INTRODUCCIÓN AL DERECHO
Teoría de Giogio
Del Vecchio: En resumen expresa:
“Sólo
existen 2 órdenes normativos en la conducta humana: el jurídico y el moral.
Cuando se valora el comportamiento objetivamente con relación a los demás y sus
conductas respectivas, estamos en el campo jurídico. Cuando se elige entre
varias acciones posibles aquella conforme el principio ético. Todas las demás
quedan excluidas. Ello se refiere a lo subjetivo, esto es, al campo moral. No
es posible ninguna otra forma de valoración del obrar. En el mundo empírico se
consiguen una serie de preceptos de aspecto indefinido, a veces parecidos a la
moral y otras al derecho…Estas normas de perfil equívoco, o son normas
jurídicas que perdieron su estructura bilateral, o son preceptos morales que
aspiran o pretenden convertirse en normas jurídicas”.
De
acuerdo a lo expuesto sigue diciendo Del Vecchio:
“…Los
convencionalismos sociales no constituyen una clase especial de normas,
pertenecen normalmente al ámbito de la moral, pues, no facultan a nadie para
exigir la observancia de las obligaciones que postulan”.
El
maestro italiano niega a los Convencionalismos Sociales pertenecer a un 3er
orden conductual diferente a la
Moral y al Derecho.
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