/2026 - facultad excepcional

El avocamiento es una potestad o facultad excepcional y discrecional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), y no un recurso procesal.

Características del avocamiento

 — No ataca una decisión puntual: su objetivo no es revocar un auto o una sentencia específica, sino despojar a un tribunal inferior del conocimiento de todo el asunto debido a anomalías graves.

 — La Sala asume el caso: al declararse con lugar, la Sala del TSJ "atrae" el expediente hacia sí, asume el conocimiento del juicio y dicta la sentencia definitiva sobre el fondo del asunto o reencauza el procedimiento.

 — Se puede ejercer de oficio: a diferencia de los recursos, que dependen estrictamente del principio de parte interesada, el TSJ puede decretar el avocamiento de forma oficiosa si detecta una situación alarmante.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"Una mentira puede ganar un debate. Pero solo la verdad puede sobrevivir a todas las preguntas" | Jürgen Habermas

19/6/2026 - Theodore Robert Bundy

Ted Bundy se convirtió en uno de los criminales más infames de la historia de Estados Unidos al ocultar la violencia extrema tras el encanto y la inteligencia. Activo durante la década de 1970, se enfocaba en mujeres jóvenes, a menudo fingiendo estar herido o necesitar ayuda para ganarse su confianza antes de secuestrarlas.

Bundy confesó docenas de asesinatos en varios estados, aunque los investigadores creen que la cifra real puede ser mayor. Su caso conmocionó a la nación no solo por la brutalidad de los crímenes, sino por lo "normal" que parecía a quienes lo rodeaban. Fue arrestado más de una vez, escapó de la custodia dos veces y atrajo la atención masiva de los medios antes de ser condenado y ejecutado en Florida en 1989.

Los crímenes de Ted Bundy cambiaron permanentemente la forma en que las fuerzas del orden y los psicólogos estudian a los delincuentes en serie, demostrando que el peligro no siempre parece peligroso.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"Una mentira puede ganar un debate. Pero solo la verdad puede sobrevivir a todas las preguntas" | Jürgen Habermas

19/6/2026 - Garavito

Garavito: el fin de una era de terror

El 12 de octubre de 2023 se confirmó la muerte de Luis Alfredo Garavito, alias "La Bestia", en una clínica de Valledupar. El mayor depredador infantil de la historia de Colombia, y quizá del mundo, falleció a los 66 años por cáncer y leucemia, cumpliendo su condena en la cárcel de máxima seguridad: "La Tramacúa".

Aunque sus sentencias sumaban siglos, la ley de la época topaba la pena en 40 años. Sin embargo, la justicia biológica llegó antes que su libertad. Su legado de dolor abarcó Colombia, Ecuador y Venezuela, pero hoy sus víctimas pueden descansar sabiendo que ya no existe peligro de que vuelva a las calles.

Prevención: el engaño del "buen samaritano".

Garavito no secuestraba a la fuerza, él engañaba. Usaba disfraces de monje, anciano o trabajador de ONG, para luego ofrecer dinero o dulces.

Regla de oro: los adultos NO piden ayuda a los niños. 

El soborno: nadie da nada "gratis". Si alguien le ofrece regalos a los niños a cambio de "un secreto" o de ir a otro lugar, es una trampa mortal.

Grupos vulnerables: Garavito buscaba niños solos, lustrabotas o vendedores ambulantes. La supervisión visual es la única barrera real.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"Una mentira puede ganar un debate. Pero solo la verdad puede sobrevivir a todas las preguntas" | Jürgen Habermas

19/6/2026 - tradición histórica

Sentencia No. 0637 de fecha 27-MAY-2026 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

MAGISTRADA PONENTE: TANIA D’AMELIO CARDIET

La Sala Constitucional, de acuerdo a su principio de supremacía constitucional, destaca que cualquier manifestación de autoridad por parte del Poder Público debe estar apegada de forma imperativa y acorde a lo estipulado en la norma fundamental, como un efecto propio del principio de interpretación establecido en la propia Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la cual tiene una tradición histórica, donde se consagra “que la potestad de administrar justicia emana de los ciudadanos y se imparte en nombre de la República y por autoridad de la ley’, así como de regular el Poder Judicial, como el conjunto orgánico integrado por el Tribunal Supremo de Justicia y demás tribunales que establezca la ley; además se refiere al ‘sistema de justicia”, pero se limita a enumerar sus elementos constitutivos al señalar que está integrado por el Tribunal Supremo de Justicia, los demás tribunales que determine la ley, el Ministerio Público, la Defensoría Pública, los órganos de investigación penal, los o las auxiliares y funcionarios de justicia, el sistema penitenciario, los medios alternativos de justicia, los ciudadanos o ciudadanas que participan en la administración de justicia conforme a la ley y los abogados (artículo 253 constitucional). 

