18 de abril de 2016

18-04-2016 Organigrama MP

Organigrama del Ministerio Público

A través de esta sección conozca la estructura global organizativa del Ministerio Público.
Organigrama

1.      Despacho de la Fiscal General de la República.
1.1.   Escuela Nacional de Fiscales del Ministerio Público.
1.1.1.   Consejo Directivo.
1.1.2.   Centro de Investigación y Posgrado.
1.1.2.1.     Consejo Académico de Investigación y Posgrado.
1.1.2.2.     División Académica de Investigación y Posgrado.
1.1.2.3.     División de Convenios, Proyectos y Extensión.
1.1.3.   Coordinación de Promoción y Difusión.
1.1.3.1.     División de Publicaciones.
1.1.3.2.     Biblioteca.
1.1.4.   Coordinación de Concursos.
1.1.5.   Extensiones de la Escuela Nacional de Fiscales del Ministerio Público.
1.1.6.   Coordinación de Secretaría.
1.1.7.   Coordinación de Asuntos Administrativos.
1.2.   Dirección del Despacho.
1.3.   Dirección de Consultoría Jurídica.
1.4.   Dirección de Auditoría Interna.
1.4.1.   División de Control y Auditoria de Gestión.
1.4.2.   División de Control Posterior.
1.4.3.   División de Determinación de Responsabilidades.
1.5.   Dirección de Relaciones Institucionales.
1.5.1.   Coordinación de Asuntos Públicos.
1.5.2.   Coordinación de Análisis y evaluación de Medios.
1.5.3.   Coordinación de Publicidad y Publicaciones.
1.6.   Dirección de Gestión Social.
1.6.1.   Coordinación de Formación y Participación Popular.
1.7.   Dirección de Recursos Humanos.
1.7.1.   Coordinación de Servicios Médicos.
1.7.2.   División de Bienestar Social.
1.7.2.1. Departamento de Servicios al Personal.
1.7.2.2. Departamento de Administración de Seguros.
1.7.2.3. Departamento de Deportes.
1.7.3.   División Técnica y de Desarrollo.
1.7.3.1. Departamento de Reclutamiento y Selección.
1.7.3.2. Unidad de Clasificación y Remuneración.
1.7.3.3. División Administrativa.
1.7.4.   Departamento de Nómina.
1.7.4.1. Unidad de Archivo.
1.7.5.   Unidad Educativa Simón Planas Suárez.
1.7.6.   División de Relaciones Laborales.
1.8.  Fundación para la Investigación, Capacitación y Desarrollo de la Función Fiscal. (Órgano adscrito)
1.8.1.   Junta Directiva.
1.8.2.   Presidente.
1.8.3.   Consultoría Jurídica.
1.8.4.   Auditoría Interna.
1.8.5.   Dirección de Seguridad Integral.
1.8.6.   Dirección de Capacitación, Investigación y Desarrollo.
1.8.6.1. Coordinación de Investigación.
1.8.6.2. Coordinación de Proyectos.
1.8.6.3. Coordinación de Promoción y Divulgación.
1.8.6.4. Coordinación Académica.
1.8.7.   Dirección de Gestión Interna.
1.8.7.1. Coordinación de Recursos Humanos.
1.8.7.2. Coordinación de Administración y Servicios.
1.8.7.3. Coordinación de Planificación y Presupuesto.
1.8.7.4. Coordinación de Tecnología.
1.9.   Unidad Contratante.
1.9.1.   División de Compras y Servicios.
1.9.2.   División de Bienes Nacionales
1.9.3.   Departamento de Almacén.
2.      Vicefiscalía.
2.1.   Dirección de Inspección y Disciplina.
2.2.   Coordinación de Biblioteca.
2.2.1.   Núcleo Bibliotecario del Estado Anzoátegui.
2.2.2.   Núcleo Bibliotecario del Estado Apure.
2.2.3.   Núcleo Bibliotecario del Estado Aragua.
2.2.4.   Núcleo Bibliotecario del Estado Barinas.
2.2.5.   Núcleo Bibliotecario del Estado Carabobo.
2.2.6.   Núcleo Bibliotecario del Estado Falcón.
2.2.7.   Núcleo Bibliotecario del Estado Guárico.
2.2.8.   Núcleo Bibliotecario del Estado Lara.
2.2.9.   Núcleo Bibliotecario del Estado Miranda.
2.2.10. Núcleo Bibliotecario del Estado Monagas
2.2.11. Núcleo Bibliotecario del Estado Sucre.
2.2.12. Núcleo Bibliotecario del Estado Táchira.
2.2.13. Núcleo Bibliotecario del Estado Yaracuy.
2.2.14. Núcleo Bibliotecario del Estado Zulia.
2.2.15. Núcleo Bibliotecario del Estado Portuguesa.
2.3.   Dirección de Seguridad Integral.
2.3.1.   Coordinación de Vigilancia y Protección.
2.3.1.1. Centro de Vigilancia y Control.
2.3.2.   Coordinación de Transporte.
2.3.2.1. Departamento de Operaciones.
