15 de abril de 2016

15-04-2016 Procesal Penal (38)

Frase reflexiva:
No existe el crimen perfecto, lo que existe es una investigación imperfecta

juxta alegata et probata
Los tribunales deben dictar sus fallos con arreglo a lo alegado y probado

N° de Expediente: A10-197 N° de Sentencia: 519
Tema: Acusación
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Incongruencia entre los hechos alegados, las pruebas presentadas y la participación de cada imputado.
Lunes, 06 de Diciembre de 2010

... los elementos probatorios indicados por el Ministerio Público, no fueron discriminados por separado de manera razonada, absteniéndose de vincularlos de forma pertinente y necesaria, en un nexo adecuado con cada delito acusado, y sin establecer su relación con cada procesado, que permitiera individualizar la presunta responsabilidad atribuida a cada uno; sobre todo, por tratarse de un caso en el que están siendo procesados dos ciudadanos...

Conviene apuntar, como colorario, que el artículo 142 de la Ley de Aeronáutica Civil, detalla diferentes conductas criminosas: desviar la ruta sin causa justificada, utilizar una ruta de manera fraudulenta; obtener, tramitar y otorgar una ruta fraudulenta.

Por su parte, el artículo 140 de la Ley de Aeronáutica Civil, establece, que será penado, aquel que interfiera la seguridad operacional y de la aviación civil o quien interfiera ilícitamente la seguridad operacional o de la aviación civil, por cualquier medio.

Como se observa, la variedad de los verbos rectores inscritos en cada una de estas disposiciones penales, antes relatadas, que tienen diferentes supuestos conductuales, que se compadecen con las particularidades del campo aeronáutico, y esto exige, que el Ministerio Público actúe con la debida especificidad y rigurosidad técnica, obtenida de la evaluación de los hechos y la subsunción del derecho.

Además, prudente es recordar, que el Ministerio Público, al ofrecer los medios probatorios, debe indicar expresamente su pertinencia y la necesidad, que se centra en la conveniencia de relacionar los medios probatorios con los hechos imputados, señalando expresamente la forma en la cual el medio probatorio se adecua a demostrar el hecho delictivo descrito en la acusación y la participación de cada encausado.

Esta obligación, que no es más que la aplicación de la máxima romana “juxta alegata et probata”, y está directamente relacionada con el principio de congruencia, que se extiende a la relación que debe existir entre los hechos alegados y las pruebas presentadas.

Tal irregularidad, vulneró el derecho a la defensa, establecido en el numeral 1 del artículo 49 de Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de los ciudadanos antes mencionados por lo que se insta al Ministerio Público a no incurrir en esta grave irregularidad, en el momento de realizar el acto de imputación, o de llegar a presentar en la oportunidad correspondiente como acto conclusivo, un escrito acusatorio.

Además, prudente es recordar, que el Ministerio Público, al ofrecer los medios probatorios, debe indicar expresamente su pertinencia y la necesidad, que se centra en la conveniencia de relacionar los medios probatorios con los hechos imputados, señalando expresamente la forma en la cual el medio probatorio se adecua a demostrar el hecho delictivo descrito en la acusación y la participación de cada encausado.

Esta obligación, que no es más que la aplicación de la máxima romana “juxta alegata et probata”, y está directamente relacionada con el principio de congruencia, que se extiende a la relación que debe existir entre los hechos alegados y las pruebas presentadas.

Tal irregularidad, vulneró el derecho a la defensa, establecido en el numeral 1 del artículo 49 de Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de los ciudadanos antes mencionados por lo que se insta al Ministerio Público a no incurrir en esta grave irregularidad, en el momento de realizar el acto de imputación, o de llegar a presentar en la oportunidad correspondiente como acto conclusivo, un escrito acusatorio.

juxta alegata et probata
Los tribunales deben dictar sus fallos con arreglo a lo alegado y probado

Frase reflexiva:
No existe el crimen perfecto, lo que existe es una investigación imperfecta

14 de abril de 2016

14-04-2016 Ganadera (8)

Frase reflexiva:
El que esté libre de pecado, que tire la primera piedra

DERECHO PENAL
TIPOS PENALES

Ley Penal de Protección a la Actividad Ganadera.
Gaceta Oficial No. 5.159 Extraordinario de fecha 25 de julio de 1997.

TÍTULO I
DE LOS DELITOS CONTRA LA ACTIVIDAD GANADERA

Capítulo II
De los Delitos de Robo, Hurto y Apropiación Indebida

Artículo 8.
Hurto de Ganado.
Quien se apodere de una o varias cabezas de ganado ajeno que forme o no parte de un rebaño sin consentimiento de su dueño, o de quien deba darlo, será penado con prisión de cuatro (4) a ocho (8) años.

Si el hecho se hubiere realizado sobre ganado cuyo valor fuere inferior a veinticinco (25) Unidades Tributarias, se impondrá una multa de veinticinco (25) a cincuenta (50) Unidades Tributarias y el pago de los daños y perjuicios causados. Si fuere reincidente se le aplicará además, arresto de quince (15) días a tres (3) meses.

