8 de abril de 2016

08-04-2016 Introducción (51)

EL DERECHO Y LA MORAL
INTRODUCCIÓN AL DERECHO

Thomasius consideró:

a) El Honestum: Se refiere a acciones exclusivamente internas, que corresponde a la identificación de lo honesto con la Moral.

b) El Decorum y el Iustum: Se refieren a las acciones externas, que corresponde de la vida social adaptándose a un comportamiento honesto.

* Principio del Honestum

- Al Honestum la Regla: Has para ti, aquello que quieres que los otros hagan para sí.

* Principio del Decorum

- El Decorum Impone: Haz a los otros, aquello que quieres que te hagan a ti.
* Principio del Iustum

- El Iustum Impone: No hagas a los otros, lo que no quieres que te sea hecho.                                                                      

Bibliografía: Didáctica de la Introducción al Derecho. Dr. Levy Benshimol Quintana. Editorial Buchivacoa. Caracas-1999.

08-04-2016 Introducción (50)

EL DERECHO Y LA MORAL
INTRODUCCIÓN AL DERECHO

Ética: Es una parte de la filosofía que se ocupa del bien de la Moral, y las respectivas obligaciones del hombre. (La Ética es deber basándose en la Moral).

Filosofía: Es un ejercicio de reflexión y de análisis sistemático u orgánico, de valor y de sentido, sobre las realidades de la vida, que trata de comprender, metodológicamente, cómo llegar a explicaciones esclarecedoras sobre la esencia de todos los diversos elementos de la realidad.

Bibliografía: Didáctica de la Introducción al Derecho. Dr. Levy Benshimol Quintana. Editorial Buchivacoa. Caracas-1999.

08-04-2016 Introducción (49)

EL DERECHO Y LA MORAL
INTRODUCCIÓN AL DERECHO

El Derecho: Conjunto de normas jurídicas que vienen impuestas por el Estado para regir las relaciones de una sociedad. (Estas normas tienen una sanción por su incumplimiento).

La Moral: Es una ciencia que trata de definir un conjunto de normas o costumbres que establecen o determinan lo que es el bien y lo que es el mal, siempre y cuando basándose en la conducta humana. (La Moral se basa en buscar un comportamiento honesto).

Bibliografía: Didáctica de la Introducción al Derecho. Dr. Levy Benshimol Quintana. Editorial Buchivacoa. Caracas-1999.

08-04-2016 Procesal Penal (18)

N° de Expediente: A08-360 N° de Sentencia: 674
Tema: Acto de Imputación
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Formalidades
Martes, 09 de Diciembre de 2008

... Es así, que tal formalidad de cumplimiento obligatorio por parte del Ministerio Público, debe garantizar a la persona que está siendo objeto de una persecución penal y desde los actos iniciales de la investigación, la asistencia jurídica del investigado, que se le imponga del precepto constitucional que lo exime de declarar en causa propia y en caso de consentir prestar declaración, a no hacerlo bajo juramento; se le comunique detalladamente el hecho que se le atribuye, con las circunstancias de tiempo, lugar y modo de comisión, incluyendo las de importancia para la calificación jurídica, las disposiciones legales que resultaren aplicables y los datos que la investigación arroja en su contra; se le instruya respecto de que la declaración es un medio de defensa y, por consiguiente, el derecho a que se le explique todo cuanto sirviera para desvirtuar las sospechas que sobre él recaiga y a solicitar la práctica de diligencias que considerase necesarias. Asimismo, debe permitirle el ejercicio de los derechos previstos en el artículo 125 del Código Orgánico Procesal Penal.

08-04-2016 Introducción (48)


Descriptores: pirámide, Hans, Kelsen, normas, constitucionales, primer, plano, segundo, decretos, leyes. Individualizadotas, ordinarias.

08-04-2016 Introducción (47)

CLASIFICACIÓN DE LAS NORMAS JURÍDICAS
INTRODUCCIÓN AL DERECHO

Sexta Clasificación

Están referidas a la extensión o al número de personas que abarcan.

1) Normas de Derecho General: Dice el tratadista español Federico Puig Peña: “Son aquellas que atribuyen una consecuencia jurídica a un hecho fijado por sus notas genéricas, no a un caso concreto con supuestos individualmente indeterminados”.

2) Normas de Derecho Especial: Dice el tratadista español Federico Puig Peña: “Son aquellas que se dictan para una determinada clase de personas, cosas o relaciones jurídicas”. Ejemplo: La Ley del Trabajo, solo se refiere a los trabajadores.

Bibliografía: Didáctica de la Introducción al Derecho. Dr. Levy Benshimol Quintana. Editorial Buchivacoa. Caracas-1999.

CLASIFICACIÓN DE LAS NORMAS JURÍDICAS
INTRODUCCIÓN AL DERECHO

Séptima Clasificación

1) Nacionales: Son aquellas que rigen y se aplican solo dentro del territorio de un país.

2) Extranjeras: Son aquellas que pertenecen a legislaciones de otros países.

Bibliografía: Didáctica de la Introducción al Derecho. Dr. Levy Benshimol Quintana. Editorial Buchivacoa. Caracas-1999.

08-04-2016 Introducción (46)

CLASIFICACIÓN DE LAS NORMAS JURÍDICAS
INTRODUCCIÓN AL DERECHO

Quinta Clasificación

1) Taxativas llamadas de orden público o ius cogens: Dice el maestro italiano Giorgio del Vecchio: “Son aquellas que mandan o imperan independientemente de la voluntad de las partes, de manera que no es licito derogarlas no absoluta ni relativamente”.

2) Supletorias, llamadas dispositivas o ius dispositivum: Dice el maestro italiano Giorgio del Vecchio: “Son aquellas que valen en cuanto no existan una voluntad diversas de las partes”.

Bibliografía: Didáctica de la Introducción al Derecho. Dr. Levy Benshimol Quintana. Editorial Buchivacoa. Caracas-1999.