26 de agosto de 2026

Lapso prudencial: 26-08-2026

Sentencia No. 0083 de fecha 19-FEB-2026 dictada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

MAGISTRADA PONENTE: MICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET

En sintonía con lo anterior, resulta oportuno citar el contenido del artículo 295 del Código Orgánico Procesal Penal (COPP), cuyo tenor es el siguiente:

“Artículo 295. El Ministerio Público procurara dar término a la fase preparatoria con la diligencia que el caso requiera en un lapso de seis meses contado a partir de la individualización del imputado o imputada o del acto de imputación.

Vencido este lapso, el imputado o la víctima podrán requerir al Juez o Jueza de Control la fijación de un plazo prudencial, de treinta días para la conclusión de la investigación. (…)”.

De la norma anterior se desprende con claridad meridiana que: (i) el Ministerio Público debe orientar su actuación a la finalización de la fase preparatoria dentro del lapso de seis (6) meses computados desde la individualización del imputado o del acto de imputación; y (ii) el juzgado de control debe a petición de parte fijar un lapso prudencial de treinta (30) días para que el Ministerio Público concluya la investigación, esto es, dicte el acto conclusivo correspondiente.

En este particular, se comprende que ante la omisión del Ministerio Público de dictar el acto conclusivo en el lapso previsto en la norma, el juzgado de control no puede conformarse con solo requerir información al referido órgano fiscal, y no obtener ninguna respuesta; por el contrario, debe fijar el lapso prudencial de treinta (30) días para que se concluya la investigación, lo cual es cónsono con la tutela judicial efectiva y el debido proceso, siendo que no existen órganos del Estado que puedan estar exentos del control judicial y de la legalidad.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"Una cadena es tan fuerte como su eslabón más débil" • Thomas Reid

Diligencias: 26-08-2026

Sentencia No. 305 de fecha 04-AGO-2023 dictada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Ponencia de la Magistrada Doctora CARMEN MARISELA CASTRO GILLY

Ello es así, a tenor de lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, cuya letra es del tenor siguiente:

Control judicial

Artículo 264. A los jueces o juezas de esta fase les corresponde controlar el cumplimiento de los principios y garantías establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, tratados, convenios o acuerdos internacionales suscritos y ratificados por la República, y en este Código; y practicar pruebas anticipadas, resolver excepciones, peticiones de las partes y otorgar autorizaciones.

Como se puede evidenciar de la norma anteriormente transcrita, aun cuando la dirección de la investigación corresponde al Ministerio Público, por vía de excepción, establece una garantía de los derechos del investigado durante la fase preparatoria, y se autoriza al juez de control para que en una labor de vigilancia o supervisión de esa investigación pueda resolver las peticiones de las partes en relación a la proposición de diligencias de investigación que habiendo sido planteadas al representante de la Fiscalía, este haya omitido respuesta, no motive su rechazo, o sencillamente no practique una diligencia acordada.

Es importante destacar en primer lugar que el proceso penal se encuentra dividido en fases o etapas, a saber, totalmente diferentes, entre las cuales, se encuentran: a) La fase Preparatoria, cuyo fin no es más que la práctica de aquellas diligencias investigativas, que permitan demostrar y precisar si el sujeto investigado es responsable o no en los hechos que le fueron atribuidos inicialmente, que hagan viable la emisión de un acto conclusivo por el representante fiscal, sea la acusación, cuando el Ministerio Público, estime que la investigación proporciona fundamento serio para el enjuiciamiento público del imputado o imputada, requerir el sobreseimiento de la causa, cuando terminada la fase preparatoria, considere que proceden una o varias de las causales contenidas en el artículo 305 del texto adjetivo Penal, o solicitar el archivo de las actuaciones, cuando el resultado de la investigación resulte insuficiente para acusar. b) La fase intermedia, cuya finalidad fundamental es la celebración y desarrollo de la audiencia preliminar, regulado en el artículo 312 del Código Orgánico Procesal Penal en la cual las partes expondrán los fundamentos de sus peticiones, el imputado o imputada podrá solicitar se tome su declaración, con las formalidades previstas en la ley, donde el Juez o Jueza de Control, informará a las partes de las medidas alternativas a la prosecución del proceso, sin permitir cuestiones propias de un eventual juicio oral y público, pronunciamiento una vez culminada la respectiva audiencia y en presencia de las partes requerir subsanar en caso de existir un defecto de forma en la acusación presentada por el Fiscal o el querellante, pudiendo solicitar su suspensión, en caso de ser necesario para continuarla dentro del menor tiempo posible; admitir, total o parcialmente, la acusación del Ministerio Público o de él o la querellante y ordenar la apertura a juicio, pudiendo el Juez o Jueza atribuirle a los hechos una calificación jurídica provisional distinta a la de la acusación fiscal o de la víctima, dictar el sobreseimiento, si considera que concurren algunas de las causales establecidas en la ley, resolver las excepciones opuestas, decidir acerca de medidas cautelares, sentenciar conforme al procedimiento por admisión de los hechos, aprobar los acuerdos reparatorios, acordar la suspensión condicional del proceso, decidir sobre la legalidad, licitud, pertinencia y necesidad de la prueba ofrecida para el juicio oral, con fundamento, en los artículos 313 y 314 del Código Orgánico Procesal Penal.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

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Devin Moore: 26-08-2026

Crímenes reales: el caso de Devin Moore, ¿videojuegos o realidad?