2.3.2.2. Departamento de Mantenimiento de Vehículos.
2.3.3.   Coordinación de Higiene y Seguridad Industrial.
2.3.3.1. Departamento de Higiene y Seguridad Industrial Región Occidental.
2.3.3.2. Departamento de Higiene y Seguridad Industrial Región Sur.
2.3.3.3. Departamento de Higiene y Seguridad Industrial RegiónOriental.
2.4.   Dirección de Infraestructura y Edificación.
2.4.1.   Coordinación de Proyectos de Infraestructura.
2.4.1.1. División de Arquitectura.
2.4.1.1.1.    Departamento de Mobiliario y Mudanzas.
2.4.1.2. División de Ingeniería.
2.4.2.   Coordinación de Ejecución y Seguimiento de Obras.
2.4.2.1. División  de Administración de obras y Análisis y control de Costos.
2.4.2.2. División de Supervisión y Control de Obras.
2.4.3.   Coordinación de Mantenimiento de Infraestructura Física.
2.4.3.1. División de Mantenimiento Electromecánico.
2.4.3.2. División de Mantenimiento de Obra Civil.
2.5.   Dirección de Secretaría General.
2.5.1.   Departamento de Archivo Central.
2.5.1.1. Unidad de Digitalización y Custodia de Fondos Documentales.
2.5.2.   Unidad de Correspondencia.
2.5.3.   Unidad de Registro.
2.5.4.   Archivo Estadales.
2.6.   Dirección de Tecnología.
2.6.1.   División de Sistemas.
2.6.2.   División de Plataforma Tecnológica.
2.7.   Dirección de Fiscalías Superiores.
2.7.1.   Coordinación Nacional de Protección de Víctimas, Testigos y Demás Sujetos Procesales.
2.7.1.1. Servicio de Asistencia Inmediata a Víctima de Delito en Sede Judicial.
2.7.2.   Fiscalía Superior del Área Metropolitana de Caracas.
2.7.3.   Unidad de Archivo Fiscales.
2.7.3.1. Fiscalía Superior del estado Amazonas.
2.7.3.2. Fiscalía Superior del estado Anzoátegui.
2.7.3.3. Fiscalía Superior del estado Apure.
2.7.3.4. Fiscalía Superior del estado Aragua.
2.7.3.5. Fiscalía Superior del estado Barinas.
2.7.3.6. Fiscalía Superior del estado Bolívar.
2.7.3.7. Fiscalía Superior del estado Carabobo.
2.7.3.8. Fiscalía Superior del estado Cojedes.
2.7.3.9. Fiscalía Superior del estado Delta Amacuro.
2.7.3.10.  Fiscalía Superior del estado Falcón.
2.7.3.11.  Fiscalía Superior del estado Guárico.
2.7.3.12.  Fiscalía Superior del estado Lara.
2.7.3.13.  Fiscalía Superior del estado Mérida.
2.7.3.14.  Fiscalía Superior del estado Miranda.
2.7.3.15.  Fiscalía Superior del estado Monagas.
2.7.3.16.  Fiscalía Superior del estado Nueva Esparta.
2.7.3.17.  Fiscalía Superior del estado Portuguesa.
2.7.3.18.  Fiscalía Superior del estado Sucre.
2.7.3.19.  Fiscalía Superior del estado Táchira.
2.7.3.20.  Fiscalía Superior del estado Trujillo.
2.7.3.21.  Fiscalía Superior del estado Yaracuy.
2.7.3.22.  Fiscalía Superior del estado Zulia.
2.7.3.23.  Fiscalía Superior del estado Vargas.
3.      Dirección General de Apoyo Jurídico.
3.1.   Dirección en lo Constitucional y Contencioso Administrativo.
3.2.   Dirección de Revisión y Doctrina.
3.3.   Coordinación de Asuntos Internacionales.
3.4.   Coordinación de Asuntos Laborales y Funcionariales.
4.      Dirección General de Actuación Procesal.
4.1.   Dirección de Defensa Integral del Ambiente y Delito Ambiental.
4.2.   Dirección de Protección de Derechos Fundamentales.
4.3.   Dirección Contra la Corrupción.
4.4.   Dirección de Delitos Comunes.
4.4.1.   Coordinación de Delitos contra las Personas.
4.4.2.   Coordinación de Vehículos.
4.4.3.   Coordinación de Delitos Menos Graves y Contra la Propiedad.
4.4.4.   Coordinación de Delitos Graves.
5.      Dirección General para la Protección de la Familia y la Mujer.
5.1.   Dirección de Protección Integral de la Familia.
5.2.   Dirección para la Defensa de la Mujer.
6.      Dirección General Contra la Delincuencia Organizada.
6.1.   Dirección Contra la Legitimación de Capitales, Delitos Financieros y Económicos.
6.2.   Dirección Contra las Drogas.
6.3.   Dirección Contra la Extorsión y el Secuestro.
7.      Dirección General Administrativa.
7.1.   Coordinación de las Unidades Administradoras Desconcentradas.
7.2.   Dirección de Presupuesto.
