10 de abril de 2016

10-04-2016 Historia (3)

EL DERECHO EN LOS PUEBLOS DE LA ANTIGÜEDAD

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL
HISTORIA DEL DERECHO

El Derecho en los Pueblos Primitivos: Era un Derecho fundamental en lo religioso. Aquí el hombre representa un límite en su comportamiento humano. El hombre proviene de la evolución o creación hecha a la imagen y semejanza de dios, según la teoría cristiana. Cuando el hombre aparece en la tierra, aparece en una total libertad, pues, no existían normas ni leyes que rigieran su conducta.

El hombre vivía era de la caza y de la pesca; antes que surgiera la agricultura, el hombre se encontraba en un estado nómada. El descubrimiento de la agricultura representa uno de los pasos más trascendentales en la humanidad.

El hombre no tenia conciencia de la domesticación de los animales, tuvieron que transcurrir miles de años para poderla adquirir.

Con el transcurrir del tiempo, comienza a nacer la organización social. El hombre se convierte en un ser social, y necesita relacionarse y establecer vínculos de convivencia. Cuando el hombre ya comienza adquirir una forma social, de tipo individual y colectiva, comienza hacerse preguntas interesantes, acerca de la interpretación de la naturaleza; pues, no existía ningún conocimiento científico, y las respuestas que obtenía, eran respuestas artificiosas.      

Surgen los sacerdotes en el desarrollo de los pueblos, que constituyeron una clase social privilegiada en la cultura, y además tenían influencia política.

10-04-2016 Historia (2)

HISTORIA DEL DERECHO

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL
HISTORIA DEL DERECHO

División de la Historia del Derecho: Se estudiara una división básica, porque son las más aceptadas universalmente. Se divide en: Historia del Derecho Interna e historia del Derecho Externa.

* División de la Historia del Derecho Interna: Estudia todo lo que tiene que ver estrictamente jurídico para reconstruir el sistema jurídico pasado.

* División de la Historia del Derecho Externa: Estudia o se complementa con fuentes  del Derecho o materiales que no son estrictamente jurídicos.

La Costumbre Jurídica es una fuente auxiliar del Derecho.

Fuentes del Conocimiento: Son todos aquellos materiales que nos permiten reconstruir el pasado jurídico.

Clases: En las clases podemos encontrar el Derecho Escrito y el Derecho no Escrito. El Derecho Escrito se basa en todo el conjunto de normas jurídicas que regulan a la sociedad, y el Derecho no Escrito se basa en costumbres, pinturas, monedas, etc.

Método Histórico Jurídico: Es la cantidad de procedimientos que de forma sistematizada aplicaron al hecho jurídico para comprobar la verdad, con conocimientos generales que se tiene adquirido de diversos ámbitos y aspectos; los conocimientos pueden ser empíricos y científicos.

Utilidad de la Historia para los Estudios de Derecho: Es necesario tener conocimientos de los estudios del Derecho para saber los hechos acontecidos en el pasado, y así expandir más los conocimientos propios adquiridos. También nos sirven para mejorar los estudios de Derechos actuales.

10-04-2016 Historia

HISTORIA DEL DERECHO

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL
HISTORIA DEL DERECHO

Historia: Es la ciencia que tiene como estudio los hechos del pasado. Se inicia desde luego como una simple observación.

Ciencia: Tiene por finalidad la búsqueda de la verdad.

Historia del Derecho: Es la ciencia que tiene como objeto el estudio de los hechos jurídicos en un lugar y tiempo determinado. Es la búsqueda de la verdad jurídica. La historia del Derecho tiene una gran visión: Reconstruir los hechos jurídicos del pasado.

Objeto de la Historia del Derecho: Es el estudio del pasado jurídico para desenredarlo, aclararlo, ver la razón de causas, etc.

Características de la Historia del Derecho: Están vinculadas al objeto del Derecho, son las siguientes:

* Preterecidad: Es siempre historia de las acciones humanas al pasado. Explica el conocimiento de los fenómenos jurídicos en el pasado. 

* Unicidad: Se refiere a que los hechos históricos no se repiten. Los hechos jurídicos tienen que ser estudiados en su contextura histórica.
 
* Individualizadora: Se refiere a que la historia no estudia lo que los hechos tienen de común, sino lo que tienen de irreductible. Consiste en individualizar la norma del sistema jurídico.