¿Los videojuegos pueden convertir a alguien en un asesino?

El caso de Devin Moore abrió uno de los debates más controversiales en la historia judicial de Estados Unidos. Este evento marcó a una generación y abrió una discusión que sigue vigente sobre la verdad detrás del titular: lo que realmente pasó en la comisaría aquel 7 de junio de 2003.

El incidente se convirtió en uno de los más polémicos de la nación porque no solo involucró el asesinato de tres trabajadores policiales, sino que también desató un intenso debate sobre si los videojuegos violentos podían influir en la conducta criminal. Tras cometer el crimen, el joven asesino dijo: "la vida es un videojuego, todos tienen que morir algún día".

¿Qué ocurrió?

El 7 de junio de 2003, Moore, de 18 años, fue detenido en Fayette bajo sospecha de haber robado un automóvil. Mientras era procesado en la comisaría, logró apoderarse del arma de un oficial y mató a dos policías y una operadora de radio. Después escapó en un patrullero, pero fue capturado pocas horas más tarde.

La polémica con Grand Theft Auto

Durante el juicio, la defensa argumentó que Moore sufría problemas de salud mental y que había pasado muchas horas jugando la saga Grand Theft Auto, afirmando que eso había influido en sus acciones. El abogado también mencionó antecedentes de abuso durante su infancia. Sin embargo, la fiscalía sostuvo que Moore era plenamente consciente de lo que hacía y rechazó que los videojuegos fueran la causa del crimen. Además, posteriormente se aclaró que ni siquiera había jugado Grand Theft Auto: San Andreas, como muchos medios afirmaron en ese momento.

¿Cuál fue el resultado?

En 2005, un jurado lo declaró culpable de asesinato capital. Fue condenado a la pena de muerte y continúa en el corredor de la muerte mientras ha presentado diversas apelaciones a lo largo de los años.

¿Por qué sigue siendo un caso famoso?

El caso de Devin Moore es recordado principalmente porque:

— Reavivó el debate sobre la posible influencia de los videojuegos violentos en el comportamiento;

— Dio lugar a demandas civiles contra empresas relacionadas con la distribución de videojuegos, aunque esos argumentos no prosperaron como prueba de la responsabilidad del crimen.

Años después, el caso sigue siendo citado cuando se habla de violencia y videojuegos, aunque no existe evidencia científica que demuestre que un videojuego, por sí solo, convierta a una persona en un criminal.

Fuente digital de la información:

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CIU-UNY [22]: 26-08-2026

Narrativos-biográficos.

Son estudios orientados a descubrir el mundo subjetivo de una o varias personas a partir de la narración de sus propias experiencias de vida, en palabras de los protagonistas o informantes cercanos a ellos.

Etnografía.

Como investigación social tiene las siguientes características:

— Fuerte énfasis en la exploración de los fenómenos sociales.
— Tendencia a trabajar con datos no estructurados.
— Trabaja con un número reducido de datos que aborda con profundidad.
— El análisis de los datos implica una interpretación explícita de los valores humanos de un grupo determinado.
— El método de muestreo es intencional.
— Las técnicas que se emplean para recoger los datos son la observación participante, entrevistas en profundidad y discusiones casuales.

Interaccionismo simbólico.

El interaccionismo simbólico son construcciones sociales que se desarrollan a través de la interacción con otros.

Interacción: la comunicación e interacción son fundamentales para la creación y el cambio de significados.

Identidad: la identidad de una persona se forma y transforma mediante las interacciones sociales.

Símbolos: los símbolos, como el lenguaje y otros signos, son herramientas esenciales para la comunicación y construcción de significados.

Fuente de la Información: Curso de Iniciación Universitaria de la Universidad Yacambú (CIU-UNY): Ecosistema de Formación e Investigación Académica. Fecha: 25-08-2026.

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CIU-UNY [21]: 26-08-2026

Hermenéutica.

Para introducir los fundamentos de esta disciplina, podemos destacar lo siguiente:

— Es el arte de interpretar textos o hipertextos.
— Comprende límites, no es totalmente libre.
— Atiende a la intención del autor, al contexto, al sistema de significación.
— La palabra hermenéutica es una transliteración del vocablo "hermeneutiké tekhne", que deriva del verbo griego "hermeneuo" y significa interpretar, explicar.

Fenomenología hermenéutica.

Al integrar ambos conceptos y aplicarlos a la investigación, se establecen las siguientes premisas:

— La dimensión fundamental de toda conciencia humana es histórica y socio-cultural y se manifiesta a través del lenguaje/texto.
— La fenomenología hermenéutica articula la hermenéutica en el contexto de la temporalidad e historicidad de la existencia humana.
— El significado de las experiencias constituye el núcleo base de las líneas de investigación.

