No hay enemigo pequeño. El que hoy es su
subalterno mañana puede ser su jefe
Materia: Derecho
Constitucional II
Semestre: Segundo-Pregrado
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL
Tema # 5 Estructura de la Constitución Venezolana
Artículo 88
C.R.B.V: El Estado
garantizará la igualdad y equidad de hombres y mujeres en el ejercicio del
derecho al trabajo. El Estado reconocerá el trabajo del hogar como actividad
económica que crea valor agregado y produce riqueza y bienestar social. Las
amas de casa tienen derecho a la seguridad social de conformidad con la ley.
- Análisis Jurídico (88): Contiene una garantía
constitucional, que es la igualdad
y equidad que tienen que obtener los
hombres y mujeres en el derecho al trabajo. También contiene el derecho a la seguridad social, el cual deben tener las amas de casa.
Artículo 89
C.R.B.V: El trabajo
es un hecho social y gozará de la protección del Estado. La ley dispondrá lo
necesario para mejorar las condiciones materiales, morales e intelectuales de
los trabajadores y trabajadoras. Para el cumplimiento de esta obligación del
Estado se establecen los siguientes principios:
1. Ninguna ley podrá establecer
disposiciones que alteren la intangibilidad y progresividad de los derechos y
beneficios laborales. En las relaciones laborales prevalece la realidad sobre
las formas o apariencias.
2. Los derechos laborales son
irrenunciables. Es nula toda acción, acuerdo o convenio que implique renuncia o
menoscabo de estos derechos. Sólo es posible la transacción y convenimiento al
término de la relación laboral, de conformidad con los requisitos que
establezca la ley.
3. Cuando hubiere dudas acerca de
la aplicación o concurrencia de varias normas, o en la interpretación de una
determinada norma, se aplicará la más favorable al trabajador o trabajadora. La
norma adoptada se aplicará en su integridad.
4. Toda medida o acto del patrono
o patrona contrario a esta Constitución es nulo y no genera efecto alguno.
5. Se prohíbe todo tipo de
discriminación por razones de política, edad, raza, sexo o credo o por cualquier
otra condición.
6. Se prohíbe el trabajo de
adolescentes en labores que puedan afectar su desarrollo integral. El Estado
los o las protegerá contra cualquier explotación económica y social.
- Análisis Jurídico (89): Contiene una garantía
constitucional, que es la protección
que le brinda el Estado al trabajo; sucesivamente establece
principios para dar cumplimiento a
dicha garantía.
Frase
reflexiva:
No hay enemigo pequeño. El que hoy es su
subalterno mañana puede ser su jefe
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