14 de marzo de 2025

14-03-2025 | Firma [3]

Conductas de firma según Keppel:

• Mutilación.
• Ensañamiento.
• Dejar mensajes.
• Dejar marcas profundas en el cadáver o grabar cosas en él.
• Posicionar el cuerpo de forma que transmita algo en particular.
• Actividad post-mortem.
• Obligar a la víctima a que responda de un modo determinado.

Sin duda la definición más conocida de la firma del asesino es dejar alguna marca u objeto en el lugar del crimen. En este caso, la intención es llamar la atención sobre su conducta o intentar comunicarse con la policía o mandar señales. En España, el asesino de la baraja siempre dejaba un as de copas junto a sus víctimas. De esta forma consiguió crear una gran expectación y un gran revuelo social, al desconocerse a quien «tocaría» la siguiente carta.

En el caso de bandas organizadas, su firma suele consistir en realizar mutilaciones, amputar miembros o extraer órganos. De esta forma muestran un rol comunicativo hacia otras bandas, la policía o terceros indeterminados.

Fuente electrónica de la información:

La frase del día 
"Mentir puede llevarte muy lejos, pero no podrás regresar"

14-03-2025 | Firma [2]

La firma del asesino representa el motivo del crimen, el por qué, refleja la razón por la que el asesino comete el delito.

La emplea para describir los aspectos distintivos de las conductas realizadas, que en muchas ocasiones revelan sus necesidades psicológicas y emocionales.

Aspecto general de la firma: se refiere al motivo del crimen.

Conductas de esa firma: denotan las necesidades emocionales o psicológicas.

En algunos delitos, especialmente violentos o seriales, el asesino revela en la firma sus fantasías o rituales, otorgándole un carácter único y particular a cada hecho.

Fuente electrónica de la información:

La frase del día 
"Mentir puede llevarte muy lejos, pero no podrás regresar"

14-03-2025 | Firma

Firma del asesino en serie

La firma de un asesino es un patrón conductual repetitivo que despliega un agresor y que va más allá de las acciones necesarias que se requieren para el éxito del delito (Douglas).

Su diferencia con el modus operandi, es que éste comprende las acciones necesarias para llevar a cabo el ilícito. Además, el modus operandi puede variar, mientras que la firma del delincuente o asesino se mantiene estable, no cambia.

La firma del asesino representa el motivo del crimen, el por qué, refleja la razón por la que el asesino comete el delito.

Fuente electrónica de la información:

La frase del día 
"Mentir puede llevarte muy lejos, pero no podrás regresar"

14-03-2025 | Glosario [17]

Alcance: Hecho de tránsito terrestre en el que intervienen por lo menos dos vehículos en movimiento y en la misma dirección; se produce cuando un vehículo es alcanzado por otro. En balística forense es la distancia que recorre el proyectil del plano de boca del cañón al punto de caída.

Alcohol: Nombre químico: Etanol. Líquido transparente, incoloro, móvil y volátil, miscible en agua, éter y cloroformo. Cualquier miembro de una clase de compuestos orgánicos formados a partir de hidrocarburos por sustitución de uno o más átomos de hidrógeno por un número igual de radicales de hidroxilo.

Alcohol etílico: El alcohol etílico es producto de la extracción por destilación fraccionada, de las mezclas de alcohol y agua y cuyo origen es la fermentación alcohólica de líquidos azucarados o mostos (naturales o artificiales).

Alcohol metílico: El alcohol se lo extrae mediante destilación de la madera, de donde viene el nombre de “espíritu de madera” con que se le designa a veces. Líquido incoloro, de olor agradable, cuando es puro.

Alcoholemia: Técnica que se emplea en química forense, mediante la cual puede determinarse la cantidad de alcohol en sangre y orina. También se le domina cuantificación de alcohol en sangre y orina.

Alcoholeria: Técnica para determinar los niveles de alcohol en orina.

Alcoholímetro: Nombre de los instrumentos que sirven para apreciar por la densidad la cantidad de alcohol absoluto contenido en un líquido.

Alcoholismo: Abuso y dependencia de bebidas alcohólicas, provocando trastornos fisiológicos y psíquicos.