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"Una mentira puede ganar un debate. Pero solo la verdad puede sobrevivir a todas las preguntas" | Jürgen Habermas

18 de junio de 2026

18/6/2026 - árbol envenenado

La 'Fruta del Árbol Envenenado' en la prueba ilícita

La teoría del fruto del árbol envenenado. Uno de los aspectos más importantes de la prueba ilícita es su efecto reflejo o derivado, recogido en el principio conocido como la teoría del fruto del árbol envenenado, de origen estadounidense. Conforme a esta doctrina, no solo es ineficaz la prueba ilícita original, sino también todas aquellas pruebas que deriven de ella, pues si la raíz del árbol está envenenada, los frutos que produce también lo están.

Si la raíz está envenenada, los frutos también lo están.

Un ejemplo sería el de un allanamiento realizado sin autorización judicial. Si durante dicho allanamiento ilegal se encuentran drogas, armas y documentos comprometedores, todo lo hallado constituye prueba ilícita, no solo porque fue obtenido en el allanamiento ilegal, sino porque es consecuencia directa de ese acto inconstitucional. Ninguna de esas pruebas podrá ser convalidada mediante diligencias posteriores.

Fuente digital de la información:

La frase del día
"La oscuridad reconoce a la luz donde la ve llegar" | Mercedes Pérez

18/6/2026 - restablecer la situación

Sentencia No. 0637 de fecha 27-MAY-2026 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

MAGISTRADA PONENTE: TANIA D’AMELIO CARDIET

En consecuencia, es reiterado e imperativo para cualquier juez de la República que cuando este advierte elementos de fraude procesal, terrorismo judicial o parcialidad, tal como lo señalan los artículos 25, 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, este debe de oficio o a solicitud de parte, restablecer en el marco de sus competencias la situación jurídica lesionada. Así se declara.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día
"La oscuridad reconoce a la luz donde la ve llegar" | Mercedes Pérez

17 de junio de 2026

17/6/2026 - grado de participación

Sentencia No. 0637 de fecha 27-MAY-2026 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

MAGISTRADA PONENTE: TANIA D’AMELIO CARDIET

Vale destacar, una vez más, que la función esencial del derecho penal es la protección de los bienes jurídicos, de allí que no puede configurarse delito sin daño al bien jurídico protegido y menos atribuir responsabilidad penal alguna contra cualquier persona si no se ha establecido de manera certera su grado de participación en las hechos investigados; obligación que tienen el Ministerio Público y los jueces, ya que la responsabilidad penal está regida, entre otros, por el principio de culpabilidad; según el cual una persona es responsable penalmente en tanto se demuestre su participación a título de dolo o culpa en el hecho delictivo investigado y procesado, lo cual no ocurrió en el presente caso.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"No puedes desear los frutos sin aceptar las raíces"

17/6/2026 - dolo eventual [2]

Sentencia No. 397 de fecha 12-JUN-2026 dictada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Magistrada Ponente Doctora GRISELL DE LOS ÁNGELES LÓPEZ DE ZACARÍAS

De esta decisión de carácter vinculante, se observó de manera clara que “actúa con dolo eventual el sujeto que, a pesar de saber que posiblemente lesionará el interés penalmente tutelado p. ej. la vida, sin embargo, despliega su obrar aceptando, asintiendo, consintiendo, asumiendo, abarcando, tolerando, afirmando o conformándose con tal circunstancia que, en definitiva, se incluye dentro su organización o planificación y, por tanto, dentro del dolo”. (Resaltado y negrilla de esta Sala).