Reflexión sobre la hermenéutica.

Toda ciencia encierra un componente hermenéutico. Mal hermeneuta el que crea que puede o debe quedarse con la última palabra. — (Gadamer, 1984).

Fuente de la Información: Curso de Iniciación Universitaria de la Universidad Yacambú (CIU-UNY): Ecosistema de Formación e Investigación Académica. Fecha: 25-08-2026.

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CIU-UNY [20]: 26-08-2026

Temporalidad del estudio.

La temporalidad divide el diseño entre el corte instantáneo y la evolución histórica.

Diseños transversales: captura de un solo momento.

— Recolección en punto único: en un solo momento del tiempo.

Diseños longitudinales: seguimiento evolutivo de variables.

— Mediciones repetidas: los datos se recolectan en varios momentos de la investigación para verificar los cambios.

Manipulación de variables.

— Diseños experimentales: control activo y manipulación de una o más variables independientes para medir y analizar con precisión sus efectos sobre la variable dependiente en una situación altamente controlada.

— Diseños cuasiexperimentales: analizan la relación o efecto de variables sobre grupos intactos constituidos previamente. No se asignan sujetos al azar, ya que estos estaban conformados antes del experimento.

— Diseños no experimentales: el investigador carece de control directo sobre las variables. No hay intervención alguna en el desarrollo del hecho, limitándose a observar el fenómeno en su contexto natural tal cual ocurre.

— Estudios ex post facto: análisis retrospectivo de situaciones acontecidas de forma natural. Comienza describiendo una situación actual (efecto) para buscar retrospectivamente los factores previos que la originaron.

Enfoque cualitativo.

Se centra en la comprensión profunda de fenómenos sociales a través de la recolección de datos no numéricos, como palabras, imágenes y experiencias.

Características del enfoque cualitativo.

— Uso de métodos como entrevistas, grupos focales y observación participante.
— Análisis interpretativo y contextual.
— Enfoque en la subjetividad y experiencia humana.
— Búsqueda de significados y patrones emergentes.

Ejemplo de aplicación.

— Investigaciones que exploran las experiencias.

Fenomenología hermenéutica.

— Las investigaciones fenomenológicas estudian vivencias de la gente, se interesan por la forma cómo la gente experimenta su mundo, qué es lo significativo para ellos y cómo comprenderlos.

— Las investigaciones en esta línea tratan de profundizar en el problema de la representación del mundo.

— Este enfoque interpretativo es ontológico, una forma de estar en el mundo histórico-social.

Fuente de la Información: Curso de Iniciación Universitaria de la Universidad Yacambú (CIU-UNY): Ecosistema de Formación e Investigación Académica. Fecha: 25-08-2026.

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CIU-UNY [19]: 26-08-2026

La estadística y el rigor metodológico sustentan la validez de los resultados.

— Objetividad: evita sesgos mediante un proceso de indagación sistemático y estructurado, resguardando la neutralidad del investigador.

— Validez: garantiza que el instrumento y el procedimiento metodológico midan de forma exacta la variable de estudio definida.

— Generalización: permite extrapolar las conclusiones obtenidas a partir de una muestra representativa hacia todo el universo poblacional.

— Representatividad: asegura que el tamaño y características del grupo muestral reflejen fielmente la variabilidad del fenómeno.

Enfoque cuantitativo: se basa en la recolección y análisis de datos numéricos para identificar patrones, probar hipótesis y establecer relaciones entre variables.

Características del enfoque cuantitativo 

— Uso de instrumentos de medición estandarizados (encuestas, tests).
— Análisis estadístico de datos.
— Búsqueda de relaciones causales y generalización de resultados.
— Enfoque en la objetividad y la replicabilidad.

Ejemplo de aplicación: utiliza pruebas estandarizadas y análisis estadísticos.

Recolección de datos: el origen del dato define el tipo de recolección y su contacto con la realidad.

Tipos de investigación

— Investigación de campo: datos primarios y contacto directo.
— Investigación documental: análisis crítico y valoración de fuentes.

Alcance de la investigación: cinco alcances metodológicos estructuran la profundidad de la investigación.

1.- Exploratorios: examinan preliminarmente problemas poco estudiados, abriendo el camino para posteriores indagaciones sistemáticas.

2.- Descriptivos: detallan de manera exacta las características y propiedades de las variables, limitándose a describirlas y medirlas.

3.- Correlacionales: establecen el grado de asociación o interrelación estadística entre al menos dos variables (independientes/dependientes).

4.- Explicativos: investigan el porqué de los fenómenos, determinando relaciones causa-efecto y sus condiciones de ocurrencia.

5.- Proyectivos: diseño de soluciones operativas o modelos viables (proyectos factibles, tecnológicos o manuales de necesidades sociales).

Fuente de la Información: Curso de Iniciación Universitaria de la Universidad Yacambú (CIU-UNY): Ecosistema de Formación e Investigación Académica. Fecha: 25-08-2026.

La frase del día 
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