N° de Expediente: C04-0096
N° de Sentencia: 256
Tema: Principio de
igualdad entre las partes.
Materia: Derecho Penal
Asunto: Derecho a la Defensa.
Materia: Derecho Penal
Asunto: Derecho a la Defensa.
El derecho a la Defensa, que es un derecho
inviolable en cualquier etapa y grado del proceso (y así lo deben garantizar
los jueces); y el principio de igualdad entre las partes, en obsequio del cual
les está prohibido a los jueces (profesionales y escabinos) y demás
funcionarios judiciales comunicarse con alguna de las partes sobre los asuntos
que estén conociendo, salvo que estén todas presentes.
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