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"No puedes desear los frutos sin aceptar las raíces"

17/6/2026 - dolo eventual

Sentencia No. 397 de fecha 12-JUN-2026 dictada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Magistrada Ponente Doctora GRISELL DE LOS ÁNGELES LÓPEZ DE ZACARÍAS

Si bien el dolo eventual no se encuentra expresamente previsto en la Ley Sustantiva Penal, su reconocimiento y aplicación han sido admitidos por la vía jurisprudencial, como criterio complementario del ordenamiento jurídico; en ese sentido, resulta referencia obligada la sentencia número 490, de fecha 12 de abril de 2011, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, ya que la misma desarrolló su alcance, contenido y parámetros de aplicación, permitiendo su incorporación de responsabilidad penal en determinados supuestos.

Esta decisión en referencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, número 490/2011, con relación al dolo, indicó:

“…Con el dolo de primer grado (directo) el sujeto persigue directamente lesionar o poner en peligro el interés jurídico penalmente tutelado y lo logra, p. ej. el sujeto quiere violar y viola, quiere robar y roba o quiere matar y mata. En el dolo de segundo grado (indirecto) el agente no busca con su actuar realizar directamente la conducta típica pero sabe que indefectiblemente la desplegará, es decir, sabe que, aunque no busca inmediatamente el resultado típico lo alcanzará infaliblemente con su acción u omisión, p. ej., el agente quiere provocarle la muerte a otro y lo mata (dolo de primer grado), pero sabe que al estallar el explosivo que utilizó también matará necesariamente a un amigo suyo que sabía que estaba en el lugar y, sin embargo, hace detonar la bomba (dolo de segundo grado); en cambio, si bien en el dolo de tercer grado (dolo eventual) el agente tampoco busca realizar directamente la conducta típica, sabe que posiblemente –y no seguramente- la desplegará, en otras palabras, si bien en el dolo de segundo grado el sujeto se representa el delito como consecuencia inevitable de su acción u omisión, en el dolo de tercer grado el mismo advierte que la ejecución del delito sólo es posible, en otras palabras, que sólo se representa o se entiende que se representó la materialización del resultado (que incluso podía angustiarle o no ser lo que aspiraba que ocurriera) como algo posible y no como algo seguro. Así, actúa con dolo eventual el sujeto que, a pesar de saber que posiblemente lesionará el interés penalmente tutelado p. ej. la vida, sin embargo, despliega su obrar aceptando, asintiendo, consintiendo, asumiendo, abarcando, tolerando, afirmando o conformándose con tal circunstancia que, en definitiva, se incluye dentro su organización o planificación y, por tanto, dentro del dolo…” (sic).

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"No puedes desear los frutos sin aceptar las raíces"

16 de junio de 2026

16/6/2026 - no exista disputa

Sentencia No. 0652 de fecha 27-MAY-2026 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

MAGISTRADA PONENTE: LOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON

Adicionalmente, a los fines de la materialización del delito de invasión, no basta con la sola voluntad de ocupar un inmueble ajeno, también constituyen elementos indispensables para entender que se está en presencia del referido hecho punible, a saber i) el ánimo de obtener un provecho injusto, vale decir que no se posea ningún título que acredite derecho alguno sobre el bien objeto del delito, y ii) que no exista disputa alguna sobre la titularidad del bien, de ser así, mal podría entenderse la posesión como pacífica; es decir, para la consumación del delito, es indispensable la existencia de elementos de convicción suficientes que demuestren la titularidad del derecho que se entiende amenazado (propiedad), y que no haya discusión en la ilegitimidad de la ocupación, de lo contrario, de encontrarse comprobada la posesión legítima, se adolece de uno de los elementos del tipo penal.

Así pues, esta Sala Constitucional ha considerado que “si surgen situaciones de donde emerge una disputa por el derecho legítimo que se procure sobre dichos bienes, entre quien se pretenda propietario o poseedor y quien se señale como ejecutor de los delitos previstos en los artículos comentados, mal podrá entenderse materializado el ilícito de invasión, y por ende no será competente para resolver el conflicto el juez penal, sino el de la jurisdicción que según la naturaleza del conflicto corresponda” (Vid. sentencia de esta Sala n.° 1881/2011).

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día
"Cuidado con el hombre que no habla y con el perro que no ladra"