3 de septiembre de 2016

03-09-2016 Constitucional II (3)

Frase reflexiva:
Perdona siempre a tu enemigo. No hay nada que le ofenda másOscar Wilde

Materia: Derecho Constitucional II
Semestre: Segundo-Pregrado

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Tema # 5 Estructura de la Constitución Venezolana

Artículo 93 C.R.B.V: La ley garantizará la estabilidad en el trabajo y dispondrá lo conducente para limitar toda forma de despido no justificado. Los despidos contrarios a esta Constitución son nulos. 
                        
- Análisis Jurídico (93): Contiene una garantía constitucional, la cual versa en la estabilidad laboral.

Artículo 95 C.R.B.V: Los trabajadores y las trabajadoras, sin distinción alguna y sin necesidad de autorización previa, tienen derecho a constituir libremente las organizaciones sindicales que estimen convenientes para la mejor defensa de sus derechos e intereses, así como a afiliarse o no a ellas, de conformidad con la ley. Estas organizaciones no están sujetas a intervención, suspensión o disolución administrativa. Los trabajadores y trabajadoras están protegidos y protegidas contra todo acto de discriminación o de injerencia contrarios al ejercicio de este derecho. Los promotores o promotoras y los o las integrantes de las directivas de las organizaciones sindicales gozarán de inamovilidad laboral durante el tiempo y en las condiciones que se requieran para el ejercicio de sus funciones.

Para el ejercicio de la democracia sindical, los estatutos y reglamentos de las organizaciones sindicales establecerán la alternabilidad de los y las integrantes de las directivas y representantes mediante el sufragio universal, directo y secreto. Los y las integrantes de las directivas y representantes sindicales que abusen de los beneficios derivados de la libertad sindical para su lucro o interés personal, serán sancionados o sancionadas de conformidad con la ley. Los y las integrantes de las directivas de las organizaciones sindicales estarán obligados u obligadas a hacer declaración jurada de bienes.

- Análisis Jurídico (95): Contiene el derecho a los sindicatos por parte de los trabajadores.

El único aparte me contiene una garantía que me regula dicho derecho (sindicatos).

Artículo 96 C.R.B.V: Todos los trabajadores y las trabajadoras del sector público y del privado tienen derecho a la negociación colectiva voluntaria y a celebrar convenciones colectivas de trabajo, sin más requisitos que los que establezca la ley. El Estado garantizará su desarrollo y establecerá lo conducente para favorecer las relaciones colectivas y la solución de los conflictos laborales. Las convenciones colectivas ampararán a todos los trabajadores y trabajadoras activos y activas al momento de su suscripción y a quienes ingresen con posterioridad.

- Análisis Jurídico (96): Contiene el derecho a la negociación y convenciones de trabajo, por parte de los trabajadores, tanto del sector público como privado.  
                                                                          
Artículo 97 C.R.B.V: Todos los trabajadores y trabajadoras del sector público y del privado tienen derecho a la huelga, dentro de las condiciones que establezca la ley.

- Análisis Jurídico (97): Contiene el derecho a la huelga, por parte de los trabajadores, tanto del sector público como privado.

Frase reflexiva:
Perdona siempre a tu enemigo. No hay nada que le ofenda másOscar Wilde

2 de septiembre de 2016

02-09-2016 Constitucional II (2)

Frase reflexiva:
La mejor diligencia es la que hace uno mismo; la peor, es la que no se hace

Materia: Derecho Constitucional II
Semestre: Segundo-Pregrado

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Tema # 5 Estructura de la Constitución Venezolana

Artículo 90 C.R.B.V: La jornada de trabajo diurna no excederá de ocho horas diarias ni de cuarenta y cuatro horas semanales. En los casos en que la ley lo permita, la jornada de trabajo nocturna no excederá de siete horas diarias ni de treinta y cinco semanales. Ningún patrono o patrona podrá obligar a los trabajadores o trabajadoras a laborar horas extraordinarias. Se propenderá a la progresiva disminución de la jornada de trabajo dentro del interés social y del ámbito que se determine y se dispondrá lo conveniente para la mejor utilización del tiempo libre en beneficio del desarrollo físico, espiritual y cultural de los trabajadores y trabajadoras.                  
        
Los trabajadores y trabajadoras tienen derecho al descanso semanal y vacaciones remunerados en las mismas condiciones que las jornadas efectivamente laboradas.

- Análisis Jurídico (90): Contiene una garantía constitucional, ya que se está garantizando el tiempo de jornada de trabajo.

El único aparte contiene el derecho que tienen los trabajadores a un descanso y de vacaciones. 

Artículo 91 C.R.B.V: Todo trabajador o trabajadora tiene derecho a un salario suficiente que le permita vivir con dignidad y cubrir para sí y su familia las necesidades básicas materiales, sociales e intelectuales. Se garantizará el pago de igual salario por igual trabajo y se fijará la participación que debe corresponder a los trabajadores y trabajadoras en el beneficio de la empresa. El salario es inembargable y se pagará periódica y oportunamente en moneda de curso legal, salvo la excepción de la obligación alimentaría, de conformidad con la ley.

