31 de octubre de 2013

Extinción

DERECHO PENAL - MATERIA SUSTANTIVA

Libro Primero

Código Penal venezolano - 103

De la extinción de la acción penal y de la pena

Extinción de la acción penal. La muerte del procesado extingue la acción penal. La muerte del reo extingue también la pena, aun la pecuniaria impuesta y no satisfecha y todas las consecuencias penales de la misma, pero no impide la confiscación de los objetos o instrumentos con que se cometió el delito, ni el pago de las costas procesales que se harán efectivas contra los herederos.

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