* Temporal y Espacial: Esta característica es importante, porque estudia en un tiempo y espacio determinado los hechos ocurridos, en el transcurso de la historia del Derecho.

10-04-2016 Informáticos (18)

DERECHO PENAL
TIPOS PENALES

Ley Especial Contra los Delitos Informáticos.
Gaceta Oficial No. 37.313, de fecha 30 de octubre de 2001.

TÍTULO II
DE LOS DELITOS

Capítulo II
De los Delitos Contra la Propiedad

Artículo 18.
Provisión Indebida de Bienes o Servicios.

El que a sabiendas de que una tarjeta inteligente o instrumento destinado a los mismos fines, se encuentra vencido, revocado, se haya indebidamente obtenido, retenido, falsificado, alterado, provea a quien los presente de dinero, efectos, bienes o servicios o cualquier otra cosa de valor económico, será penado con prisión de dos a seis años y multa de doscientas a seiscientas unidades tributarias.

Pena Corporal: 2 a 6 años de prisión.
Pena Normalmente Aplicable (Art. 37 CP): 4 años de prisión.
Pena Pecuniaria: Multa de 200 a 600 unidades tributarias.

10-04-2016 Filosofía (76)

EL IUSNATURALISMO   

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL
FILOSOFÍA DEL DERECHO

Y ya por último Cristhian Thomasio dice que deben de existir unos preceptos:

1) Haz a los demás lo que tú quieres que los demás te hagan a ti: es afirmativo por lo que yo quiero que sea para mí.

2) Hazte a ti mismo aquello que quieres que los demás se hagan a sí mismo: (ejemplo: yo voy a estudiar porque yo voy a pasar la materia y me voy a graduar. Aquí hay un elemento malicioso porque necesito de los demás para poderme ayudar en el examen.)

3) No hagas a los demás aquello que no quieres que te hagan a ti: aquí se afirma el primero y se confirma el segundo.

Si la norma jurídica no existiera, nosotros no podemos coexistir y no tendríamos seguridad social. El Derecho es el que nos coacciona, nos aguanta. Si no estuviera esa coacción, de seguro estuviera la parte irracional al momento de reaccionar ante una agresión.

10-04-2016 Filosofía (75)

EL IUSNATURALISMO   

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL
FILOSOFÍA DEL DERECHO

3.- Disciplinas, Principios y Preceptos que Proclama Cristhian Thomasio para Regular la Conducta del Hombre en la Sociedad

El hombre necesita estar educado a través de una pauta conductual sino nos desviamos. Allí Cristhian Thomasio dice que esas 3 herramientas deben manejarse a la vez.

- Disciplinas: la política, la ética y la jurisprudencia. Cada una de ellas va acompañada de 3 principios que son:

a) el decoro (decorum); b) la honestidad (honestum); y c) la justicia (justum)

¿Qué es una persona decorosa?: decoro es sinónimo de rectitud. Cuando un hombre es decoroso se dice que es un hombre que tiene honor.

Nota: Enmanuel Kant es ejemplo de decorosidad. Él decía que el derecho es la noción que cada uno describe de sí mismo. Para él debían de existir esos 3 elementos. Era conocido como el “reloj humano”.

10-04-2016 Filosofía (74)

EL IUSNATURALISMO   

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL
FILOSOFÍA DEL DERECHO

2.- Moral y Derecho

Cristhian Thomasio diferencia 2 patrones conductuales del hombre: el que seguimos a través de la justicia y el que seguimos a través de la moral.

La moral va a regular a cada individuo individualmente (valga la redundancia), es decir, lo va a estudiar individualmente ya que hay una relación del hombre consigo mismo.

El derecho va a regular a ese hombre frente a un grupo colectivo. Se va observar desde el aspecto externo.

Cristhian Thomasio establece que la moral es una herramienta aislada y el hombre tiende a quebrantar esas reglas morales. En cambio con el derecho él establece que al quebrantar esa norma se indica una sanción. En conclusión, la diferencia versa a través de un elemento sancionatorio.

La sanción del derecho es externa y la sanción de la moral es interna.

Nota: a veces en la moral no se le da importancia a la sanción y en el derecho si; en consecuencia, el hombre busca cumplir la norma por ello.