La actividad administrativa de policía es aquella mediante la cual la administración limita el actuar de los particulares, en atención al aseguramiento del orden público.
• Los medios de policía administrativa más relevantes son: la autorización, el permiso, la concesión administrativa, la dispensa, la orden y la coacción.
• La autorización: es un acto administrativo por medio del cual se levantan obstáculos previstos en la ley para el ejercicio de un derecho.
• El permiso: es el acto administrativo que autoriza el ejercicio de una actividad prohibida por la ley; representa una exención especial a una prohibición general en beneficio exclusivo de quien lo pide (permiso de cacería, por ejemplo). No existe un derecho previo.
• Concesión administrativa: es un contrato administrativo a través del cual el Estado delega a un particular o persona jurídica, alguna potestad o derecho que le es propio (servicio de agua, electricidad, aseo, etc.)
• La dispensa: es el acto por el cual la administración descarta la aplicación de una norma general a un caso concreto (dispensa para el cumplimiento del servicio militar).
• La orden: acto administrativo de obligación o prohibición de hacer algo. Esta actuación de policía se admite en forma verbal o escrita.
• La coacción: puede manifestarse mediante el apercibimiento; las medidas preventivas, que pueden obligar al administrado a cumplir normas de policía; y la sanción, como medio de coacción.
Fuente digital de la información:
La frase del día
"Si no existiera Dios, no habría ateos" • Gilbert Keith Chesterton
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