7.2.1.   División de Formulación Presupuestaria.
7.2.2.   División de Análisis Presupuestario.
7.3.   Dirección de Planificación
7.3.1.   División de Planes y Proyectos.
7.3.2.   División de Estadística.
7.3.3.   División de Organización.
7.4.   Dirección de Administración y Servicios.
7.4.1.   Coordinación de Contrataciones.
7.4.2.   Coordinación de Control del Gasto.
7.4.2.1.     División de Contabilidad.
7.4.2.1.1.    Departamento de Contabilidad Fiscal.
7.4.2.2.     División de Ordenación de Pago.
7.4.2.2.1.    Departamento de Habilitaduría.
7.4.2.3.     División de Bienes Nacionales.
7.4.2.4.     División de Contratos.
8.      Dirección General de Apoyo a la Investigación Penal.
8.1.   Dirección de Laboratorios Criminalístico.
8.1.1.   Coordinación de Actuaciones Periciales.
8.1.1.1.     División de Análisis de Sistemas de Tecnologías de Información.
8.1.1.2.     División de Análisis Financiero, Contable y Avalúos.
8.1.1.3.     División de Identificación Vehicular.
8.1.1.4.     División de Identificación Vehicular-Lara.
8.1.1.5.     División Médico Forense.
8.1.1.6.     Unidad Técnica Especializada de Atención Integral a Mujeres, Niños, Niñas y Adolescentes.
8.1.1.7.     Unidad Psiquiátrica y Psicológica de Atención Inmediata al Consumidor de Drogas del Área Metropolitana de Caracas.
8.1.1.8.     Unidad Psiquiátrica y Psicológica de Atención Inmediata al Consumidor de Drogas del estado Táchira.
8.1.1.9.     Unidad Psiquiátrica y Psicológica de Atención Inmediata al Consumidor de Drogas del estado Lara.
8.1.1.10.  Unidad Psiquiátrica y Psicológica de Atención Inmediata al Consumidor de Drogas del estado Nueva Esparta.
8.1.2.   Unidad Criminalística Contra la Vulneración de Derechos Fundamentales del Área Metropolitana de Caracas.
8.1.2.1.     División de Criminalística.
8.1.2.2.     División de Investigaciones.
8.1.2.3.     División de Ciencias Forenses.
8.1.3.   Unidad Criminalística Contra la Vulneración de Derechos Fundamentales del estado Lara.
8.1.3.1.     División de Criminalística del estado Lara.
8.1.3.2.     División de Investigaciones del estado Lara.
8.1.3.3.     División de Ciencias Forenses del estado Lara.
8.2.   Dirección Técnico Científica y de Investigaciones.
8.2.1.   Coordinación Técnico Científica Ambiental.
8.2.2.   Unidad Antiextorsión y Secuestro (UNAES) del Área Metropolitana de Caracas
8.2.3.   Unidad Antiextorsión y Secuestro (UNAES) del estado Miranda.
8.2.4.   Unidad Antiextorsión y Secuestro (UNAES) del estado Guárico.
8.2.5.   Unidad Antiextorsión y Secuestro (UNAES) del estado Aragua.
8.2.6.   Coordinación de Criminalística de Campo.
8.2.7.   Coordinación de Investigaciones Forenses.
8.2.8.   División de Análisis de Telefonía del Área Metropolitana de Caracas.
8.2.9.   División de Telefonía del Estado Aragua.
8.2.10. División de Telefonía del Estado Portuguesa.
8.2.11. Unidad Estadal Técnico Científica del estado Anzoátegui.
8.2.12. Unidad Estadal Técnico Científica del estado Apure.
8.2.13. Unidad Estadal Técnico Científica del estado Aragua.
8.2.14. Unidad Estadal Técnico Científica del Área Metropolitana de Caracas.
8.2.15. Unidad Estadal Técnico Científica del estado Barinas.
8.2.16. Unidad Estadal Técnico Científica del estado Bolívar.
8.2.17. Unidad Estadal Técnico Científica del estado Carabobo.
8.2.18. Unidad Estadal Técnico Científica del estado Cojedes.
8.2.19. Unidad Estadal Técnico Científica del estado Guárico.
8.2.20. Unidad Estadal Técnico Científica del estado Lara.
8.2.21. Unidad Estadal Técnico Científica del estado Mérida.
8.2.22. Unidad Estadal Técnico Científica del estado Miranda.
8.2.23. Unidad Estadal Técnico Científica del estado Monagas.
8.2.24. Unidad Estadal Técnico Científica del estado Nueva Esparta.
8.2.25. Unidad Estadal Técnico Científica del estado Portuguesa.
8.2.26. Unidad Estadal Técnico Científica del estado Táchira.
8.2.27. Unidad Estadal Técnico Científica del estado Zulia.

