El que esté libre de pecado, que tire la primera piedra
DERECHO PENAL
TIPOS PENALES
Ley Especial Contra los Delitos
Informáticos.
Gaceta Oficial No. 37.313, de
fecha 30 de octubre de 2001.
TÍTULO II
DE LOS DELITOS
Capítulo V
De los delitos contra el orden
económico
Artículo 26.
Oferta engañosa.
El que
ofrezca, comercialice o provea de bienes o servicios mediante el uso de
tecnologías de información y haga alegaciones falsas o atribuya características
inciertas a cualquier elemento de dicha oferta de modo que pueda resultar algún
perjuicio para los consumidores, será sancionado con prisión de uno a cinco
años y multa de cien a quinientas unidades tributarias, sin perjuicio de la
comisión de un delito más grave.
Pena Corporal: 1 a
5 años de prisión.
Pena Normalmente Aplicable (Art. 37 CP): 3 años de prisión.
Pena Pecuniaria: Multa de 100
a 500 unidades tributarias.
Frase reflexiva:
El que esté libre de pecado, que tire la primera piedra
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