El Estado garantizará a los trabajadores y trabajadoras del sector público y del sector privado un salario mínimo vital que será ajustado cada año, tomando como una de las referencias el costo de la canasta básica. La ley establecerá la forma y el procedimiento.

- Análisis Jurídico (91): Contiene el derecho a un salario el cual poseen los trabajadores.

El único aparte garantiza a los trabajadores tanto del sector público como privado, un salario mínimo con ajuste cada año.

Artículo 92 C.R.B.V: Todos los trabajadores y trabajadoras tienen derecho a prestaciones sociales que les recompensen la antigüedad en el servicio y los amparen en caso de cesantía. El salario y las prestaciones sociales son créditos laborales de exigibilidad inmediata. Toda mora en su pago genera intereses, los cuales constituyen deudas de valor y gozarán de los mismos privilegios y garantías de la deuda principal.

- Análisis Jurídico (92): Contiene el derecho a las prestaciones sociales del cual gozan los trabajadores.

Frase reflexiva:
La mejor diligencia es la que hace uno mismo; la peor, es la que no se hace

1 de septiembre de 2016

01-09-2016 Procesal penal (3)

Frase reflexiva:
No hay enemigo pequeño. El que hoy es su subalterno mañana puede ser su jefe

N° de Expediente: C12-116 N° de Sentencia: 388
Tema: Criminalística
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Experticia de ATD

...cabe destacar que la prueba de Análisis de Trazas de Disparo conocida como (A.T.D) es una experticia que “permite establecer, con positiva evidencia, la naturaleza del residuo por la identificación de las partículas que contienen los elementos del detonador (Plomo, bario y antimonio). Es un método analítico que se considera altamente resolutivo. Es un método que indica que existen residuos de pólvora. Es una prueba determinante y concluyente,” (Camerlingo Segura Ciro Fernando, Síntesis, Estudios y Conceptos sobre Criminalística; Caracas, Editorial Buchivacoa, 2009 – pág. 104); El Manual Único de Cadena de Custodia del Ministerio Público, señala que la Experticia de Análisis de Trazas de Disparos “permite concluir las relaciones existentes entre las evidencias físicas estudiadas y su medio de producción”, asimismo se debe establecer que para la práctica de este peritaje la muestra debe ser tomada hasta un máximo de 72 horas después del hecho (dependiendo de ciertas circunstancias particulares), pues la toma de la muestra posterior a ese lapso sería ineficaz para establecer que el acusado dentro de ese periodo accionó o no un arma de fuego; sin embargo, una vez tomada la muestra el análisis de ésta se puede realizar posteriormente, debido a que la muestra no se degrada.

Frase reflexiva:
No hay enemigo pequeño. El que hoy es su subalterno mañana puede ser su jefe

01-09-2016 Procesal penal (2)

Frase reflexiva:
No hay enemigo pequeño. El que hoy es su subalterno mañana puede ser su jefe

N° de Expediente: C13-187 N° de Sentencia: 476
Tema: Criminalística
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Levantamiento planimétrico

...es imprescindible establecer que el levantamiento planimétrico debe sustentarse sobre la base de todos los elementos técnicamente existentes en la investigación (presentes en el sitio del suceso), ello con el objeto de cumplir verdaderamente una función orientadora a las partes, al juez o jueza y al proceso.

N° de Expediente: C13-187 N° de Sentencia: 476
Tema: Criminalística
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Levantamiento planimétrico desde el punto de vista criminalístico

...el levantamiento planimétrico desde el punto de vista criminalístico, es el instrumento idóneo en la medición y representación del sitio del suceso o del crimen, en cuanto a su superficie, características integrales y específicas, con todos sus accesorios y detalles, incluyendo a sus partícipes, debiendo realizarse por expertos técnicos, y ser plasmado sobre un identificado plano.

Frase reflexiva:
No hay enemigo pequeño. El que hoy es su subalterno mañana puede ser su jefe

01-09-2016 Procesal penal

Frase reflexiva:
No hay enemigo pequeño. El que hoy es su subalterno mañana puede ser su jefe

N° de Expediente: C05-0279 N° de Sentencia: 451
Tema: Costas procesales
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Costas procesales

Según dispone el título relativo a los efectos económicos del proceso toda decisión que ponga fin a la persecución penal o la archive, o que resuelva algún incidente, aun durante la ejecución penal, determinará a quien corresponde las costas del proceso, las cuales sólo pueden ser impuestas a las personas condenadas por sentencia firme, como pena accesoria a la principal, al querellante si se adhirió a la acusación fiscal en el caso de que el imputado sea absuelto o en el proceso seguido por delito dependiente de instancia de parte agraviada en caso de absolución, sobreseimiento o archivo, así como al denunciante si el mismo provocó el proceso por medio de una denuncia falsa, todo ello en virtud de lo dispuesto en los artículos 267, 268, 270 y 271 del Código Orgánico Procesal Penal. Así mismo en caso que el querellante haya desistido de su querella y por mandato del artículo 297 eiusdem.