Fuente de la información:

La frase del día 
"Mentir puede llevarte muy lejos, pero no podrás regresar"

13 de marzo de 2025

13-03-2025 | Incendios [5]

La manera común en que el fuego ataca es en forma de una descarga de fuego, la cual siempre se dirige hacia arriba y puede alcanzar una altura desde 4 hasta 6 metros, siendo la excepción los siniestros ocurridos en una habitación normal, donde treinta minutos de exposición al humo (producidos por 300 gramos de combustible) son necesarios para poner en peligro al ocupante.

Para que un incendio se pueda llevar a cabo es necesario que existan ciertos elementos en partes iguales, a saber: calor, oxígeno y combustible. Esto se explica con un ejemplo: el cigarro realiza una combustión incompleta, debido a que al estar el tabaco comprimido dentro del papel, no tiene la cantidad de oxígeno suficiente para producir una flama, puesto que no se encuentran en partes iguales.

Fuente electrónica de la información:

La frase del día 
La única diferencia entre "arte" y "belleza" es el tiempo - CSI (Las Vegas)

13-03-2025 | Auxilio judicial [3]

Sentencia No. 0182 de fecha 19-FEB-2025 emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

MAGISTRADO PONENTE: LUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS

Los procedimientos preparatorios pueden ser de diversa naturaleza. Hay algunos que deben cumplirse como presupuesto indispensable para incoar una acción, como ocurre en cierta forma con el procedimiento de preparación de la vía ejecutiva, o como sucedía con el ‘nudo hecho’ del señalado Código de Enjuiciamiento Criminal.

Hay otros, como el retardo perjudicial (artículo 813 del Código de Procedimiento Civil), que buscan recabar pruebas, y aun hay otros, como el auxilio judicial, que pueden tener naturaleza mixta: investigar y conseguir información que permita acreditar el hecho punible, o recabar elementos de convicción, estos últimos siguiendo lo establecido en los artículos 60; 242; 251.1; 280 y 358 del Código Orgánico Procesal Penal y en el artículo 10 de la Ley de Procedimiento Marítimo se refieren a recoger medios de pruebas, ya que estas diligencias preparatorias con miras a un proceso penal, tiene naturaleza pesquisadora.

El conocimiento sobre la existencia de estos medios permite a quien obtiene el auxilio, a preparar su querella, donde ofrecerá las pruebas con que cuenta, o a promover una prueba anticipada, si es que los hechos o los medios van a desaparecer.

Siendo la naturaleza del auxilio judicial investigativo (inquisitivo), las diligencias a practicarse son variadas, algunas dirigidas a identificar al futuro acusado o conocer su domicilio o residencia, mientras otras persiguen acreditar el hecho punible o conocer elementos de convicción (…)”. (Vid. Sentencia N° 234 del 14 de marzo de 2005). (Negrillas añadidas).

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
La única diferencia entre "arte" y "belleza" es el tiempo - CSI (Las Vegas)

13-03-2025 | Auxilio judicial [2]

Sentencia No. 0182 de fecha 19-FEB-2025 emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

MAGISTRADO PONENTE: LUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS

Según el propio enunciado normativo, existen dos posibilidades para quien pretenda incoar una acusación privada. La primera, es que la parte actora conozca la identificación del acusado, su domicilio y tenga a su alcance los elementos de convicción para formularla, prescindiendo del auxilio de un juez para plantear su pretensión de condena. La segunda, es que la víctima o persona ofendida por este tipo de delito, no conozca la información más relevante sobre el victimario, tal como su identificación o residencia, o no tenga a su disposición los medios necesarios para acreditar y demostrar la comisión del hecho punible, razón por la cual, se ve en la necesidad de solicitar el auxilio judicial para la búsqueda y obtención de tales elementos. Sobre la naturaleza, sentido y alcance de la figura del auxilio judicial, este órgano jurisdiccional indicó lo siguiente:

“(…) El auxilio judicial contemplado en el señalado artículo 402, se inscribe dentro de los procedimientos preparatorios, los cuales se encuentran dispersos en distintas leyes procesales, tales como ocurre en el Código de Procedimiento Civil con el procedimiento de preparación de la vía ejecutiva (artículo 631), o con el retardo perjudicial por temor fundado a que desaparezcan las pruebas (artículo 813), y como acontecía con la averiguación de nudo hecho prevista en el Código de Enjuiciamiento Criminal.

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
La única diferencia entre "arte" y "belleza" es el tiempo - CSI (Las Vegas)