18-04-2016 Historia MP

Frase reflexiva:
Educad a los niños y no será necesario castigar a los hombres Pitágoras

Historia

Al Ministerio Público le corresponde garantizar la celeridad y buena marcha de la administración de justicia, el juicio previo y el debido proceso, velando por el respeto a los derechos y garantías y constitucionales, en los procesos judiciales.

Asimismo, ejerce en nombre del Estado la acción penal pública.

• Antecedentes. 1786-1821.

El Primer Fiscal para actuar ante la Real Audiencia de Caracas, era un funcionario del Rey que velaba por la observancia de la Ley Española en el circuito correspondiente al Alto Tribunal y cuyos límites correspondían a la Capitanía General de Venezuela. 

• La observancia de la ley. 1819.

El Gobierno patriota dicta el Reglamento provisorio para el establecimiento del Poder Judicial, poniendo a cargo del Procurador General de la República la misión de “pedir y sostener la observancia de las leyes en el orden judicial”. 

• Nace el MINISTERIO PÚBLICO. 1830.   

La Constitución de la República de Colombia (Gran Colombia), consagra el MINISTERIO PÚBLICO como Institución dependiente del Ejecutivo y a cargo del Procurador General de la Nación “para defender ante los tribunales y juzgados la observancia de las leyes”.  

• La Constitución de los Estados Unidos de Venezuela de 1901.

Consagra por vez primera en su texto al MINISTERIO PÚBLICO, a cargo del Procurador General de la Nación (arts. 111 y 114 de la Constitución), diferenciando sus funciones de las correspondientes al Poder Judicial.

• Primera Ley. 1945.

El General Isaías Medina Angarita pone el ejecútese a la primera Ley Orgánica del Ministerio Público, designando para su dirección al Procurador General de la Nación.   

• Elección del Fiscal por parte del Congreso Nacional. 1948.

Fundamentado en la Constitución de 1947, el Congreso Nacional dicta la segunda Ley Orgánica del Ministerio Público y designa como Fiscal General de la Nación a Fernando Álvarez Manosalva.   

