18 de julio de 2013

Agavillamiento

DERECHO PENAL

De los delitos contra el orden público. Del agavillamiento. Agavillamiento. Cuando dos, o más personas se asocien con el fin de cometer delitos, cada una de ellas será penada, por el sólo hecho de la asociación: con prisión de dos a cinco años.

De los delitos contra el orden público. Del agavillamiento. Uso de armas. Si los agavillados recorren los campos, o los caminos, y si dos de ellos, por lo menos, llevan armas, o las tienen en un lugar determinado: la pena será de presidio por tiempo de dieciocho meses a cinco años.

De los delitos contra el orden público. Del agavillamiento. Promotores o jefes. Agravantes. Los promotores, o jefes de la gavilla incurrirán en la pena de presidio de dieciocho meses a cinco años, en el caso del "Agavillamiento", y de treinta meses a seis años, en el caso de "Uso de armas".

Gavilla. Junta de muchas personas. 

De los delitos contra el orden público. Del agavillamiento. Cooperación o ayuda. El que, fuera de los casos previstos de complicidad, dé a los agavillados, o a alguno de ellos, amparo, o asistencia, o les procure subsistencia: será castigado con prisión de tres a seis meses.

 De los delitos contra el orden público. Del agavillamiento. Parentesco o vínculos de amistad. El que, en el caso de "Cooperación o ayuda", ampare, o proporcione víveres a un pariente cercano, amigo íntimo, o bienhechor: quedará exento de pena.

De los delitos contra el orden público. Del agavillamiento. Agravantes. En lo que concierne a los delitos cometidos por todos, o alguno de los asociados durante la existencia de la asociación, o con motivo de ella, la pena se agravará con el aumento de una sexta a una tercera parte, salvo lo dispuesto en "Agravantes que constituyen delito".


De la responsabilidad penal y de las circunstancias que la excluyen, atenúan o agravan. Agravantes que constituyen delito. No producirán el efecto de aumentar la pena, las circunstancias agravantes que por sí mismas constituyeron un delito especialmente penado por la ley, expresado al describirlo, o penarlo, ni aquellas que de tal manera inherentes al delito, que, sin su concurrencia, no pudiera cometerse.

De los delitos contra el orden público. Del agavillamiento. Desobediencia de leyes. El que haya tomado parte en una asociación, con el objeto de cometer los delitos previstos en la "Instigación pública", será castigado con presidio de seis meses a un año.

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