Sentencia No. 263 de fecha 13-ABR-2026 dictada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia
Magistrado Ponente Doctor MAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
Ahora bien, la Sala de Casación Penal, mediante sentencia número 266, del 14 de julio de 2023, sobre la correcta tipificación del delito de TRATA DE MUJERES, NIÑAS Y ADOLESCENTES, indicó:
“...El delito de TRATA DE PERSONAS, es de transcendencia transnacional y se encuentra caracterizado en el derecho internacional dentro del Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar el Tráfico de Personas, especialmente en mujeres y niños (artículo 3), que complemente a la Convención de las Naciones Unidas Contra la delincuencia Organizada Transnacional.
En este contexto, la trata de personas debe entenderse como la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza, uso de la fuerza, u otras formas de coacción, al rapto, fraude, engaño, abuso de poder o de una posición de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos, o beneficios para obtener el consentimiento de una persona, que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos.
Ahora bien, por el grado de lesividad, el delito de trata de personas, pudiera confundirse con otras figuras delictivas, por ello es necesario precisar que para su materialización, es ineludible el uso de amenazas, fuerza, coerción, secuestro, fraude, engaño, abuso de poder o abuso sobre la vulnerabilidad, como medio de comisión, y con el objeto de someter la voluntad de las víctimas con fines de explotación ya sea sexual, esclavitud o prostitución forzada, a través de su reclutamiento, transporte, transferencia, albergue o recepción.
Precisado lo anterior, la Sala debe resaltar que la materialización de este tipo delictivo, se caracteriza por dos condiciones fundamentales: el engaño y la coerción, como medios de comisión a través de los cuales se consigue doblegar la voluntad del sujeto pasivo, con el uso de diversas formas de fuerza (violencia física, psicológica, sexual) por parte de los tratantes para la captación, el traslado y la explotación de la víctima, teniendo como fin la cosificar a la persona, transformándola en un medio para beneficiar a terceros y sometiéndola a condiciones que degraden su dignidad humana.
Enlace a la Sentencia:
Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.
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"Cuando algo no te cuadra y no sabes el por qué, tu intuición ya hizo el cálculo"