20 de febrero de 2016

20-02-2016 Forense

CRIMINALÍSTICA

¿Cuándo una ciencia se convierte en forense?

Una ciencia se convierte en forense cuando hay un profesional en esa materia que auxilia a la administración de justicia venezolana con sus conocimientos para resolver hechos punibles. Ejemplo: está la ciencia de la odontología; la persona que la estudia y se convierte en profesional, es odontólogo, y al trabajar en el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas para auxiliar a la administración de justicia, sería odontólogo forense; convirtiéndose así la ciencia en odontología forense. Libro Primero. Título VI. Régimen probatorio. Sección sexta. Artículo 224 Código Orgánico Procesal Penal. Peritos. Los o las peritos deberán poseer título en la materia relativa al asunto sobre el cual dictaminarán, siempre que la ciencia, el arte u oficio estén reglamentados. …

20-02-2016 Proporcionalidad

Tribunal Supremo de Justicia

N° de Expediente: C00-1504 N° de Sentencia: 070
Tema: Principio de la proporcionalidad
Materia: Derecho Penal
Asunto: Proporcionalidad en la aplicación de las penas

La proporcionalidad en la aplicación de las penas no es un principio que siempre va a operar a favor del reo, sino que es el principio que va a regir para obtener la “debida sanción legal”, aplicando la pena adecuada al daño social ocasionado por el delito cometido.

20-02-2016 Penales

Tribunal Supremo de Justicia

N° de Expediente: C00-1504 N° de Sentencia: 070
Tema: Principio de la proporcionalidad
Materia: Derecho Penal
Asunto: Principio de la proporcionalidad en las Leyes penales

En las leyes penales y en especial en nuestro Código Penal, el principio de la proporcionalidad rige en las disposiciones referentes a los títulos: III de la aplicación de las penas; IV de la conversión y conmutación de penas; V de la responsabilidad penal y la circunstancias que la extinguen, atenúan y agravan; así mismo en la parte especial en relación a las penas aplicables a ciertos delitos.

20-02-2016 Pena Tipo

Tribunal Supremo de Justicia

N° de Expediente: C12-243 N° de Sentencia: 301
Tema: Principio de la proporcionalidad
Materia: Derecho Penal
Asunto: Pena tipo - Principio de proporcionalidad y Principio de culpabilidad

Desde el área de la penología, el principio de proporcionalidad junto con el de culpabilidad, aquel de naturaleza objetiva, y este subjetivo, se convierten en los dos referentes a tener en cuenta para individualizar la pena, ya que ésta debe ser la justa compensación al grado de culpabilidad del sujeto y a la gravedad intrínseca del delito, entonces en principio, y en ausencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad penal, la sanción a imponer debe ser la denominada “pena tipo” resultado de las exigencias de ambos principios.

20-02-2016 Defensa

Tribunal Supremo de Justicia

N° de Expediente: C04-0096 N° de Sentencia: 256
Tema: Principio de igualdad entre las partes.
Materia: Derecho Penal
Asunto: Derecho a la Defensa.

El derecho a la Defensa, que es un derecho inviolable en cualquier etapa y grado del proceso (y así lo deben garantizar los jueces); y el principio de igualdad entre las partes, en obsequio del cual les está prohibido a los jueces (profesionales y escabinos) y demás funcionarios judiciales comunicarse con alguna de las partes sobre los asuntos que estén conociendo, salvo que estén todas presentes.

20-02-2016 Testigo Nulo

Testis unus, testis nullus | Testigo único, testigo nulo

Una observación a vuela pluma sobre la preocupante tendencia de ciertos juzgados a dejar un solo testigo por cada hecho, tendencia que contraviene el aforismo Testis unus, testis nullus (testigo único, testigo nulo), que se cohonesta con la previsión de D.XXII.V.12: “ubi numerus testium non adiicitur, duo sufficient” (donde no se expresa el número de testigos, bastarán dos). Máxima de sentido común y que hoy tiene fundamento científico.

En efecto, partiendo de la buena fe del testigo y su deseo sincero de decir verdad, la neurociencia moderna nos enseña que aquél viejo aforismo del único testigo está cargado de razón y que es muy conveniente escuchar el mayor número de testigos posible para tener una aproximación lo más exacta posible al hecho objetivo. Salvo, obviamente, que no haya más testigos del hecho objeto de prueba, en cuyo caso habrá de atenerse el juzgador a esa circunstancia, valorando la prueba existente y sin que sea de aplicación el aforismo. Así pues, esta entrada se refiere al supuesto de que haya varios testigos propuestos sobre un mismo hecho.

Fuente de la información. Fuente de la imagen.

20-02-2016 Extinción

Tribunal Supremo de Justicia

N° de Expediente: C01-0556 N° de Sentencia: 0813
Tema: Prescripción Ordinaria
Materia: Derecho Penal
Asunto: Prescripción ordinaria - Extinción de la acción.

la prescripción ordinaria consagrada en el artículo 108 del Código Penal extingue la acción que nace de todo delito, el Tribunal debe declararla por el simple transcurso del tiempo y ésta debe calcularse con base en el término medio de la pena del delito tipo, sin tomar en cuenta las circunstancias que la modifican, como atenuantes o agravantes.