INTRODUCCIÓN AL DERECHO
Sexta Clasificación
Están
referidas a la extensión o al número de personas que abarcan.
1) Normas de Derecho General: Dice el tratadista español Federico Puig Peña: “Son
aquellas que atribuyen una consecuencia jurídica a un hecho fijado por sus
notas genéricas, no a un caso concreto con supuestos individualmente
indeterminados”.
2) Normas de Derecho Especial: Dice el tratadista español Federico Puig Peña: “Son
aquellas que se dictan para una determinada clase de personas, cosas o
relaciones jurídicas”. Ejemplo: La
Ley del Trabajo, solo se refiere a los trabajadores.
Bibliografía: Didáctica de la Introducción al Derecho. Dr. Levy Benshimol
Quintana. Editorial Buchivacoa. Caracas-1999.
CLASIFICACIÓN DE LAS NORMAS JURÍDICAS
INTRODUCCIÓN AL DERECHO
Séptima Clasificación
1) Nacionales: Son aquellas que rigen y se aplican solo dentro del
territorio de un país.
2) Extranjeras: Son aquellas que pertenecen a legislaciones de otros
países.
Bibliografía: Didáctica de la Introducción al Derecho. Dr. Levy Benshimol
Quintana. Editorial Buchivacoa. Caracas-1999.
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