N° de Expediente: C05-0279 N° de Sentencia: 451
Tema: Costas procesales
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: En casos de donde no hubo persecución penal

al ordenarse la desestimación de la querella conforme a lo previsto en el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal y en virtud que los hechos no revisten carácter penal, no puede exigírsele a la parte querellante el pago de las costas procesales, como indebidamente estableció el tribunal en función de control en su pronunciamiento. Esto resulta lógico, toda vez que no hubo persecución penal en contra de los querellados y el querellante no ha resultado vencido en un proceso. Permitir lo contrario, sería minimizar la protección del derecho y los intereses del individuo como fin mediato del proceso y vulnerar el derecho a la tutela jurisdiccional definido como el derecho de toda persona a la justicia.

Frase reflexiva:
No hay enemigo pequeño. El que hoy es su subalterno mañana puede ser su jefe

01-09-2016 Omisión

Frase reflexiva:
No hay enemigo pequeño. El que hoy es su subalterno mañana puede ser su jefe

Delitos de omisión propios

En los delitos propios de omisión se castiga la simple infracción de un deber de actuar y equivalen a delitos de mera actividad. Se consuman con la simple omisión del autor. Por ejemplo, nuestro Código Penal establece la omisión del deber de socorro, al que habiéndose encontrado una persona herida o en una situación peligrosa, haya omitido la prestación de su ayuda a dicha persona cuando no lo exponga a daño o peligro personal, artículo 438, parte in fine, la acción mandada consiste en prestar ayuda a la persona herida o en situación peligrosa. La Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA), establece la omisión de denuncia de los hechos en que son víctimas niños y adolescentes (artículo 275), la acción ordenada consiste en denunciar inmediatamente los hechos de los cuales sean víctimas niños y adolescentes.

Fuente de la información: Revista del Ministerio Público. Revista Científica Arbitrada. V Etapa No. 15. 2014. p. 148.

Frase reflexiva:
No hay enemigo pequeño. El que hoy es su subalterno mañana puede ser su jefe

01-09-2016 Constitucional II

Frase reflexiva:
No hay enemigo pequeño. El que hoy es su subalterno mañana puede ser su jefe

Materia: Derecho Constitucional II
Semestre: Segundo-Pregrado

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Tema # 5 Estructura de la Constitución Venezolana

Artículo 88 C.R.B.V: El Estado garantizará la igualdad y equidad de hombres y mujeres en el ejercicio del derecho al trabajo. El Estado reconocerá el trabajo del hogar como actividad económica que crea valor agregado y produce riqueza y bienestar social. Las amas de casa tienen derecho a la seguridad social de conformidad con la ley.

- Análisis Jurídico (88): Contiene una garantía constitucional, que es la igualdad y equidad que tienen que obtener los hombres y mujeres en el derecho al trabajo. También contiene el derecho a la seguridad social, el cual deben tener las amas de casa.                 
                                         
Artículo 89 C.R.B.V: El trabajo es un hecho social y gozará de la protección del Estado. La ley dispondrá lo necesario para mejorar las condiciones materiales, morales e intelectuales de los trabajadores y trabajadoras. Para el cumplimiento de esta obligación del Estado se establecen los siguientes principios:

1. Ninguna ley podrá establecer disposiciones que alteren la intangibilidad y progresividad de los derechos y beneficios laborales. En las relaciones laborales prevalece la realidad sobre las formas o apariencias.

2. Los derechos laborales son irrenunciables. Es nula toda acción, acuerdo o convenio que implique renuncia o menoscabo de estos derechos. Sólo es posible la transacción y convenimiento al término de la relación laboral, de conformidad con los requisitos que establezca la ley.

3. Cuando hubiere dudas acerca de la aplicación o concurrencia de varias normas, o en la interpretación de una determinada norma, se aplicará la más favorable al trabajador o trabajadora. La norma adoptada se aplicará en su integridad.

4. Toda medida o acto del patrono o patrona contrario a esta Constitución es nulo y no genera efecto alguno.  

5. Se prohíbe todo tipo de discriminación por razones de política, edad, raza, sexo o credo o por cualquier otra condición.

6. Se prohíbe el trabajo de adolescentes en labores que puedan afectar su desarrollo integral. El Estado los o las protegerá contra cualquier explotación económica y social.

- Análisis Jurídico (89): Contiene una garantía constitucional, que es la protección que le brinda el Estado al trabajo; sucesivamente establece principios para dar cumplimiento a dicha garantía.         
 
Frase reflexiva:
No hay enemigo pequeño. El que hoy es su subalterno mañana puede ser su jefe