12 de septiembre de 2016

12-09-2016 Procesal penal (7)

Frase reflexiva:
El poder corrompe al hombre; el hombre corrompido ejecuta al valiente y esclaviza al cobarde

N° de Expediente: C02-0275 N° de Sentencia: 055
Tema: Debate oral y público.
Materia: Derecho Procesal Penal.
Asunto: Violación al derecho a la defensa y al debido proceso por parte de la Corte de Apelaciones - La no convocatoria de las partes.

La Corte de Apelaciones al haber realizado la audiencia oral, sin haber convocado a las partes para que debatieran oralmente sobre el fundamento de la apelación propuesta, infringió el derecho a la defensa y al debido proceso, garantías éstas, previstas en los artículos 49 de la Constitución, 1 y 12 del Código Orgánico Procesal Penal.

N° de Expediente: C01-0059 N° de Sentencia: 0189
Tema: Debate oral y público.
Materia: Derecho Procesal Penal.
Asunto: Debate Oral a Puerta Cerrada. Potestad del Juez.

es potestativo del Juez realizar el debate oral a puerta cerrada y mantener dicho secreto hasta que finalice el juicio, cuando exista una de las causales previstas en el artículo 336 del Código Orgánico Procesal Penal, como en el presente caso, en el cual se encuentra involucrada una menor de edad quien fue víctima de un delito que afecta el pudor y perturba las buenas costumbres.

N° de Expediente: C99-0036 N° de Sentencia: 67
Tema: Debate oral y público.
Materia: Derecho Procesal Penal.
Asunto: El debate oral y público en el actual sistema procesal penal.

Constituye un requisito procesal impretermitible para los jueces que han de conocer la causa, en cualquiera de sus grados, promover y presenciar el debate oral, garantía fundamental del fallo. En este sentido, el acto de informes, que otrora, en el viejo sistema de enjuiciamiento, tendía a ofrecer que las partes fueran oídas en la etapa final del juicio y a obtener la declaración solemne del juzgador, con el "Vistos", de que se encontraba en condiciones de dictar sentencia, fue sustituido, en el actual sistema procesal penal, por el debate oral y público, de máxima garantía en el establecimiento de la verdad, que constituye para las partes, oportunidad propicia para la incorporación al proceso de alegatos y pruebas y, para los jueces, la oportunidad para formar criterio y, mediante la estructura lógica de la sentencia, establecer la calificación jurídica aplicable.

Frase reflexiva:
El poder corrompe al hombre; el hombre corrompido ejecuta al valiente y esclaviza al cobarde

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