19 de abril de 2016

19-04-2016 Proceso (89)

Frase reflexiva:
El abogado transforma la vida en lógica; y el juez transforma la lógica en justicia

TEORÍA DEL PROCESO
JORGE SALAZAR

LA RELACIÓN PROCESAL Y EL MINISTERIO PÚBLICO

Sujetos de la Relación Procesal

En un proceso penal actúan diversos protagonistas los cuales pueden clasificarse atendiendo a su actuación en él; en consecuencia se podría determinar lo siguiente: sujetos principales o esenciales, cuando su actuación es esencial o indispensable; y eventuales o secundarios, cuando dicha actuación no tiene ese carácter.

Ahora bien, con relación a los sujetos esenciales tenemos los siguientes: el Tribunal, el actor penal y el encausado o imputado; el Tribunal es el órgano jurisdiccional que en la primera fase del juicio investiga la presencia del hecho delictuoso, las circunstancias de modo, lugar y tiempo de su ocurrencia y los presuntos autores de su comisión; y en la segunda fase, el plenario, con las pruebas traídas a los autos dictará fallo cancelatorio de la instancia, condenando o absolviendo al procesado.

De igual manera tenemos al imputado, que viene siendo la persona contra la cual se dirige la actuación de la Ley.

Con relación a los sujetos eventuales encontramos al actor civil y al demandado, es decir, la persona que demanda en el proceso penal la indemnización del daño moral o material, sufrido por la acción del agente activo del delito; y el demandado civil que viene siendo el responsable y en consecuencia, obligado a dicha indemnización.

Bibliografía:  
Teoría General del Proceso.
Dr. Humberto Bello Lozano.
Dr. Antonio Bello Lozano Márquez.
Mobil Libros / Caracas-1995.

Frase reflexiva:
El abogado transforma la vida en lógica; y el juez transforma la lógica en justicia

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