Pena Corporal: 4 a 8 años de prisión.
Pena Normalmente Aplicable (Art. 37 CP): 6 años de prisión.
Pena Pecuniaria: 25 a 50 unidades tributarias.

Frase reflexiva:
El que esté libre de pecado, que tire la primera piedra

14-04-2016 Ganadera (7)

Frase reflexiva:
El que esté libre de pecado, que tire la primera piedra

DERECHO PENAL
TIPOS PENALES

Ley Penal de Protección a la Actividad Ganadera.
Gaceta Oficial No. 5.159 Extraordinario de fecha 25 de julio de 1997.

TÍTULO I
DE LOS DELITOS CONTRA LA ACTIVIDAD GANADERA

Capítulo II
De los Delitos de Robo, Hurto y Apropiación Indebida

Artículo 7.
Robo Agravado de Ganado.
Cuando el delito de robo de ganado se haya cometido por medio de amenaza a la vida, a mano armada o por varías personas, una de las cuales hubiere estado manifiestamente armada, o bien por varias personas ilegítimamente uniformadas o disfrazadas o si en fin, se hubiere cometido el delito por medio de un ataque a la libertad individual, la pena de presidio será de ocho (8) a dieciséis (16) años, sin perjuicio de la aplicación de la pena correspondiente al porte ilícito de armas.

Pena Corporal: 8 a 16 años de presidio.
Pena Normalmente Aplicable (Art. 37 CP): 12 años de presidio.

Frase reflexiva:
El que esté libre de pecado, que tire la primera piedra

14-04-2016 Ganadera (6)

Frase reflexiva:
El que esté libre de pecado, que tire la primera piedra

DERECHO PENAL
TIPOS PENALES

Ley Penal de Protección a la Actividad Ganadera.
Gaceta Oficial No. 5.159 Extraordinario de fecha 25 de julio de 1997.

TÍTULO I
DE LOS DELITOS CONTRA LA ACTIVIDAD GANADERA

Capítulo II
De los Delitos de Robo, Hurto y Apropiación Indebida

Artículo 6.
Robo de Ganado.
Quien mediante violencia o amenaza de graves daños inmediatas a personas o cosas, haya constreñido al dueño, detentor o a otra persona presente en el lugar del delito, a que se le entregue o se apodere de una o varias cabezas de ganado, que formen o no parte de un rebaño, será penado con presidio de cuatro (4) a ocho (8) años. Igualmente incurrirá en esta pena, cuando una vez perpetrado el delito, el individuo utilizare la violencia o amenaza para procurarse la impunidad o procurarla a cualquier otra persona que haya participado del mismo.

Pena Corporal: 4 a 8 años de presidio.
Pena Normalmente Aplicable (Art. 37 CP): 6 años de presidio.

Frase reflexiva:
El que esté libre de pecado, que tire la primera piedra

14-04-2016 Ganadera

Ley Penal de Protección a la Actividad Ganadera

Gaceta Oficial No. 5.159 Extraordinario de fecha 25 de julio de 1997

Enlace:

14-04-2016 Informáticos (26)

Frase reflexiva:
El que esté libre de pecado, que tire la primera piedra

DERECHO PENAL
TIPOS PENALES

Ley Especial Contra los Delitos Informáticos.
Gaceta Oficial No. 37.313, de fecha 30 de octubre de 2001.

TÍTULO II
DE LOS DELITOS

Capítulo V
De los delitos contra el orden económico

Artículo 26.
Oferta engañosa.
El que ofrezca, comercialice o provea de bienes o servicios mediante el uso de tecnologías de información y haga alegaciones falsas o atribuya características inciertas a cualquier elemento de dicha oferta de modo que pueda resultar algún perjuicio para los consumidores, será sancionado con prisión de uno a cinco años y multa de cien a quinientas unidades tributarias, sin perjuicio de la comisión de un delito más grave.

Pena Corporal: 1 a 5 años de prisión.
Pena Normalmente Aplicable (Art. 37 CP): 3 años de prisión.
Pena Pecuniaria: Multa de 100 a 500 unidades tributarias.

Frase reflexiva:
El que esté libre de pecado, que tire la primera piedra

14-04-2016 Informáticos (25)

Frase reflexiva:
El que esté libre de pecado, que tire la primera piedra

DERECHO PENAL
TIPOS PENALES

Ley Especial Contra los Delitos Informáticos.
Gaceta Oficial No. 37.313, de fecha 30 de octubre de 2001.

TÍTULO II
DE LOS DELITOS

Capítulo V
De los delitos contra el orden económico

Artículo 25.
Apropiación de propiedad intelectual.
El que sin autorización de su propietario y con el fin de obtener algún provecho económico, reproduzca, modifique, copie, distribuya o divulgue un software u otra obra del intelecto que haya obtenido mediante el acceso a cualquier sistema que utilice tecnologías de información, será sancionado con prisión de uno a cinco años y multa de cien a quinientas unidades tributarias.

Pena Corporal: 1 a 5 años de prisión.
Pena Normalmente Aplicable (Art. 37 CP): 3 años de prisión.
Pena Pecuniaria: Multa de 100 a 500 unidades tributarias.

Frase reflexiva:
El que esté libre de pecado, que tire la primera piedra