El que esté libre de pecado, que tire la primera piedra
1) Desarrolle y explique la Codificación de
Justiniano.
La Codificación de Justiniano: Correspondió a Justiniano, emperador de Oriente, durante
los años 527 al 565, la gloria de haber podido realizar la preocupación de
todos, reunir en un cuerpo orgánico y sistematizado el Derecho Romano vigente.
Él
emprende y realiza la ordenación del Derecho, con la ayuda de los Juristas más
notables del Imperio, dando un criterio distintivo a los iura y a las leges.
Bajo
sus auspicios se realizaron 4 importantes obras, que se denominaron Corpus Iuris
Civiles. En esta obra se distinguen:
1) El Código: Primera colección de leyes, sistematizada en orden
cronológico. Una comisión de juristas, ordenada por Justiniano y presidida por
Triboniano, reunió en una sola obra las constituciones imperiales vigentes, que
habían de tomar los Códigos Gregoriano, Hermogeniano y Teodosiano, y de las
constituciones pos-teodosianas.
(Aquí
se reúnen en una sola obra las constituciones imperiales vigentes, que habían
de tomar los Códigos tanto Gregoriano, Hermogeniano y Teodosiano, y de las
Constituciones pos-teodosianas)
2) El Digesto: En el año 330, Justiniano
concibió la idea de hacer una compilación orgánica de la literatura jurídica
clásica. Una comisión integrada por los notables juristas y presidida por
Triboniano, se encarga de redactar una colección de extractos de los juristas
que habían recibido el jus publice respondendi. En el 533, es terminada la obra
y declarada con fuerza de ley en todo el Imperio. Consta de 7 partes: Doctrinas
Generales, Acciones Reales, Contratos (salvo estipulaciones), Familia y
Sucesiones; y 2 partes complementarias sin títulos, donde se tratan los demás
temas del Derecho. Son el texto principal del Corpus Iuris Civiles.
El
Digesto, dividido en 50 libros, al mayoría d ellos divididos en títulos,
fragmentos y parágrafos; cada texto lleva su inscriptio, que indica el nombre
del jurisconsulto, como la obra o sección de donde procede.
El
Digesto es considerado como el Monumento Jurídico más grande de todos los
tiempos, y base de las modernas legislaciones.
3) Las Instituías: Es una obra elemental destinada a la enseñanza fundamental
del Derecho. Fue redactada a la vez que el Digesto con una comisión presidida
por Triboniano e integrada por Teófilo y Doroteo; la misma fue publicada y
puesta en vigencia en el año 533.
Fue
dividida en 4 libros: El 1ero trata del Derecho General y Derecho de Personas; el 2do de Derechos Reales
y modo de adquisición; el 3ro de Sucesiones, Obligaciones y Contratos; y el 4to de Delitos y Acciones Procesales.
Las Instituías tuvieron Fuerza de Ley.
4) Las Novelas: Son las constituciones dictadas por Justiniano. A partir
del año 535, se publicaron una serie de novelas tanto en latín y en griego.
Muchas de ellas se refieren al Derecho Público y Eclesiástico, y algunas al
Derecho Privado.
Son notables en el campo del Derecho Privado, la Novela 22 (sobre el
matrimonio), y las Novelas 118 y 127 (sobre familia y sucesión legítima).
De las
Novelas se conocen tres colecciones:
1. El
Epitome Luliani: Publicada a mediados del siglo VI, por Juliano (profesor de
Derecho en Constantinopla), contiene el resumen en latín de 124 Novelas.
2. El
Authenticum: También de la época señalada, comprende 134 Novelas, escritas en
latín.
3. Una
tercera (3era) colección en griego, fines del siglo VI, que contiene 138
Novelas, de las cuales algunas son posteriores a Justiniano (de Justino II y
Tiberio II).
Bibliografía
Mármol Leal Alejandro.
Introducción Universitaria e
Historia del Derecho.
Editado por Mobilibros 2006 (3era
edición).
Frase reflexiva:
El que esté libre de pecado, que tire la primera piedra
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