24 de marzo de 2016

24-03-2016 Procesal Penal VI


N° de Expediente: C05-0063 N° de Sentencia: 335
Tema: Acción Penal
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Actos procesales de adquisición de pruebas.
Martes, 07 de Junio de 2005

Conforme al principio de concentración, los actos procesales de adquisición de pruebas deben realizarse bien sea en una sola audiencia o en audiencias sucesivas, de manera que dé la oportunidad de intervenir en forma permanente y la colaboración sin trabas de quienes participan en el proceso, y es de tal importancia la consecutividad de la audiencia que se sanciona la suspensión que se extiende por más de diez días (artículos 335 y 337 del Código Orgánico Procesal Penal).

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!