• Regreso a la Procuraduría. 1953. 

La Constitución de 1953 asigna nuevamente las funciones del Ministerio Público al Procurador General de la Nación.   

• Autonomía e Independencia. Constitución de la República de Venezuela. 1961. 

Con la promulgación de la Constitución de 1961, se establece al Ministerio Público como una institución autónoma e independiente de los demás poderes públicos, a cargo del Fiscal General de la República correspondiéndole “velar por la exacta observancia de la Constitución y de las Leyes de la República” (artículo 218).   

• Día del Ministerio Público.

Por decreto Nº 200 del 24 de noviembre de 1969, se instituyó como Día del Ministerio Público el 26 de noviembre de cada año y se toma en consideración la fecha declarada por el Primer Congreso Interamericano del Ministerio Público (celebrado en Sao Paulo, Brasil, en 1954) como Día Interamericano del Ministerio Público.   

• Poder Ciudadano. 1999.

Con la entrada en vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela se crea el Poder Ciudadano, el cual se ejerce por el Consejo Moral Republicano (artículo 273 constitucional), integrado por el Fiscal o la Fiscal General de la República, conjuntamente con el Defensor o Defensora del Pueblo y el Contralor o Contralora General de la República. De igual forma, se estipula la independencia y autonomía funcional, financiera y administrativa a cada uno de los órganos que lo integran.   

• Ministerio Público en la actualidad.  

El 1° de marzo de 2007 fue dictada la cuarta Ley Orgánica de Ministerio Público por la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, publicándose en la Gaceta Oficial N° 38.647 del 19/3/2007.

La Ley Orgánica del Ministerio Público desarrolla la autonomía e independencia conferida al Ministerio Público (artículo 4), así como una serie de atribuciones otorgadas por mandato constitucional como garante de la legalidad y aquellas relacionadas con la titularidad en el ejercicio de la acción penal (artículo 16). 


Frase reflexiva:
Educad a los niños y no será necesario castigar a los hombres Pitágoras

18-04-2016 Vehículos (9)

Frase reflexiva:
Educad a los niños y no será necesario castigar a los hombres Pitágoras

DERECHO PENAL
TIPOS PENALES

LEY SOBRE EL HURTO Y ROBO DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES

Gaceta Oficial: 37.000
Fecha: 26/07/2000

Artículo 9.-Aprovechamiento de Vehículos Provenientes de Hurto o Robo.
Quien teniendo conocimiento de que un vehículo automotor es proveniente de hurto o robo, lo adquiere, recibe o esconde o interviene de cualquier forma para que otro lo adquiera, reciba o esconda, sin haber tomado parte en el delito mismo ni como autor ni como cómplice, será castigado con pena de tres a cinco años de prisión. Quien realizare cualesquiera de las acciones previstas en esta norma de manera habitual, será castigado con prisión de cuatro a seis años.

Pena Corporal: 3 a 5 años de prisión.
Pena Normalmente Aplicable (Art. 37 CP): 4 años de prisión.

Pena Corporal: 4 a 6 años de prisión.
Pena Normalmente Aplicable (Art. 37 CP): 5 años de prisión.

Frase reflexiva:
Educad a los niños y no será necesario castigar a los hombres Pitágoras

18-04-2016 Vehículos (8)

Frase reflexiva:
Educad a los niños y no será necesario castigar a los hombres Pitágoras

DERECHO PENAL
TIPOS PENALES

LEY SOBRE EL HURTO Y ROBO DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES

Gaceta Oficial: 37.000
Fecha: 26/07/2000

Artículo 8.- Cambio Ilícito de Placas de Vehículos Automotores.
Quienes sustraigan, cambien o alteren ilícitamente las placas de vehículos automotores, de su serial de carrocería o de motor, para asegurar la impunidad de los autores de delitos de hurto o robo, o de sus cómplices, para obtener un provecho económico, para sí o para un tercero, serán sancionados con pena de dos a cuatro años de prisión.

Pena Corporal: 2 a 4 años de prisión.
Pena Normalmente Aplicable (Art. 37 CP): 3 años de prisión.

Frase reflexiva:
Educad a los niños y no será necesario castigar a los hombres Pitágoras