14 de abril de 2016

14-04-2016 Historia (46)

Frase reflexiva:
El que esté libre de pecado, que tire la primera piedra

1) Desarrolle y explique la Codificación de Justiniano.

La Codificación de Justiniano: Correspondió a Justiniano, emperador de Oriente, durante los años 527 al 565, la gloria de haber podido realizar la preocupación de todos, reunir en un cuerpo orgánico y sistematizado el Derecho Romano vigente.

Él emprende y realiza la ordenación del Derecho, con la ayuda de los Juristas más notables del Imperio, dando un criterio distintivo a los iura y a las leges.

Bajo sus auspicios se realizaron 4 importantes obras, que se denominaron Corpus Iuris Civiles. En esta obra se distinguen:

1) El Código: Primera colección de leyes, sistematizada en orden cronológico. Una comisión de juristas, ordenada por Justiniano y presidida por Triboniano, reunió en una sola obra las constituciones imperiales vigentes, que habían de tomar los Códigos Gregoriano, Hermogeniano y Teodosiano, y de las constituciones pos-teodosianas.

(Aquí se reúnen en una sola obra las constituciones imperiales vigentes, que habían de tomar los Códigos tanto Gregoriano, Hermogeniano y Teodosiano, y de las Constituciones pos-teodosianas)

2) El Digesto: En el año 330, Justiniano concibió la idea de hacer una compilación orgánica de la literatura jurídica clásica. Una comisión integrada por los notables juristas y presidida por Triboniano, se encarga de redactar una colección de extractos de los juristas que habían recibido el jus publice respondendi. En el 533, es terminada la obra y declarada con fuerza de ley en todo el Imperio. Consta de 7 partes: Doctrinas Generales, Acciones Reales, Contratos (salvo estipulaciones), Familia y Sucesiones; y 2 partes complementarias sin títulos, donde se tratan los demás temas del Derecho. Son el texto principal del Corpus Iuris Civiles.

El Digesto, dividido en 50 libros, al mayoría d ellos divididos en títulos, fragmentos y parágrafos; cada texto lleva su inscriptio, que indica el nombre del jurisconsulto, como la obra o sección de donde procede.

El Digesto es considerado como el Monumento Jurídico más grande de todos los tiempos, y base de las modernas legislaciones. 

3) Las Instituías: Es una obra elemental destinada a la enseñanza fundamental del Derecho. Fue redactada a la vez que el Digesto con una comisión presidida por Triboniano e integrada por Teófilo y Doroteo; la misma fue publicada y puesta en vigencia en el año 533.

Fue dividida en 4 libros: El 1ero trata del Derecho General y Derecho de Personas; el 2do de Derechos Reales y modo de adquisición; el 3ro de Sucesiones, Obligaciones y Contratos; y el 4to de Delitos y Acciones Procesales. 

Las Instituías tuvieron Fuerza de Ley.

4) Las Novelas: Son las constituciones dictadas por Justiniano. A partir del año 535, se publicaron una serie de novelas tanto en latín y en griego. Muchas de ellas se refieren al Derecho Público y Eclesiástico, y algunas al Derecho Privado.

 Son notables en el campo del Derecho Privado, la Novela 22 (sobre el matrimonio), y las Novelas 118 y 127 (sobre familia y sucesión legítima).

De las Novelas se conocen tres colecciones:

1. El Epitome Luliani: Publicada a mediados del siglo VI, por Juliano (profesor de Derecho en Constantinopla), contiene el resumen en latín de 124 Novelas.

2. El Authenticum: También de la época señalada, comprende 134 Novelas, escritas en latín.

3. Una tercera (3era) colección en griego, fines del siglo VI, que contiene 138 Novelas, de las cuales algunas son posteriores a Justiniano (de Justino II y Tiberio II).

Bibliografía

Mármol Leal Alejandro.
Introducción Universitaria e Historia del Derecho. 
Editado por Mobilibros 2006 (3era edición).

Frase reflexiva:
El que esté libre de pecado, que tire la primera piedra

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