5 de julio de 2013

Efectos

DERECHO PROCESAL PENAL

De los actos conclusivos. Efectos. El sobreseimiento pone término al procedimiento y tiene la autoridad de cosa juzgada. Impide, por el mismo hecho, toda nueva persecución contra el imputado, o acusado, a favor de quien se hubiere declarado, salvo lo dispuesto en el artículo 20 del Código Orgánico Procesal Penal, haciendo cesar las medidas de coerción dictadas.

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