Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO
En este sentido, se concluye que todo auto interlocutorio, mediante el cual se resuelva una incidencia, como es el caso de las excepciones, debe estar debidamente motivado lo cual implica una obligación por parte del Juez, en razón de explanar su razonamiento mediante argumentos debidamente sustentados, siendo además necesario que el dispositivo de la sentencia, sea una consecuencia lógica e inmediata de lo expresado por el Tribunal.
Enlace a la Sentencia:
Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.
La frase del día
"En una casa sin perros enseñan a los gatos a ladrar"