2 de abril de 2016

02-04-2016 Registros Telefónicos


Análisis de Sistemas de Tecnologías de Información

Funciones

·  Practicar experticias informáticas relativas a tecnologías de información, solicitadas por los Fiscales del Ministerio Público en el ámbito nacional.

·  Practicar estudios de registros telefónicos, así como cruces y diagramación de números telefónicos móviles y fijos contentivos en los insumos de llamadas y servicios de mensajería, correspondientes a las distintas empresas de telecomunicaciones, y que se encuentren asociados a las investigaciones que adelantan los Fiscales el Ministerio Público.

·  Asistir a las audiencias de Juicio Oral, en calidad de expertos, promovidos por los Fiscales del Ministerio Público. 

·  Participar como consultores técnicos, a solicitud de los Fiscales del Ministerio Público, en las investigaciones que éstos adelantan.

02-04-2016 Procesal Penal (03)

N° de Expediente: A08-352 N° de Sentencia: 242
Tema: Acto de Imputación
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Orden de Aprehensión bajo circunstancia de extrema urgencia y necesidad.
Martes, 26 de Mayo de 2009

... no es obligante la imputación formal previa la orden de aprehensión emitida bajo la especial circunstancia de la extrema urgencia y necesidad, por lo que tal situación en la presente causa, no representa la violación de los derechos del imputado, el debido proceso, la tutela judicial efectiva y, el derecho a la defensa...

1 de abril de 2016

01-04-2016 Inconstitucional Ley BCV

Procedimiento: Constitucionalidad de ley

Partes: N/A

Decisión: Inconstitucional la Ley de Reforma Parcial del Decreto N° 2.179 con Rango, Valor y Fuerza de la Ley de Reforma Parcial de la Ley del Banco Central de Venezuela, sancionada por la Asamblea Nacional en sesión ordinaria del 03 de marzo de 2016

Ponente: Calixto Antonio Ortega Ríos

N° Expediente: 2016-0279

N° Sentencia: 259

Fecha: 31-03-2016 

V

DECISIÓN

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara:

1)      INCONSTITUCIONAL la Ley  de Reforma Parcial del Decreto N° 2.179 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley del Banco Central de Venezuela, sancionada por la Asamblea Nacional en sesión ordinaria del 3 de marzo de 2016. En consecuencia, se preserva la vigencia del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Banco Central de Venezuela publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.211 Extraordinario del 30 de diciembre de 2015.


2)      SE ORDENA la publicación íntegra del presente fallo en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela y en la Gaceta Judicial, en cuyos sumarios deberá indicarse lo siguiente: “Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, que declara la inconstitucionalidad de la Ley de Reforma Parcial del Decreto N° 2.179 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley del Banco Central de Venezuela, sancionada por la Asamblea Nacional en sesión ordinaria del 3 de marzo de 2016”.

01-04-2016 Procesal Penal (02)

N° de Expediente: A08-352 N° de Sentencia: 242
Tema: Acto de Imputación
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Nueva imputación formal
Martes, 26 de Mayo de 2009

... cuando los hechos, la participación de los presuntos responsables de un hecho delictivo, la calificación jurídica presentados en la audiencia de presentación, realizada de conformidad a lo establecido en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal, en la cual se acordó el procedimiento ordinario como ocurrió en el caso sub examine, sean susceptibles de algún cambio o modificación, tal situación obliga al representante fiscal a la realización de una nueva imputación formal.

01-04-2016 División Sistemas


Análisis de Sistemas de Tecnologías de Información

División

La División de Análisis de Sistemas de Tecnologías de Información fortalece la actuación de los Fiscales del Ministerio Público, aportando los informes periciales que se requieran en aquellos casos donde las Tecnologías de Información (TI) hayan sido utilizadas como mecanismos para perpetrar un hecho punible en materia de extorsión, secuestro, delitos contra las personas, delincuencia organizada, delitos informáticos, entre otros.

De igual forma la División es receptora de evidencias físicas (de tecnologías de información), asimismo puede realizar la colección de estas según lo establecido en el Manual Único de Procedimientos en Materia de Cadena deCustodia de Evidencias Físicas.

El procesamiento de las mismas, deriva en un informe pericial que coadyuva en el buen desempeño del proceso judicial, mostrando de manera fehaciente resultados que pueden ser promovidos ante los tribunales correspondientes.

01-04-2016 Penal (30)

NATURALEZA JURÍDICA DEL DELITO DE DIFAMACIÓN Y DEL DELITO DE INJURIA

La difamación y la injuria son unos delitos de acción privada contra el honor de las personas naturales o jurídicas, enjuiciable por acusación de parte agraviada mediante un procedimiento penal ordinario.

PRESCRIPCIÓN DE LA DIFAMACIÓN Y LA INJURIA

En cuanto a la difamación la prescripción  de la acción penal es de 1 año contado a partir de la comisión del hecho si la víctima estuviera presente; y en el caso de que la víctima no esté presente, se cuenta a partir desde el momento en que ésta se entere.

La prescripción de la acción penal en la injuria es de 6 meses en las mismas condiciones explicadas anteriormente.

Nota.- El procedimiento penal en materia de difamación e injuria está contemplado desde el artículo 400 al 418 C.O.P.P.

01-04-2016 Penal (29)

CONFISCACIÓN DE LOS IMPRESOS

Art. 448 C.P.: “En caso de condenación por alguno de los delitos especificados en el presente Capítulo, el Juez declarará la confiscación y supresión de los impresos, dibujos y demás objetos que hayan servido para cometer el delito; y si se trata de escritos, respecto de los cuales no pudiere acordarse la supresión, dispondrá que al margen de ellos se haga referencia de la sentencia que se dicte relativamente al caso.

A petición del querellante, la sentencia condenatoria será publicada a costa del condenado, una o dos veces, en los diarios que indicará el Juez.

La confiscación de los impresos es una pena accesoria acordada por el Tribunal; y en el caso de un medio de comisión que no pueda ser suprimido (documento público), el Juez del Tribunal respectivo colocará una nota marginal en el documento público para que se haga referencia del caso.