7 de junio de 2016

07-06-2016 Familia (36)

Frase reflexiva:
Tiempo que pasa, verdad que huye

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Derecho de Familia.
Semestre: Tercero-Pregrado.

Bibliografía: Apuntes de Derecho de Familia y Sucesiones. Decimocuarta edición. Caracas, 2007.  RAÚL SOJO BIANCO.

Cargas de la Comunidad Conyugal

Se denomina así, las obligaciones que deben ser soportadas de por mitad entre ambos cónyuges, aunque la deuda respectiva la haya contraído 1 solo de ellos.

Son las siguientes:

1. Deudas contraídas por alguno de los cónyuges, cuando éstos puedan obligar a la comunidad: Son aquellas que nacen de la actuación de algunos de los esposos como administrador de la comunidad.

2. Réditos e intereses que afectan bienes propios y comunes: Los réditos y los intereses vencidos durante el matrimonio, a que estuvieren afectos tanto los bienes propios de los esposos como los comunes, se consideran carga de la comunidad de gananciales.

3. Gastos de conservación y reparaciones menores de bienes propios: Las reparaciones menores y lo gastos de conservación llevados a cabo durante el matrimonio en los bienes propios de alguno de los cónyuges, son también cargas de la comunidad.

4. Gastos de administración de la comunidad: Implica todos los gastos que acarree la administración de la comunidad.

5. Gastos de mantenimiento de la familia: Implica, tanto el mantenimiento de la familia, la educación de los hijos comunes, así como de los de uno solo de los esposos, cuando ellos tienen derecho a alimentos.

6. Alimentos de ascendientes de los cónyuges (excepcionalmente): Esta obligación debe de ser cumplida con los bienes propios; sin embargo y por excepción, cuando el deudor no puede cumplirlos individualmente, se consideran cargas de la comunidad.

7. Donaciones hechas a mutuo acuerdo por los cónyuges a los hijos comunes: Cualquiera que sea el motivo, siempre que sean de mutuo acuerdo, a sus hijos comunes. Si los bienes de la comunidad no alcanzan, los esposos responden con sus bienes particulares por partes iguales.

Frase reflexiva:
Tiempo que pasa, verdad que huye

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